Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-13051)
Resolución de 18 de junio de 2025, de la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se publica la Adenda de prórroga y modificación del Convenio con la Asociación CESAL, para la colaboración en la respuesta START en caso de emergencias humanitarias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 153

Jueves 26 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 84612

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA
Y COOPERACIÓN
13051

Resolución de 18 de junio de 2025, de la Dirección de la Agencia Española
de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se publica la
Adenda de prórroga y modificación del Convenio con la Asociación CESAL,
para la colaboración en la respuesta START en caso de emergencias
humanitarias.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y una vez que ha sido inscrito en el
Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector
Público Estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Convenio
entre la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) y
Asociación CESAL para la colaboración en la respuesta START en caso de emergencias
humanitarias, cuyo texto figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 18 de junio de 2025.–El Director de la Agencia Española de Cooperación
Internacional para el Desarrollo, Antón Leis García.
ANEXO
Adenda de prórroga y modificación al Convenio entre la Agencia Española de
Cooperación Internacional para el desarrollo y la Asociación CESAL para la
colaboración en la respuesta START en caso de emergencias humanitarias
En Madrid, firmado electrónicamente.

Las partes se reconocen capacidad jurídica suficiente para suscribir en nombre de
sus respectivas entidades el presente convenio, y a tal efecto,

cve: BOE-A-2025-13051
Verificable en https://www.boe.es

De una parte, Antón Leis García, en nombre y representación de la Agencia
Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (en adelante, AECID), con
domicilio en avda. Reyes Católicos, 4, 28040, Madrid, y NIF Q2812001B, actuando en
calidad de Director de la misma, en virtud del nombramiento acordado por el Consejo
Rector de la AECID en su reunión de 29 de julio de 2021 (BOE núm. 185, de 4 de
agosto), y de acuerdo con las competencias delegadas por la Presidencia de la AECID
mediante Resolución de 2 de julio de 2009 (BOE núm. 183, de 30 de julio,
páginas 65217 a 65219).
De otra parte, la Organización no Gubernamental de Desarrollo (ONGD) Asociación
CESAL sita en la calle Siena, 15, bajo, 28027 Madrid, con identificación fiscal
G78919271, inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones (78874) y Registro de
Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo de la AECID (núm. registro 34),
representada por Beatriz Díaz Azarola, en calidad de Presidenta, según consta en el
Registro Nacional de Asociaciones y, conforme a las atribuciones establecidas en los
Estatutos de la Asociación CESAL.