Ministerio de Industria y Turismo. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-13401)
Resolución de 23 de junio de 2025, de la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A., por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Madrid, para la ejecución del proyecto de reforma y revitalización urbana del ámbito de Azca.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 157

Martes 1 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 86841

jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE
y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, preparará y licitará un contrato de redacción de
proyecto y ejecución de obra para la ejecución del proyecto global. El contrato será
cofinanciado por la OEPM en los términos previstos en la cláusula quinta.
El plazo estimado de la preparación y licitación del contrato será de 7 meses a contar
desde la aceptación del proyecto básico por el Ayuntamiento. Este plazo no computará
en aquellos casos en los que, de acuerdo con la normativa de contratación o de
procedimiento administrativo, proceda la suspensión del procedimiento debiendo
informarse en el supuesto de concurrencia de tal supuesto a todos los firmantes del
convenio.
El proyecto de ejecución que redacte el contratista en ejecución del contrato se
ajustará al proyecto básico aprobado que se adjuntará a la documentación contractual de
la licitación. Las modificaciones o ajustes que se precisen durante la elaboración,
supervisión o aprobación del proyecto de ejecución no podrán suponer una alteración
sustancial del proyecto básico y no podrán afectar a su diseño esencial, su concepto y la
ordenación propuesta. Dichas modificaciones serán comunicadas a las partes en el seno
del órgano de coordinación y seguimiento del convenio con privados.
Ejecución de las obras.

El Ayuntamiento de Madrid ejecutará, a través del contratista que haya resultado
adjudicatario de la licitación, las obras en la zona de intervención y ostentará la Dirección
facultativa de las mismas tramitando los incidentes contractuales que pudieran surgir
durante la ejecución del contrato, dando cuenta a los firmantes del convenio con
privados y la OEPM. A la finalización procederá a la recepción de las obras de
conformidad con lo previsto en la normativa de contratos del sector público y con arreglo
a la normativa municipal aplicable.
El Ayuntamiento de Madrid, conforme a la legislación de contratos del sector público
y la legislación de edificación asume la condición de único promotor de las obras y la
totalidad de las relaciones contractuales dimanantes del contrato de redacción de
proyecto y ejecución de obra que se adjudique hasta su total extinción. El contratista
será responsable de la ejecución de las prestaciones que integran el objeto contractual y
el mantenimiento y vigilancia de la zona de intervención en los términos previstos en
dicha legislación. Asimismo, el contratista como redactor del proyecto de ejecución
asumirá las responsabilidades propias del proyectista de acuerdo con los pliegos de la
licitación.
El Ayuntamiento de Madrid mantendrá indemne a la OEPM de cualquier reclamación
o litigio presentado por proyectistas, contratistas o terceros derivados de la preparación y
ejecución de las obras en la zona de intervención a partir de la entrega del proyecto
básico, no asumiendo la OEPM responsabilidad alguna en este sentido.
El plazo estimado de ejecución de las obras será de 24 meses, sin perjuicio del que
pueda resultar de la licitación. Este plazo se computará a contar desde la formalización
del acta de comprobación del replanteo. Este plazo no computará en aquellos casos en
los que, de acuerdo con la normativa de contratación, proceda la suspensión del
procedimiento, debiendo el Ayuntamiento informar en tal caso a la OEPM.
Los pliegos del contrato incorporarán la obligación del contratista de conservar y
vigilar las obras hasta la recepción y durante el plazo de garantía de las mismas en los
términos que se prevea en los pliegos de general aplicación del Ayuntamiento de Madrid
y demás normativa aplicable. Antes de la ejecución de las obras la conservación se
regirá por lo dispuesto en la normativa de aplicación vigente.
Igualmente, los pliegos del contrato preverán un plan de contingencia que
implemente las medidas dirigidas a compatibilizar la ejecución de las obras con las
necesidades de accesibilidad, movilidad y seguridad para el conjunto de residentes y
usuarios de los edificios del ámbito, así como el menor impacto posible a las actividades
comerciales. La OEPM colaborará con el adjudicatario del contrato en la aplicación del
plan de contingencia.

cve: BOE-A-2025-13401
Verificable en https://www.boe.es

Cuarta.