Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto DemográficoV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Mercado de divisas. (BOE-B-2025-24917)
Anuncio de la Dirección General de la Costa y el Mar, en procedimiento de rectificación del deslinde aprobado por O.M. de 25 de junio de 2025, en el tramo de unos 772 metros de longitud, correspondiente al puerto y la playa de Mogán, en el t.m. de Mogán (Gran Canaria), y declaración de innecesariedad para la protección y utilización del dpm-t de la superficie determinada como "sobrantes de la zona marítimo-terrestre" en la O.M. de 16/05/1983. DES01/23/35/0001.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 1 de julio de 2025

Sec. V-B. Pág. 38104

presentaron las siguientes alegaciones:
- Club de Mar Mogán, S.L., mostrando, en esencia, su conformidad con la
delimitación efectuada.
- Mogán Negocios, S.L. (afectado por la servidumbre de protección
aproximadamente vértices M-1 a M-8), manifestando su disconformidad con el
deslinde en el tramo que afecta a la parcela de su titularidad.
XIII) Con fecha 11 de abril de 2025, la Demarcación de Costas en Canarias
remitió el expediente a la Dirección General de la Costa y el Mar, para su ulterior
resolución.
El expediente incluye el proyecto, fechado en abril de 2025 y contiene, los
apartados siguientes:
a) Memoria, que contiene entre otros los siguientes apartados:
- Resumen de actuaciones de deslinde.
- Documentación fotográfica.
- Justificación de la línea de deslinde.
b) Planos suscritos en abril de 2025.
c) Pliego de condiciones para el amojonamiento.
d) Presupuesto estimado.
XIV) Previa autorización de la Dirección General de la Costa y el Mar, de fecha
14 de abril de 2025, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 82 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, se otorgó un período de audiencia a los interesados,
concediéndoles el plazo de quince (15) días para examinar el expediente y
presentar los escritos, documentos y pruebas que estimasen convenientes.
XV) Con fecha junio de 2025, la Demarcación de Costas en Canarias, remitió
el resultado del trámite de audiencia, durante el cual se presentaron las siguientes
alegaciones:
- La Consejería de Área de Medio Ambiente, Clima, Energía y Conocimiento
del Cabildo de Gran Canaria, indicando que no es competencia de esa Consejería
de Medio Ambiente por tratarse de actuaciones fuera de espacio natural protegido.
- Club del Mar Mogán, S.L., alegando, en referencia al acta de apeo, que se
proceda a modificar las coordenadas de los vértices de ribera del mar R-40 Y R-41,
al objeto de ajustar el deslinde propuesto a la realidad física del entorno y evitar la
indebida inclusión de la rampa del Puerto de Mogán en la delimitación de la Ribera
del Mar.
- El Ayuntamiento de Mogán, solicitando la actualización de la base empleada
para la documentación gráfica (cartografía y ortofoto), que se delimite la línea de
ribera del mar entre los puntos M-12 y M-13, fijando la misma de forma que
coincida con la línea exterior del paseo existente, y subsiguientemente, se
modifique la superficie afectada por la servidumbre de protección.

cve: BOE-B-2025-24917
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Núm. 157