Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2025-13128)
Resolución de 30 de mayo de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Dürr Systems Spain, SAU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 154

Viernes 27 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 85110

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
13128

Resolución de 30 de mayo de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por
la que se registra y publica el Convenio colectivo de Dürr Systems Spain,
SAU.

Visto el texto del Convenio colectivo de la empresa Dürr Systems Spain, SAU (código
de convenio n.º 90100261012016), que fue suscrito con fecha 17 de diciembre de 2024,
de una parte por las personas designadas por la Dirección de la empresa, en
representación de la misma, y de otra por los delegados de personal y comités de
empresa, en representación de los trabajadores afectados, y que ha sido definitivamente
subsanado en fecha 28 de mayo de 2025, y de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de
octubre), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de
convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado convenio colectivo en el correspondiente Registro
de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con
funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación
a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 30 de mayo de 2025.–La Directora General de Trabajo, María Nieves González
García.
ANEXO
Convenio colectivo Dürr Systems Spain, SAU
Artículo 1. Ámbito territorial, funcional y personal.
Este convenio colectivo afectará a la plantilla de la empresa «Dürr Systems Spain, SAU»,
de los centros de trabajo de San Sebastián, Viladecans y Madrid. Excluido el personal de
Alta Dirección.

El presente convenio, exceptuando las revisiones salariales y de compensación de
gastos, que se tendrán que acordar anualmente, tendrá una vigencia de cinco años.
Entrará en vigor a todos los efectos a partir del 1 de enero de 2025 finalizando el 31 de
diciembre del año 2029.
Este convenio se dará por denunciado expresamente el próximo 30 de junio de 2029,
esto es, seis meses antes de su vencimiento, comprometiéndose las partes a constituir
la comisión negociadora antes del 31 de julio, e iniciar la negociación del nuevo convenio
en el plazo de treinta días desde la constitución de la comisión negociadora.

cve: BOE-A-2025-13128
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 2. Vigencia y duración.