Ministerio de Sanidad. I. Disposiciones generales. Organización. (BOE-A-2025-13231)
Orden SND/671/2025, de 23 de junio, por la que se crea y regula el Sistema Archivístico del Ministerio de Sanidad y de sus organismos públicos vinculados o dependientes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 156
Lunes 30 de junio de 2025
Sec. I. Pág. 85846
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE SANIDAD
Orden SND/671/2025, de 23 de junio, por la que se crea y regula el Sistema
Archivístico del Ministerio de Sanidad y de sus organismos públicos
vinculados o dependientes.
El artículo 46 de la Constitución Española obliga a los poderes públicos a garantizar
la conservación y promover el enriquecimiento del patrimonio histórico, cultural y artístico
de los pueblos de España y de los bienes que lo integran, cualquiera que sea su régimen
jurídico y titularidad.
En este sentido, la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español,
señala en su artículo 48 que forma parte del mismo el denominado Patrimonio
Documental, que es aquel constituido por los documentos de cualquier época
generados, conservados o reunidos en el ejercicio de su función por cualquier organismo
o entidad de carácter público, por las personas jurídicas en cuyo capital participe
mayoritariamente el Estado u otras entidades públicas y por las personas privadas,
físicas o jurídicas, gestoras de servicios públicos en lo relacionado con la gestión de
dichos servicios.
El artículo 65 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español,
dispone en su primer apartado que cada Departamento ministerial deberá asegurar la
coordinación del funcionamiento de todos los archivos del Ministerio y de los Organismos
a él vinculados, estableciendo el apartado segundo del artículo citado que la
documentación de los Organismos dependientes de la Administración del Estado será
regularmente transferida, según el procedimiento que por vía reglamentaria se
establezca en los Archivos del Estado.
En desarrollo de dicho precepto se dictó el Real Decreto 1708/2011, de 18 de
noviembre, por el que se establece el Sistema Español de Archivos y se regula el
Sistema de Archivos de la Administración General del Estado y de sus Organismos
Públicos y su régimen de acceso, el cual, en su artículo 7, prevé que integran el Sistema
de Archivos de la Administración General del Estado, todos los archivos, centros,
servicios y, en su caso, sistemas archivísticos de los Departamentos ministeriales, y de
sus organismos públicos existentes y los que en el futuro puedan crearse
reglamentariamente; y en su disposición final tercera prevé que los titulares de los
Departamentos ministeriales adoptarán las previsiones necesarias para asegurar la
plena aplicación de las previsiones del Sistema de Archivos de la Administración General
del Estado y de sus organismos públicos en el ámbito de los archivos de su
competencia.
Así, mediante la presente orden se establecen las normas básicas de organización y
funcionamiento del Sistema Archivístico del Ministerio de Sanidad y de los organismos
públicos vinculados o dependientes del mismo, esto es, la Agencia Española de
Medicamentos y Productos Sanitarios, el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria y la
Organización Nacional de Trasplantes, al objeto de lograr un tratamiento archivístico
normalizado y uniforme en todo su ámbito de aplicación, con el fin de cumplir con las
obligaciones exigidas por la normativa vigente.
Se regulan además las funciones del Archivo Central del Ministerio de Sanidad, de
los archivos de gestión y del Sistema Archivístico del Ministerio de Sanidad y sus
organismos públicos vinculados o dependientes.
Esta orden aborda también el establecimiento de las normas relativas a la
transferencia de documentos, que es el procedimiento mediante el cual los documentos
pasan de los archivos de gestión al Archivo Central y con posterioridad a los
correspondientes Archivos del Estado, en aplicación de la normativa estatal vigente. Su
cve: BOE-A-2025-13231
Verificable en https://www.boe.es
13231
Núm. 156
Lunes 30 de junio de 2025
Sec. I. Pág. 85846
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE SANIDAD
Orden SND/671/2025, de 23 de junio, por la que se crea y regula el Sistema
Archivístico del Ministerio de Sanidad y de sus organismos públicos
vinculados o dependientes.
El artículo 46 de la Constitución Española obliga a los poderes públicos a garantizar
la conservación y promover el enriquecimiento del patrimonio histórico, cultural y artístico
de los pueblos de España y de los bienes que lo integran, cualquiera que sea su régimen
jurídico y titularidad.
En este sentido, la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español,
señala en su artículo 48 que forma parte del mismo el denominado Patrimonio
Documental, que es aquel constituido por los documentos de cualquier época
generados, conservados o reunidos en el ejercicio de su función por cualquier organismo
o entidad de carácter público, por las personas jurídicas en cuyo capital participe
mayoritariamente el Estado u otras entidades públicas y por las personas privadas,
físicas o jurídicas, gestoras de servicios públicos en lo relacionado con la gestión de
dichos servicios.
El artículo 65 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español,
dispone en su primer apartado que cada Departamento ministerial deberá asegurar la
coordinación del funcionamiento de todos los archivos del Ministerio y de los Organismos
a él vinculados, estableciendo el apartado segundo del artículo citado que la
documentación de los Organismos dependientes de la Administración del Estado será
regularmente transferida, según el procedimiento que por vía reglamentaria se
establezca en los Archivos del Estado.
En desarrollo de dicho precepto se dictó el Real Decreto 1708/2011, de 18 de
noviembre, por el que se establece el Sistema Español de Archivos y se regula el
Sistema de Archivos de la Administración General del Estado y de sus Organismos
Públicos y su régimen de acceso, el cual, en su artículo 7, prevé que integran el Sistema
de Archivos de la Administración General del Estado, todos los archivos, centros,
servicios y, en su caso, sistemas archivísticos de los Departamentos ministeriales, y de
sus organismos públicos existentes y los que en el futuro puedan crearse
reglamentariamente; y en su disposición final tercera prevé que los titulares de los
Departamentos ministeriales adoptarán las previsiones necesarias para asegurar la
plena aplicación de las previsiones del Sistema de Archivos de la Administración General
del Estado y de sus organismos públicos en el ámbito de los archivos de su
competencia.
Así, mediante la presente orden se establecen las normas básicas de organización y
funcionamiento del Sistema Archivístico del Ministerio de Sanidad y de los organismos
públicos vinculados o dependientes del mismo, esto es, la Agencia Española de
Medicamentos y Productos Sanitarios, el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria y la
Organización Nacional de Trasplantes, al objeto de lograr un tratamiento archivístico
normalizado y uniforme en todo su ámbito de aplicación, con el fin de cumplir con las
obligaciones exigidas por la normativa vigente.
Se regulan además las funciones del Archivo Central del Ministerio de Sanidad, de
los archivos de gestión y del Sistema Archivístico del Ministerio de Sanidad y sus
organismos públicos vinculados o dependientes.
Esta orden aborda también el establecimiento de las normas relativas a la
transferencia de documentos, que es el procedimiento mediante el cual los documentos
pasan de los archivos de gestión al Archivo Central y con posterioridad a los
correspondientes Archivos del Estado, en aplicación de la normativa estatal vigente. Su
cve: BOE-A-2025-13231
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