Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-13308)
Resolución de 19 de junio de 2025, de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Salceda de Caselas, para la financiación, ejecución y entrega de las obras de mejora del saneamiento y depuración en Salceda de Caselas (Pontevedra).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 156
Lunes 30 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 86278
correspondientes a las medidas de seguridad y salud. Los valores estimados para cada
uno de estos conceptos, Impuesto sobre el Valor Añadido Incluido, son los siguientes:
– Asistencia técnica para la redacción del proyecto de mejora del saneamiento y
depuración en Salceda de Caselas (Pontevedra): 50.000 euros.
– Contrato de obras de mejora del saneamiento y depuración en Salceda de Caselas
(Pontevedra), incluyendo medidas de seguridad y salud: 550.000 euros.
– Crédito a retener para la liquidación del contrato de obras: 55.000 euros.
– Asistencia técnica para la dirección de las obras de mejora del saneamiento y
depuración en Salceda de Caselas (Pontevedra), incluyendo coordinación de seguridad
y salud de las mismas: 30.000 euros.
Quinta.
Anualidades y aportaciones.
1. La financiación de las actuaciones objeto de cofinanciación descritas en la
cláusula tercera, cuyo importe total se estima en 685.000 euros (IVA incluido), se
distribuye según lo previsto en el cuadro que figura como anexo al presente documento.
No obstante, por acuerdo de la Comisión de Seguimiento las partes podrán promover
y aprobar posibles reajustes de anualidades de pagos en función de la evolución de la
ejecución del objeto y de las actuaciones contempladas en el presente convenio,
siempre que estos no supongan un incremento económico global del mismo, ni del plazo
del mismo.
2. Las aportaciones del Ayuntamiento de Salceda de Caselas se materializarán
mediante la transferencia de los fondos precisos a la Confederación Hidrográfica del
Miño-Sil, O.A. previa certificación por esta de los gastos incurridos (fase contable O).
3. El importe de los gastos certificados será ingresado en los plazos establecidos
en la normativa presupuestaria y tributaria vigente, procediendo las acciones oportunas
por parte del Organismo de cuenca en caso contrario, incluido el recurso a la vía
ejecutiva. Se ingresarán en la cuenta que el organismo de cuenca tiene abierta en el
Banco de España: 9000 0022 10 0200001328.
4. El impago de estos importes en los plazos establecidos generará una deuda de
derecho público que será exigible de acuerdo con lo establecido en las Leyes y el
Reglamento General de Recaudación, en particular, en la disposición adicional cuarta del
Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido
de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Sexta.
Tramitación de los expedientes de contratación.
La Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., licitará, adjudicará y gestionará los
contratos de la obra, servicios y cualesquiera otros necesarios para la ejecución del
presente convenio, hasta la terminación definitiva de las obras.
Entrega y recepción de las actuaciones.
1. Una vez finalizadas y recibidas las obras por parte de la Confederación
Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., se comunicará al Ayuntamiento de Salceda de Caselas
tal circunstancia, adjuntando una copia del acta de recepción, siendo entregadas para su
uso público a este último para su gestión, mantenimiento y conservación.
2. Al tratarse de una actuación que es instrumento para el ejercicio de
competencias municipales, la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. realizará la
operación patrimonial de transmisión del pleno dominio de la infraestructura, mediante
una cesión gratuita de las previstas en el artículo 147 de la Ley 33/2003, de 3 de
noviembre, previo informe de la Dirección General del Patrimonio del Estado, del modo
indicado en el exponendo séptimo con el fin de transmitir la titularidad dominical de la
instalación, así como todos los derechos inherentes a dicho título al ayuntamiento.
cve: BOE-A-2025-13308
Verificable en https://www.boe.es
Séptima.
Núm. 156
Lunes 30 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 86278
correspondientes a las medidas de seguridad y salud. Los valores estimados para cada
uno de estos conceptos, Impuesto sobre el Valor Añadido Incluido, son los siguientes:
– Asistencia técnica para la redacción del proyecto de mejora del saneamiento y
depuración en Salceda de Caselas (Pontevedra): 50.000 euros.
– Contrato de obras de mejora del saneamiento y depuración en Salceda de Caselas
(Pontevedra), incluyendo medidas de seguridad y salud: 550.000 euros.
– Crédito a retener para la liquidación del contrato de obras: 55.000 euros.
– Asistencia técnica para la dirección de las obras de mejora del saneamiento y
depuración en Salceda de Caselas (Pontevedra), incluyendo coordinación de seguridad
y salud de las mismas: 30.000 euros.
Quinta.
Anualidades y aportaciones.
1. La financiación de las actuaciones objeto de cofinanciación descritas en la
cláusula tercera, cuyo importe total se estima en 685.000 euros (IVA incluido), se
distribuye según lo previsto en el cuadro que figura como anexo al presente documento.
No obstante, por acuerdo de la Comisión de Seguimiento las partes podrán promover
y aprobar posibles reajustes de anualidades de pagos en función de la evolución de la
ejecución del objeto y de las actuaciones contempladas en el presente convenio,
siempre que estos no supongan un incremento económico global del mismo, ni del plazo
del mismo.
2. Las aportaciones del Ayuntamiento de Salceda de Caselas se materializarán
mediante la transferencia de los fondos precisos a la Confederación Hidrográfica del
Miño-Sil, O.A. previa certificación por esta de los gastos incurridos (fase contable O).
3. El importe de los gastos certificados será ingresado en los plazos establecidos
en la normativa presupuestaria y tributaria vigente, procediendo las acciones oportunas
por parte del Organismo de cuenca en caso contrario, incluido el recurso a la vía
ejecutiva. Se ingresarán en la cuenta que el organismo de cuenca tiene abierta en el
Banco de España: 9000 0022 10 0200001328.
4. El impago de estos importes en los plazos establecidos generará una deuda de
derecho público que será exigible de acuerdo con lo establecido en las Leyes y el
Reglamento General de Recaudación, en particular, en la disposición adicional cuarta del
Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido
de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Sexta.
Tramitación de los expedientes de contratación.
La Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., licitará, adjudicará y gestionará los
contratos de la obra, servicios y cualesquiera otros necesarios para la ejecución del
presente convenio, hasta la terminación definitiva de las obras.
Entrega y recepción de las actuaciones.
1. Una vez finalizadas y recibidas las obras por parte de la Confederación
Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., se comunicará al Ayuntamiento de Salceda de Caselas
tal circunstancia, adjuntando una copia del acta de recepción, siendo entregadas para su
uso público a este último para su gestión, mantenimiento y conservación.
2. Al tratarse de una actuación que es instrumento para el ejercicio de
competencias municipales, la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. realizará la
operación patrimonial de transmisión del pleno dominio de la infraestructura, mediante
una cesión gratuita de las previstas en el artículo 147 de la Ley 33/2003, de 3 de
noviembre, previo informe de la Dirección General del Patrimonio del Estado, del modo
indicado en el exponendo séptimo con el fin de transmitir la titularidad dominical de la
instalación, así como todos los derechos inherentes a dicho título al ayuntamiento.
cve: BOE-A-2025-13308
Verificable en https://www.boe.es
Séptima.