Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2025-12953)
Resolución de 9 de junio de 2025, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se acepta el desistimiento formulado por Parque FV Hércules, SL, de la solicitud de autorización administrativa previa de las modificaciones y autorización administrativa de construcción de la instalación fotovoltaica Hércules FV, de 93,61 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en Cedillo del Condado, Palomeque, el Viso de San Juan, Illescas y Ugena, en la provincia de Toledo, y en los términos municipales de Casarrubuelos, Cubas de la Sagra, Torrejón de la Calzada, Griñón, Humanes de Madrid y Fuenlabrada (Madrid).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 152
Miércoles 25 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 84277
Tercero. Desistimiento del promotor.
El promotor, con fecha 20 de febrero de 2025, comparece y presenta solicitud de
archivo del expediente para la obtención de la autorización administrativa previa de las
modificaciones y de la autorización administrativa de construcción de la instalación
fotovoltaica Hércules FV, de 93,61 MW de potencia instalada y su infraestructura de
evacuación, en los términos municipales de Cedillo del Condado, Palomeque, el Viso de
San Juan, Illescas y Ugena, en la provincia de Toledo, y en los términos municipales de
Casarrubuelos, Cubas de la Sagra, Torrejón de la Calzada, Griñón, Humanes de Madrid
y Fuenlabrada, en la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo establecido en el
artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, motivada por:
– Alteración sustancial del diseño y configuración del proyecto original, derivada de
diversos informes sectoriales, lo que ha conllevado:
● Eliminación de aproximadamente el 40 % de la superficie inicialmente prevista.
● Reubicación del proyecto en terrenos no contiguos, generando un diseño
fragmentado en pequeñas parcelas aisladas.
● Incremento del trazado soterrado de las líneas de evacuación de media y alta
tensión.
– Pérdida de los promotores inicialmente previstos para compartir infraestructuras de
evacuación comunes, quedando Parque FV Hércules como único responsable, junto con
Parque FV Orión (perteneciente al mismo grupo empresarial), lo que ha provocado:
– Reducción significativa de la capacidad técnica del proyecto.
– Pérdida de viabilidad económica del proyecto.
– Contexto económico desfavorable en el mercado fotovoltaico, que afecta
gravemente a la rentabilidad del proyecto.
– Existencia de múltiples informes sectoriales negativos que imposibilitan la
autorización y construcción del proyecto.
En virtud de todo lo anterior, el promotor manifiesta la imposibilidad de continuar con
la tramitación del proyecto en los términos actuales, solicitando el archivo del expediente
y la devolución de la garantía económica depositada.
Cuarto.
Permisos de acceso y conexión a la red de transporte.
Quinto.
Trámite de audiencia.
Con fecha de 26 de mayo de 2025 se notifica el trámite de audiencia sobre la
propuesta de resolución por la que se desestima la solicitud de autorización
administrativa previa de las modificaciones y autorización administrativa de construcción
del proyecto, en el expediente SGIISE/PFot-719.
Con fecha de 4 de junio de 2025, el promotor realiza varios comentarios a la
propuesta que son tenidos en cuenta en la resolución, muestra conformidad con la
cve: BOE-A-2025-12953
Verificable en https://www.boe.es
El proyecto obtuvo permisos de acceso y conexión a la red de transporte mediante la
emisión, con fecha 27 de enero de 2021, de Informe de Viabilidad de Acceso a la Red
(IVA), así como Informe de Cumplimiento de Condiciones Técnicas de Conexión (ICCTC)
e Informe de Verificación de las Condiciones Técnicas de Conexión (IVCTC) en la
subestación Fuenlabrada 220 kV, propiedad de Red Eléctrica de España, SAU.
Con fecha 22 de abril de 2025 tiene entrada, en el Registro de este Ministerio, escrito
de Red Eléctrica de España, SAU, por el que se comunica la caducidad de los permisos
de acceso y conexión otorgados en aplicación de lo dispuesto en el Real Decretoley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en
otros ámbitos para la reactivación económica.
Núm. 152
Miércoles 25 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 84277
Tercero. Desistimiento del promotor.
El promotor, con fecha 20 de febrero de 2025, comparece y presenta solicitud de
archivo del expediente para la obtención de la autorización administrativa previa de las
modificaciones y de la autorización administrativa de construcción de la instalación
fotovoltaica Hércules FV, de 93,61 MW de potencia instalada y su infraestructura de
evacuación, en los términos municipales de Cedillo del Condado, Palomeque, el Viso de
San Juan, Illescas y Ugena, en la provincia de Toledo, y en los términos municipales de
Casarrubuelos, Cubas de la Sagra, Torrejón de la Calzada, Griñón, Humanes de Madrid
y Fuenlabrada, en la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo establecido en el
artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, motivada por:
– Alteración sustancial del diseño y configuración del proyecto original, derivada de
diversos informes sectoriales, lo que ha conllevado:
● Eliminación de aproximadamente el 40 % de la superficie inicialmente prevista.
● Reubicación del proyecto en terrenos no contiguos, generando un diseño
fragmentado en pequeñas parcelas aisladas.
● Incremento del trazado soterrado de las líneas de evacuación de media y alta
tensión.
– Pérdida de los promotores inicialmente previstos para compartir infraestructuras de
evacuación comunes, quedando Parque FV Hércules como único responsable, junto con
Parque FV Orión (perteneciente al mismo grupo empresarial), lo que ha provocado:
– Reducción significativa de la capacidad técnica del proyecto.
– Pérdida de viabilidad económica del proyecto.
– Contexto económico desfavorable en el mercado fotovoltaico, que afecta
gravemente a la rentabilidad del proyecto.
– Existencia de múltiples informes sectoriales negativos que imposibilitan la
autorización y construcción del proyecto.
En virtud de todo lo anterior, el promotor manifiesta la imposibilidad de continuar con
la tramitación del proyecto en los términos actuales, solicitando el archivo del expediente
y la devolución de la garantía económica depositada.
Cuarto.
Permisos de acceso y conexión a la red de transporte.
Quinto.
Trámite de audiencia.
Con fecha de 26 de mayo de 2025 se notifica el trámite de audiencia sobre la
propuesta de resolución por la que se desestima la solicitud de autorización
administrativa previa de las modificaciones y autorización administrativa de construcción
del proyecto, en el expediente SGIISE/PFot-719.
Con fecha de 4 de junio de 2025, el promotor realiza varios comentarios a la
propuesta que son tenidos en cuenta en la resolución, muestra conformidad con la
cve: BOE-A-2025-12953
Verificable en https://www.boe.es
El proyecto obtuvo permisos de acceso y conexión a la red de transporte mediante la
emisión, con fecha 27 de enero de 2021, de Informe de Viabilidad de Acceso a la Red
(IVA), así como Informe de Cumplimiento de Condiciones Técnicas de Conexión (ICCTC)
e Informe de Verificación de las Condiciones Técnicas de Conexión (IVCTC) en la
subestación Fuenlabrada 220 kV, propiedad de Red Eléctrica de España, SAU.
Con fecha 22 de abril de 2025 tiene entrada, en el Registro de este Ministerio, escrito
de Red Eléctrica de España, SAU, por el que se comunica la caducidad de los permisos
de acceso y conexión otorgados en aplicación de lo dispuesto en el Real Decretoley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en
otros ámbitos para la reactivación económica.