Ministerio de Defensa. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-13393)
Resolución 420/38298/2025, de 25 de junio, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad Antonio de Nebrija, para el desarrollo de las enseñanzas de posgrado relacionadas con los cursos que imparte la Escuela Superior de las Fuerzas Armadas durante el curso académico 2025-2026.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 157
Martes 1 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 86801
los procedimientos que estime oportunos para la matriculación a los alumnos del II
CAEID que cumplan los requisitos generales para acceder al segundo ciclo de
enseñanzas universitarias y los específicos establecidos para el título de «Máster en
Análisis de Inteligencia y Ciberinteligencia» de la Universidad Antonio de Nebrija. Una
vez finalizado el período de matrícula se comunicará al MINISDEF el listado de
estudiantes matriculados.
c) Facilitar la gestión de los expedientes académicos de los alumnos que cursen el
«Máster Universitario en Seguridad y Defensa» y el «Máster en Análisis de Inteligencia y
Ciberinteligencia». La gestión de los expedientes se realizará a través de la Facultad de
Derecho y de Relaciones Internacionales, empleando el programa informático de la
Universidad Antonio de Nebrija.
d) Expedir el título correspondiente a las enseñanzas del máster realizado. Los
contenidos impartidos durante el CEMFAS/CAEID, que correspondan a las asignaturas
de los másteres citados, tendrán los mismos efectos académicos y profesionales que los
cursados en los centros propios de la Universidad Antonio de Nebrija.
e) Facilitar la matriculación de Diplomados del Curso de Altos Estudios de
Inteligencia de la Defensa que hayan realizado el «Máster en Análisis de Inteligencia y
Ciberinteligencia», en los cursos de doctorado de «Seguridad, Gestión de Riesgos y
Conflictos» de la Universidad Antonio de Nebrija. A tal fin, la universidad reservará al
menos dos plazas anuales en los citados cursos de doctorado.
Tercera.
Financiación.
El MINISDEF destinará los créditos necesarios para la financiación de las actividades
contempladas en el presente convenio (aplicación presupuestaria 14.02.121N1.226.06,
en el ejercicio 2026), que se materializarán según se especifica en cuadro adjunto:
2025-2026
Actividad
Alumnos (2)
XXVII CEMFAS.
Máster Universitario de Seguridad y Defensa.
18-22
II CAEID.
Máster en Análisis de Inteligencia y Ciberinteligencia.
25-30
Alumnos egresados CAEID/MAIC (acumulativo). Doctorado (1).
10
(1) Las actividades docentes de doctorado irán dirigidas a la formación de alumnos nacionales, dando preferencia a los alumnos egresados del CAEID que
hayan realizado el «Máster en Análisis de Inteligencia y Ciberinteligencia» (MAIC). En ausencia de solicitantes que hayan realizado el MAIC, se podrán ofertar estas
plazas a otros profesionales de las FAS, a propuesta del CESEDEN.
(2) El número que se especifica en la columna constituye una estimación y podrá variar en función del número de alumnos realmente incorporado y de las
circunstancias académicas de los mismos (requisitos de acceso al máster / doctorado).
Cuarta. Consecuencias aplicables en caso de incumplimiento de las obligaciones y
compromisos.
En el caso de incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte
de alguno de los firmantes, con arreglo a los artículos 49.e) y 51 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, cualquiera de las partes podrá
notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en el plazo de treinta
(30) días naturales con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos.
Este requerimiento será comunicado a los órganos de seguimiento, vigilancia y control
cve: BOE-A-2025-13393
Verificable en https://www.boe.es
La forma de pago será previa presentación de factura tras finalizar el proceso de
formalización de la matrícula de ambos másteres. La reserva de créditos destinados a la
financiación de las actividades formativas anteriormente especificadas asciende a
sesenta y cinco mil euros (65.000 €).
Las cantidades destinadas a la financiación de las actividades no podrán ser
superiores a los gastos derivados de la ejecución del convenio y, por tanto, podrán ser
revisadas en función de los servicios realmente prestados, en cuyo caso las partes
deberán formalizar un nuevo convenio o una adenda de modificación.
Núm. 157
Martes 1 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 86801
los procedimientos que estime oportunos para la matriculación a los alumnos del II
CAEID que cumplan los requisitos generales para acceder al segundo ciclo de
enseñanzas universitarias y los específicos establecidos para el título de «Máster en
Análisis de Inteligencia y Ciberinteligencia» de la Universidad Antonio de Nebrija. Una
vez finalizado el período de matrícula se comunicará al MINISDEF el listado de
estudiantes matriculados.
c) Facilitar la gestión de los expedientes académicos de los alumnos que cursen el
«Máster Universitario en Seguridad y Defensa» y el «Máster en Análisis de Inteligencia y
Ciberinteligencia». La gestión de los expedientes se realizará a través de la Facultad de
Derecho y de Relaciones Internacionales, empleando el programa informático de la
Universidad Antonio de Nebrija.
d) Expedir el título correspondiente a las enseñanzas del máster realizado. Los
contenidos impartidos durante el CEMFAS/CAEID, que correspondan a las asignaturas
de los másteres citados, tendrán los mismos efectos académicos y profesionales que los
cursados en los centros propios de la Universidad Antonio de Nebrija.
e) Facilitar la matriculación de Diplomados del Curso de Altos Estudios de
Inteligencia de la Defensa que hayan realizado el «Máster en Análisis de Inteligencia y
Ciberinteligencia», en los cursos de doctorado de «Seguridad, Gestión de Riesgos y
Conflictos» de la Universidad Antonio de Nebrija. A tal fin, la universidad reservará al
menos dos plazas anuales en los citados cursos de doctorado.
Tercera.
Financiación.
El MINISDEF destinará los créditos necesarios para la financiación de las actividades
contempladas en el presente convenio (aplicación presupuestaria 14.02.121N1.226.06,
en el ejercicio 2026), que se materializarán según se especifica en cuadro adjunto:
2025-2026
Actividad
Alumnos (2)
XXVII CEMFAS.
Máster Universitario de Seguridad y Defensa.
18-22
II CAEID.
Máster en Análisis de Inteligencia y Ciberinteligencia.
25-30
Alumnos egresados CAEID/MAIC (acumulativo). Doctorado (1).
10
(1) Las actividades docentes de doctorado irán dirigidas a la formación de alumnos nacionales, dando preferencia a los alumnos egresados del CAEID que
hayan realizado el «Máster en Análisis de Inteligencia y Ciberinteligencia» (MAIC). En ausencia de solicitantes que hayan realizado el MAIC, se podrán ofertar estas
plazas a otros profesionales de las FAS, a propuesta del CESEDEN.
(2) El número que se especifica en la columna constituye una estimación y podrá variar en función del número de alumnos realmente incorporado y de las
circunstancias académicas de los mismos (requisitos de acceso al máster / doctorado).
Cuarta. Consecuencias aplicables en caso de incumplimiento de las obligaciones y
compromisos.
En el caso de incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte
de alguno de los firmantes, con arreglo a los artículos 49.e) y 51 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, cualquiera de las partes podrá
notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en el plazo de treinta
(30) días naturales con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos.
Este requerimiento será comunicado a los órganos de seguimiento, vigilancia y control
cve: BOE-A-2025-13393
Verificable en https://www.boe.es
La forma de pago será previa presentación de factura tras finalizar el proceso de
formalización de la matrícula de ambos másteres. La reserva de créditos destinados a la
financiación de las actividades formativas anteriormente especificadas asciende a
sesenta y cinco mil euros (65.000 €).
Las cantidades destinadas a la financiación de las actividades no podrán ser
superiores a los gastos derivados de la ejecución del convenio y, por tanto, podrán ser
revisadas en función de los servicios realmente prestados, en cuyo caso las partes
deberán formalizar un nuevo convenio o una adenda de modificación.