Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. III. Otras disposiciones. Ayudas. (BOE-A-2025-13299)
Resolución de 18 de junio de 2025, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación de 12 de junio de 2025, por el que se aprueba la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por comunidades autónomas destinados al Programa de cooperación territorial de Bienestar Emocional en el ámbito educativo, en el ejercicio presupuestario 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 156

Lunes 30 de junio de 2025
7.

Sec. III. Pág. 86204

Plazos de ejecución

El plazo de ejecución del Programa de Bienestar Emocional en el ámbito educativo
correspondiente al presupuesto del año 2025 es desde el 1 de septiembre de 2025 hasta
el 31 de diciembre de 2026.
8.

Actuaciones del programa

1. Facilitar la liberación del horario lectivo de los coordinadores o coordinadoras de
bienestar y protección de los centros educativos o, en su caso, ampliar dicha liberación.
2. Aumentar y/o reforzar los recursos humanos, a través de la incorporación
de asesoras/es con el perfil adecuado y especializado para la intervención en el campo
de la promoción del bienestar emocional del alumnado.
3. Desarrollar actuaciones formativas, de difusión y elaboración de materiales que
sirvan para la implementación de buenas prácticas, en el campo del cuidado y promoción
del bienestar emocional.
Líneas de actuación:
L1. Formación en el ámbito de la salud emocional, las conductas autolíticas y la
prevención del suicidio.
L2. Acciones de formación para la promoción de factores protectores (resiliencia,
autoestima, competencias sociales orientadas a la participación del alumnado, habilidades
para la toma de decisiones y resolución de conflictos), asegurar un ambiente escolar
positivo y seguro, desarrollar conductas prosociales de ayuda a los demás y de promoción
de la salud en el ámbito escolar.
L3. Acciones de formación sobre Derechos y Protección de la Infancia y Adolescencia.
L4. Acciones de formación sobre Convivencia, en el campo de violencia sobre la
infancia (actuación frente a indicios de acoso escolar, ciberacoso, acoso sexual, violencia
de género y cualquier otra manifestación de violencia).
L5. Formación y promoción de medidas vinculadas a la promoción de los valores
universales como vía de prevención de conflictos, desde edades tempranas.
L6. Divulgación de buenas prácticas para combatir el estigma de los trastornos
de salud mental y para la reducción de su impacto en el rendimiento académico y en el
bienestar emocional.
L7. Participación u organización de jornadas y/o eventos específicos orientados
a conocer modelos de intervención, organización y difusión de buenas prácticas.
L8. Desarrollo de programas de promoción de la parentalidad positiva, incluyendo
a las familias en riesgo social, evolutivo y psicoafectivo.
9.

Compromisos del ministerio de educación, formación profesional y deportes
y de las comunidades autónomas

Los compromisos adquiridos por las partes son los siguientes:

– Aportar los fondos comprometidos para el Programa de Bienestar Emocional en el
ámbito educativo, que serán distribuidos en función de los porcentajes y los criterios de
distribución aprobados en el seno de la Conferencia Sectorial.
– Mantener una estructura de coordinación entre el MEFPD y los responsables de
cada Comunidad Autónoma para el apoyo y seguimiento de este programa.
– Realizar el seguimiento de las actuaciones del programa en cada Comunidad
Autónoma, en colaboración con el equipo responsable del mismo designado al efecto.

cve: BOE-A-2025-13299
Verificable en https://www.boe.es

El Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes se compromete a: