Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-13308)
Resolución de 19 de junio de 2025, de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Salceda de Caselas, para la financiación, ejecución y entrega de las obras de mejora del saneamiento y depuración en Salceda de Caselas (Pontevedra).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 156
Lunes 30 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 86277
novena en relación a la aprobación del proyecto y a la puesta a disposición de los
terrenos necesarios para la ejecución de las obras.
c) La extinción del convenio por esta causa, tras el procedimiento contradictorio
regulado en el artículo 51.2c) de la LRJSP, conllevará el pago de una indemnización a
los demás otorgantes del convenio por los perjuicios causados derivados de actuaciones
ya ejecutadas o como consecuencia de otras actuaciones que tengan que asumir debido
al referido incumplimiento.
d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
e) Por la entrada en vigor de disposiciones legales o reglamentarias que
determinen su extinción.
f) Por el transcurso del plazo de vigencia del convenio, sin haberse acordado la
prórroga del mismo.
En dichos supuestos se establecerá, en función de la causa concreta de extinción y a
la vista de la situación particular de las actuaciones en curso, la forma de continuación
de las mismas y su finalización en un plazo improrrogable fijado por las partes, a
propuesta de la comisión de seguimiento, así como la forma de entrega de las obras al
organismo competente.
3. Las posibles modificaciones de este convenio, acordadas de forma unánime por
los firmantes, deberán formalizarse mediante la suscripción de la correspondiente
adenda modificativa, con los mismos requisitos y condiciones exigidos para la
aprobación del convenio inicial, salvo que la modificación consista en un mero cambio
del importe de las anualidades, de acuerdo con lo previsto en el punto primero de la
cláusula quinta.
Tercera.
Descripción de las actuaciones.
Las actuaciones que se llevarán a cabo a través de este convenio consistirán en
proyectar y construir la o las redes de saneamiento necesarias para dotar de
saneamiento de aguas residuales a la parroquia de Soutelo, en Salceda de Caselas,
conectándola a la existente red de saneamiento del Louro, que discurre por el borde
sudeste de la misma, o a una o varias pequeñas estaciones de depuración de aguas
residuales que igualmente deberán proyectarse y construirse.
Cuarta.
Coste de las actuaciones y financiación de las mismas.
– La Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. aportará 650.750,00 euros del
coste inicialmente previsto, lo que supone un porcentaje del 95 % de la inversión.
– El Ayuntamiento de Salceda de Caselas aportará 34.250,00 euros del coste
inicialmente previsto, lo que supone un porcentaje del 5 % de la inversión, con cargo a su
aplicación presupuestaria 160/45390.
4. Con cargo al importe previsto en el apartado primero, la Confederación
Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. afrontará tanto el coste de redacción del proyecto, como
de ejecución de la obra, dirección y vigilancia de la misma, además de los gastos
cve: BOE-A-2025-13308
Verificable en https://www.boe.es
1. La inversión total necesaria para la actuación se ha estimado en 685.000,00
euros, Impuesto del Valor Añadido Incluido.
2. El coste de la inversión se financiará con cargo al presupuesto de gastos del
Organismo de cuenca para los años 2025, 2026 y 2027, con cargo a la aplicación
presupuestaria 23.108.456A.601, superproyecto 2012.23.231.9002 y código de
proyecto 2012.23.231.0005.
3. De acuerdo con lo anterior, la cofinanciación de la obra se realizará de
conformidad con la siguiente fórmula:
Núm. 156
Lunes 30 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 86277
novena en relación a la aprobación del proyecto y a la puesta a disposición de los
terrenos necesarios para la ejecución de las obras.
c) La extinción del convenio por esta causa, tras el procedimiento contradictorio
regulado en el artículo 51.2c) de la LRJSP, conllevará el pago de una indemnización a
los demás otorgantes del convenio por los perjuicios causados derivados de actuaciones
ya ejecutadas o como consecuencia de otras actuaciones que tengan que asumir debido
al referido incumplimiento.
d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
e) Por la entrada en vigor de disposiciones legales o reglamentarias que
determinen su extinción.
f) Por el transcurso del plazo de vigencia del convenio, sin haberse acordado la
prórroga del mismo.
En dichos supuestos se establecerá, en función de la causa concreta de extinción y a
la vista de la situación particular de las actuaciones en curso, la forma de continuación
de las mismas y su finalización en un plazo improrrogable fijado por las partes, a
propuesta de la comisión de seguimiento, así como la forma de entrega de las obras al
organismo competente.
3. Las posibles modificaciones de este convenio, acordadas de forma unánime por
los firmantes, deberán formalizarse mediante la suscripción de la correspondiente
adenda modificativa, con los mismos requisitos y condiciones exigidos para la
aprobación del convenio inicial, salvo que la modificación consista en un mero cambio
del importe de las anualidades, de acuerdo con lo previsto en el punto primero de la
cláusula quinta.
Tercera.
Descripción de las actuaciones.
Las actuaciones que se llevarán a cabo a través de este convenio consistirán en
proyectar y construir la o las redes de saneamiento necesarias para dotar de
saneamiento de aguas residuales a la parroquia de Soutelo, en Salceda de Caselas,
conectándola a la existente red de saneamiento del Louro, que discurre por el borde
sudeste de la misma, o a una o varias pequeñas estaciones de depuración de aguas
residuales que igualmente deberán proyectarse y construirse.
Cuarta.
Coste de las actuaciones y financiación de las mismas.
– La Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. aportará 650.750,00 euros del
coste inicialmente previsto, lo que supone un porcentaje del 95 % de la inversión.
– El Ayuntamiento de Salceda de Caselas aportará 34.250,00 euros del coste
inicialmente previsto, lo que supone un porcentaje del 5 % de la inversión, con cargo a su
aplicación presupuestaria 160/45390.
4. Con cargo al importe previsto en el apartado primero, la Confederación
Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. afrontará tanto el coste de redacción del proyecto, como
de ejecución de la obra, dirección y vigilancia de la misma, además de los gastos
cve: BOE-A-2025-13308
Verificable en https://www.boe.es
1. La inversión total necesaria para la actuación se ha estimado en 685.000,00
euros, Impuesto del Valor Añadido Incluido.
2. El coste de la inversión se financiará con cargo al presupuesto de gastos del
Organismo de cuenca para los años 2025, 2026 y 2027, con cargo a la aplicación
presupuestaria 23.108.456A.601, superproyecto 2012.23.231.9002 y código de
proyecto 2012.23.231.0005.
3. De acuerdo con lo anterior, la cofinanciación de la obra se realizará de
conformidad con la siguiente fórmula: