Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2025-12955)
Resolución de 10 de junio de 2025, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Red Eléctrica de España, SAU, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para ampliación, con una posición de línea para evacuación de renovables, de la subestación Ronda 400 kV, en Ronda (Málaga).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 152
Miércoles 25 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 84287
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 10 de junio de 2025, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Red Eléctrica de España, SAU,
autorización administrativa previa y autorización administrativa de
construcción para ampliación, con una posición de línea para evacuación de
renovables, de la subestación Ronda 400 kV, en Ronda (Málaga).
Red Eléctrica de España, SAU, en adelante Red Eléctrica, solicitó, con fecha 3 de
diciembre de 2021, autorización administrativa previa y autorización administrativa de
construcción para la ampliación de la subestación Ronda en el parque de 400 kV, con
una nueva posición de línea para evacuación de renovables, en el término municipal de
Ronda, en la provincia de Málaga.
Con fecha 2 de junio de 2025, se dictó resolución de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Red Eléctrica autorización administrativa previa y
autorización administrativa de construcción para la nueva subestación Ronda 400 kV, en el
término municipal de Ronda (Málaga) y se declara, en concreto, su utilidad pública.
Red Eléctrica suscribió declaración responsable que acredita el cumplimiento de la
normativa que le es de aplicación, según se establece en el artículo 53.1 de la
Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.
El expediente fue incoado en el Área de Industria y Energía de la Delegación del
Gobierno en Andalucía, tramitándose de conformidad con lo previsto en el Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte,
distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones
de energía eléctrica y con las disposiciones adicionales duodécima, segunda y tercera de la
Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de concesión de obras públicas,
habiéndose solicitado los correspondientes informes a las distintas administraciones,
organismos y empresas de servicio público o de servicios de interés general en la parte que
la instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo.
La Diputación Provincial de Málaga remitió escrito en las que pone de manifiesto
alegaciones en materia medioambiental, afecciones a vías pecuarias, afecciones al
dominio público hidráulico y afecciones a carreteras, que en cualquier caso son de
aplicación a los proyectos de construcción de la subestación y la línea de entrada y salida,
que han sido objeto de autorización administrativa previa y autorización administrativa de
construcción mediante sendas Resoluciones de la Dirección General de Política
Energética y Minas de fecha 2 de junio de 2025. No obstante, trasladado el informe de la
Diputación Provincial a Red Eléctrica, esta respondió manifestando reparos y aportando
documentación adicional. Trasladada la respuesta de Red Eléctrica a la Diputación
Provincial de Málaga, no se recibió contestación, por lo que se entiende la conformidad en
virtud de lo dispuesto en los artículos 127.4 y 131.4 del referido Real Decreto 1955/2000,
de 1 de diciembre. Respecto a las alegaciones y consideraciones en materia de medio
ambiente, han sido objeto del trámite de evaluación de impacto ambiental del proyecto del
cual ha resultado la declaración de impacto ambiental y las condiciones y medidas
adicionales que deben ser tenidas en cuenta por parte de Red Eléctrica para el proyecto.
La Dirección General de Recursos Hídricos de la Junta de Andalucía remitió escrito
del cual no se desprende oposición y en el que establecen condicionado técnico, así
como la necesidad, en su caso, de solicitar las pertinentes autorizaciones sectoriales
ante dichos organismos. Trasladado este escrito a Red Eléctrica, esta manifestó su
aceptación expresa de los condicionados.
cve: BOE-A-2025-12955
Verificable en https://www.boe.es
12955
Núm. 152
Miércoles 25 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 84287
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 10 de junio de 2025, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Red Eléctrica de España, SAU,
autorización administrativa previa y autorización administrativa de
construcción para ampliación, con una posición de línea para evacuación de
renovables, de la subestación Ronda 400 kV, en Ronda (Málaga).
Red Eléctrica de España, SAU, en adelante Red Eléctrica, solicitó, con fecha 3 de
diciembre de 2021, autorización administrativa previa y autorización administrativa de
construcción para la ampliación de la subestación Ronda en el parque de 400 kV, con
una nueva posición de línea para evacuación de renovables, en el término municipal de
Ronda, en la provincia de Málaga.
Con fecha 2 de junio de 2025, se dictó resolución de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Red Eléctrica autorización administrativa previa y
autorización administrativa de construcción para la nueva subestación Ronda 400 kV, en el
término municipal de Ronda (Málaga) y se declara, en concreto, su utilidad pública.
Red Eléctrica suscribió declaración responsable que acredita el cumplimiento de la
normativa que le es de aplicación, según se establece en el artículo 53.1 de la
Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.
El expediente fue incoado en el Área de Industria y Energía de la Delegación del
Gobierno en Andalucía, tramitándose de conformidad con lo previsto en el Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte,
distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones
de energía eléctrica y con las disposiciones adicionales duodécima, segunda y tercera de la
Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de concesión de obras públicas,
habiéndose solicitado los correspondientes informes a las distintas administraciones,
organismos y empresas de servicio público o de servicios de interés general en la parte que
la instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo.
La Diputación Provincial de Málaga remitió escrito en las que pone de manifiesto
alegaciones en materia medioambiental, afecciones a vías pecuarias, afecciones al
dominio público hidráulico y afecciones a carreteras, que en cualquier caso son de
aplicación a los proyectos de construcción de la subestación y la línea de entrada y salida,
que han sido objeto de autorización administrativa previa y autorización administrativa de
construcción mediante sendas Resoluciones de la Dirección General de Política
Energética y Minas de fecha 2 de junio de 2025. No obstante, trasladado el informe de la
Diputación Provincial a Red Eléctrica, esta respondió manifestando reparos y aportando
documentación adicional. Trasladada la respuesta de Red Eléctrica a la Diputación
Provincial de Málaga, no se recibió contestación, por lo que se entiende la conformidad en
virtud de lo dispuesto en los artículos 127.4 y 131.4 del referido Real Decreto 1955/2000,
de 1 de diciembre. Respecto a las alegaciones y consideraciones en materia de medio
ambiente, han sido objeto del trámite de evaluación de impacto ambiental del proyecto del
cual ha resultado la declaración de impacto ambiental y las condiciones y medidas
adicionales que deben ser tenidas en cuenta por parte de Red Eléctrica para el proyecto.
La Dirección General de Recursos Hídricos de la Junta de Andalucía remitió escrito
del cual no se desprende oposición y en el que establecen condicionado técnico, así
como la necesidad, en su caso, de solicitar las pertinentes autorizaciones sectoriales
ante dichos organismos. Trasladado este escrito a Red Eléctrica, esta manifestó su
aceptación expresa de los condicionados.
cve: BOE-A-2025-12955
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