Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2025-13203)
Resolución de 16 de junio de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el acuerdo de modificación del Convenio colectivo de Signify Iberia, SLU, para sus centros de trabajo de Madrid, Barcelona, Valencia y Bilbao.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 155
Sábado 28 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 85650
Medidas planificadas
I. Cláusulas de Igualdad de trato y no discriminación.
Signify tiene en su Integrity code un compromiso en materia de políticas para cumplir
su responsabilidad de respetar los derechos humanos que incluye expresamente los
derechos de las personas LGTBIQ+ o hace referencia explícita a la identidad o expresión
de género y orientación sexual.
Procede con la diligencia debida en materia de derechos humanos en lo que
concierne a las consecuencias negativas, reales y potenciales, sobre los derechos
humanos de las personas LGTBIQ+.
Cuenta con una política de no discriminación e igualdad de oportunidades que
contempla de manera explícita la orientación sexual, la identidad de género, la expresión
de género y las características sexuales. Realiza periódicamente sesiones de formación
con todas las personas trabajadoras sobre las políticas de la compañía al respecto.
La compañía tiene en cuenta la igualdad de las personas LGTBIQ+ en las acciones
de marketing responsable, lenguaje inclusivo o imágenes utilizadas. Se incluirá en la
memoria de sostenibilidad la participación en el «Orgullo».
II. Acceso al empleo.
Signify cuenta con una política de igualdad en el empleo que garantiza que todos los
candidatos cualificados serán considerados con independencia de su raza, color, edad,
sexo, orientación sexual y de género, país, discapacidad o estado civil. Se compromete a
tener una plantilla diversa. Todas las candidaturas serán estudiadas y evaluadas en
igualdad de competencias.
No obstante, para reducir cualquier sesgo inconsciente relacionado con la identidad o
expresión de género, realizaremos la siguiente medida:
– Formación en diversidad sexoafectiva y de género para reclutadores: Implantar
programas de formación específicos para RRHH, personas que participan en procesos
de selección: reclutadores y managers.
III. Clasificación y promoción profesional.
Signify tiene un procedimiento para garantizar la igualdad de remuneración. Cuenta
con un Sistema de valoración de puestos para los grupos profesionales recogidos en
nuestro convenio Colectivo, y pactado con la RLPT.
Así mismo aplica la metodología HAY como sistema analítico para la valoración de
puestos de trabajo de igual valor. Para valorar los puestos se basa en el contenido del
puesto, el contexto en el que se desempeña y la estructura organizativa de la que forma
parte.
Además, dentro de su política retributiva global se establecen los rangos salariales
en cada grado, se asegura su cumplimiento.
Formación, sensibilización y lenguaje.
La compañía establecerá un procedimiento para formar al personal con objeto de
concienciar sobre los problemas y derechos humanos de las personas LGTBIQ+ y
asegurar que sean conscientes de la responsabilidad de respetar y defender los
derechos humanos.
Las acciones formativas planificadas son:
– Formación en conceptos básicos sobre la diversidad sexo genérica para todos los
miembros de la Comisión negociadora, RRHH y Legal.
– Formación en diversidad sexo-afectiva y de género para reclutadores: Implantar
programas de formación específicos para RRHH, personas que participan en procesos
de selección: reclutadores y managers.
cve: BOE-A-2025-13203
Verificable en https://www.boe.es
IV.
Núm. 155
Sábado 28 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 85650
Medidas planificadas
I. Cláusulas de Igualdad de trato y no discriminación.
Signify tiene en su Integrity code un compromiso en materia de políticas para cumplir
su responsabilidad de respetar los derechos humanos que incluye expresamente los
derechos de las personas LGTBIQ+ o hace referencia explícita a la identidad o expresión
de género y orientación sexual.
Procede con la diligencia debida en materia de derechos humanos en lo que
concierne a las consecuencias negativas, reales y potenciales, sobre los derechos
humanos de las personas LGTBIQ+.
Cuenta con una política de no discriminación e igualdad de oportunidades que
contempla de manera explícita la orientación sexual, la identidad de género, la expresión
de género y las características sexuales. Realiza periódicamente sesiones de formación
con todas las personas trabajadoras sobre las políticas de la compañía al respecto.
La compañía tiene en cuenta la igualdad de las personas LGTBIQ+ en las acciones
de marketing responsable, lenguaje inclusivo o imágenes utilizadas. Se incluirá en la
memoria de sostenibilidad la participación en el «Orgullo».
II. Acceso al empleo.
Signify cuenta con una política de igualdad en el empleo que garantiza que todos los
candidatos cualificados serán considerados con independencia de su raza, color, edad,
sexo, orientación sexual y de género, país, discapacidad o estado civil. Se compromete a
tener una plantilla diversa. Todas las candidaturas serán estudiadas y evaluadas en
igualdad de competencias.
No obstante, para reducir cualquier sesgo inconsciente relacionado con la identidad o
expresión de género, realizaremos la siguiente medida:
– Formación en diversidad sexoafectiva y de género para reclutadores: Implantar
programas de formación específicos para RRHH, personas que participan en procesos
de selección: reclutadores y managers.
III. Clasificación y promoción profesional.
Signify tiene un procedimiento para garantizar la igualdad de remuneración. Cuenta
con un Sistema de valoración de puestos para los grupos profesionales recogidos en
nuestro convenio Colectivo, y pactado con la RLPT.
Así mismo aplica la metodología HAY como sistema analítico para la valoración de
puestos de trabajo de igual valor. Para valorar los puestos se basa en el contenido del
puesto, el contexto en el que se desempeña y la estructura organizativa de la que forma
parte.
Además, dentro de su política retributiva global se establecen los rangos salariales
en cada grado, se asegura su cumplimiento.
Formación, sensibilización y lenguaje.
La compañía establecerá un procedimiento para formar al personal con objeto de
concienciar sobre los problemas y derechos humanos de las personas LGTBIQ+ y
asegurar que sean conscientes de la responsabilidad de respetar y defender los
derechos humanos.
Las acciones formativas planificadas son:
– Formación en conceptos básicos sobre la diversidad sexo genérica para todos los
miembros de la Comisión negociadora, RRHH y Legal.
– Formación en diversidad sexo-afectiva y de género para reclutadores: Implantar
programas de formación específicos para RRHH, personas que participan en procesos
de selección: reclutadores y managers.
cve: BOE-A-2025-13203
Verificable en https://www.boe.es
IV.