Ministerio de Defensa. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2025-13196)
Resolución 420/38301/2025, de 20 de junio, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad Pablo de Olavide, para la realización de prácticas académicas externas en unidades, centros y organismos del Ejército de Tierra y la realización de acciones formativas en áreas de interés común.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 155
Sábado 28 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 85596
g) Proporcionar al estudiante información relativa a la normativa de seguridad y
prevención de riesgos laborales.
h) Facilitar el intercambio de publicaciones propias y el acceso a fondos
documentales no clasificados.
i) Facilitar asesoramiento científico y técnico relacionado con las materias objeto de
las prácticas.
j) Hacer constar la colaboración de la universidad en todas las actividades
editoriales, informativas o de promoción en relación con las actuaciones contempladas
en este convenio.
k) El MINISDEF podrá vetar o revocar la participación de algún estudiante
designado o incorporado a las prácticas, por motivos de seguridad o de otra índole
debidamente justificada.
Por parte de la UPO:
a) Facilitar el intercambio de publicaciones propias y el acceso a fondos
documentales no digitales y no clasificados.
b) Facilitar asesoramiento científico y técnico, relacionado con las materias objeto
de las prácticas.
c) Facilitar la organización en su sede de conferencias para la difusión y promoción
de la cultura de defensa, que contribuyan a un mejor conocimiento de las Fuerzas
Armadas por parte de los estudiantes y profesores.
d) Hacer constar la colaboración del MINISDEF, y concretamente del ET, en todas
las actividades editoriales, informativas o de promoción en relación con las actuaciones
contempladas en este convenio.
e) Facilitar el acceso a becas, ayudas o prestaciones que se dispongan, para la
formalización de la inscripción del personal del MINISDEF en cursos, seminarios o
jornadas de interés educativo impartidos por la UPO, en el marco de las bases
correspondientes a cada programa.
f) Gestionar las convocatorias de las prácticas externas curriculares objeto del
presente convenio, de acuerdo con su normativa y procedimientos, y conforme a los
principios de publicidad, objetividad y concurrencia.
g) Facilitar la organización conjunta de conferencias, seminarios, talleres, jornadas
divulgativas, u otras actividades similares, relacionadas con las materias objeto de las
prácticas.
h) Proporcionar a los estudiantes que realicen las prácticas objeto del convenio la
correspondiente cobertura de seguro escolar, según la reglamentación vigente, sin
perjuicio de la póliza de responsabilidad civil que cubra los riesgos que pudieran
derivarse de las prácticas.
i) Proporcionar la guía didáctica de la asignatura de las prácticas al personal del
Cuartel General de la Fuerza Terrestre que desempeñe las funciones de tutor, facilitando
el acceso, en su caso, a la correspondiente plataforma telemática de gestión.
j) Comunicar al Cuartel General de la Fuerza Terrestre la identidad de los
estudiantes del Grado/Máster que llevarán a cabo las prácticas, así como la identidad de
los correspondientes tutores académicos.
k) Señalar, previa coordinación con el Cuartel General de Fuerza Terrestre, las
fechas de inicio y finalización de las prácticas.
l) Trasladar a la Comisión Mixta del presente convenio cuantas incidencias y
vicisitudes se observen por los tutores académicos, en relación con el desarrollo de las
actividades objeto del presente convenio.
m) Reconocer la labor desempeñada por el tutor de la entidad colaboradora.
cve: BOE-A-2025-13196
Verificable en https://www.boe.es
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Núm. 155
Sábado 28 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 85596
g) Proporcionar al estudiante información relativa a la normativa de seguridad y
prevención de riesgos laborales.
h) Facilitar el intercambio de publicaciones propias y el acceso a fondos
documentales no clasificados.
i) Facilitar asesoramiento científico y técnico relacionado con las materias objeto de
las prácticas.
j) Hacer constar la colaboración de la universidad en todas las actividades
editoriales, informativas o de promoción en relación con las actuaciones contempladas
en este convenio.
k) El MINISDEF podrá vetar o revocar la participación de algún estudiante
designado o incorporado a las prácticas, por motivos de seguridad o de otra índole
debidamente justificada.
Por parte de la UPO:
a) Facilitar el intercambio de publicaciones propias y el acceso a fondos
documentales no digitales y no clasificados.
b) Facilitar asesoramiento científico y técnico, relacionado con las materias objeto
de las prácticas.
c) Facilitar la organización en su sede de conferencias para la difusión y promoción
de la cultura de defensa, que contribuyan a un mejor conocimiento de las Fuerzas
Armadas por parte de los estudiantes y profesores.
d) Hacer constar la colaboración del MINISDEF, y concretamente del ET, en todas
las actividades editoriales, informativas o de promoción en relación con las actuaciones
contempladas en este convenio.
e) Facilitar el acceso a becas, ayudas o prestaciones que se dispongan, para la
formalización de la inscripción del personal del MINISDEF en cursos, seminarios o
jornadas de interés educativo impartidos por la UPO, en el marco de las bases
correspondientes a cada programa.
f) Gestionar las convocatorias de las prácticas externas curriculares objeto del
presente convenio, de acuerdo con su normativa y procedimientos, y conforme a los
principios de publicidad, objetividad y concurrencia.
g) Facilitar la organización conjunta de conferencias, seminarios, talleres, jornadas
divulgativas, u otras actividades similares, relacionadas con las materias objeto de las
prácticas.
h) Proporcionar a los estudiantes que realicen las prácticas objeto del convenio la
correspondiente cobertura de seguro escolar, según la reglamentación vigente, sin
perjuicio de la póliza de responsabilidad civil que cubra los riesgos que pudieran
derivarse de las prácticas.
i) Proporcionar la guía didáctica de la asignatura de las prácticas al personal del
Cuartel General de la Fuerza Terrestre que desempeñe las funciones de tutor, facilitando
el acceso, en su caso, a la correspondiente plataforma telemática de gestión.
j) Comunicar al Cuartel General de la Fuerza Terrestre la identidad de los
estudiantes del Grado/Máster que llevarán a cabo las prácticas, así como la identidad de
los correspondientes tutores académicos.
k) Señalar, previa coordinación con el Cuartel General de Fuerza Terrestre, las
fechas de inicio y finalización de las prácticas.
l) Trasladar a la Comisión Mixta del presente convenio cuantas incidencias y
vicisitudes se observen por los tutores académicos, en relación con el desarrollo de las
actividades objeto del presente convenio.
m) Reconocer la labor desempeñada por el tutor de la entidad colaboradora.
cve: BOE-A-2025-13196
Verificable en https://www.boe.es
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