Comunidad Autónoma de Aragón. I. Disposiciones generales. Servicio Público de Justicia. (BOE-A-2025-13233)
Decreto 66/2025, de 25 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se crean las Agrupaciones de Oficinas de Justicia en los municipios de la Comunidad Autónoma de Aragón.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 156

Lunes 30 de junio de 2025

Sec. I. Pág. 85878

4. Los puestos de trabajo de las Oficinas de Justicia en el Municipio y sus
Agrupaciones, que estén servidos por personal funcionario al servicio de la
Administración de Justicia, podrán ser declarados compatibles con las tareas propias de
la Oficina Judicial del Tribunal de Instancia de su partido judicial, en la correspondiente
relación de puestos de trabajo. En este supuesto el personal funcionario realizará las
tareas propias de la Oficina de Justicia en el municipio o su Agrupación, así como las de
la Oficina Judicial del Tribunal de Instancia de su partido judicial; en este último caso,
bajo la dependencia funcional del Letrado o Letrada de la Administración de Justicia
Director o Directora del servicio para el que desarrolle actividad.
En todo caso, la realización de las tareas compatibles de la Oficina Judicial, se
efectuará desde la Oficina de Justicia en el Municipio a través de los medios de
comunicación y aplicaciones informáticas disponibles.
Artículo 19.

Centros penitenciarios.

Las relaciones de puestos de trabajo podrán incluir puestos cuyo desempeño
corresponda a un determinado centro penitenciario.
Disposición adicional única.

Entrada en funcionamiento.

1. Las Agrupaciones de Oficina de Justicia en el Municipio que se crean por
transformación de las actuales Agrupaciones de Juzgados de Paz, entrarán en
funcionamiento el mismo día en que lo hagan las Oficinas de Justicia del Tribunal de
Instancia del Partido Judicial al que pertenezcan.
2. Las nuevas Agrupaciones de Oficinas de Justicia en el Municipio de Graus,
Aínsa-Sobrarbe, Cantavieja. Valderrobres, Utrillas, Mora de Rubielos, Sos del Rey
Católico, Alagón y Belchite, entrarán en funcionamiento tan pronto dispongan de los
medios personales y materiales para ello y, en todo caso, antes del 31 de diciembre
de 2026.
Disposición final única.

Entrada en vigor.

Este Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial de Aragón».

cve: BOE-A-2025-13233
Verificable en https://www.boe.es

Zaragoza, 25 de junio de 2025.–El Presidente del Gobierno de Aragón, Jorge Azcón
Navarro.–La Vicepresidenta y Consejera de Presidencia, Economía y Justicia, María del
Mar Vaquero Perianez.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X