Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. I. Disposiciones generales. Subvenciones. (BOE-A-2025-12860)
Real Decreto 529/2025, de 24 de junio, por el que se regula la concesión directa de una subvención de la Secretaría de Estado para la Unión Europea al Consejo Federal Español del Movimiento Europeo y a la Liga Europea de Cooperación Económica para el fomento de los valores sociales y culturales en el proceso de integración europea.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 25 de junio de 2025

Sec. I. Pág. 83982

Presidencia Húngara del Consejo de la UE. Y la propia Conferencia de la Comisión
Mediterránea de la LECE celebrada en Túnez en el mes de noviembre.
El programa de actividades de LECE para este año 2025 prevé un total de diez
coloquios con ponentes de prestigio reconocido vinculados con las instituciones
europeas en los que se analizarán temas como: la migración internacional y demografía
del siglo XXI en la Unión Europea, la Inteligencia Artificial, Modelo europeo frente a los
retos Internacionales, Mercosur, Presidencia de la UE de Polonia, Proyecto de Ley de
Información Empresarial sobre Sostenibilidad y PYMEs, en el marco de la nueva
regulación de la UE, Seguridad de los usuarios en el sector financiero, en el marco de la
nueva regulación de Ciberseguridad de la UE, Presidencia de la UE de Dinamarca,
Seguridad de los usuarios en el sector financiero, en el marco de la nueva regulación de
Ciberseguridad de la UE, Situación actual de la UE en el nuevo contexto internacional.
También se participará en la Conferencia Internacional Mediterránea sobre la
colaboración de la UE con los países del sur del Mediterráneo, acto en colaboración con
el Instituto Europeo del Mediterráneo (IEMed), que se celebrará en una ciudad
mediterránea española, en el último trimestre de 2025.
La subvención regulada en el presente real decreto tiene carácter singular derivado
de la necesidad de mantener las actividades que realizan el CFEME y la LECE sin que
proceda iniciar un procedimiento de concurrencia para convocatoria pública por cuanto
se trata de una serie de actuaciones específicas y donde, por lo tanto, no cabe
establecer parámetros comparativos que permitan establecer su prelación, ni existirían
otras posibles entidades perceptoras de tales fondos.
La especificidad de las actividades desarrolladas por el CFEME y la LECE hace que
se configuren como las únicas entidades que pueden realizar el programa de
actuaciones que se presentan.
El presente real decreto se aprueba de acuerdo con los principios de necesidad,
eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia recogidos en el
artículo 129.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
En este sentido, esta norma es necesaria y eficaz para garantizar que el Ministerio
de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, dentro de los objetivos de la
política exterior de España, pueda promover la integración europea, especialmente en
sus dimensiones social, cultural e institucional, mediante el fortalecimiento del concepto
de ciudadanía europea para conseguir un mayor acercamiento de este proceso a los
ciudadanos españoles, favoreciendo su implicación y participación en el mismo.
Es una norma que responde al principio de proporcionalidad, conteniendo la
regulación imprescindible para garantizar que se alcanza el objetivo de promover la
integración europea a través de fondos públicos. Este real decreto regula el contenido
mínimo establecido en el artículo 28.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, así como
otros extremos propios de las bases reguladoras de acuerdo con el artículo 17 de la
misma ley.
La norma se adecúa al principio de seguridad jurídica, puesto que resulta coherente
con el resto del ordenamiento jurídico y posibilita la concesión de una subvención con
pleno respeto del marco legal aplicable.
De la misma manera, al articularse la subvención mediante un real decreto cuya
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» que permitirá su conocimiento por parte de
toda la ciudadanía y estar definidos claramente el alcance y objetivos de la subvención a
otorgar, se cumple con el principio de transparencia exigible.
En relación con el principio de eficiencia, la iniciativa normativa no supone la
imposición de nuevas obligaciones administrativas accesorias para la entidad
beneficiaria, por tanto, el proyecto normativo no comporta un aumento de tareas
administrativas respecto de la situación anterior y contribuye a la gestión racional de los
recursos públicos existentes.

cve: BOE-A-2025-12860
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Núm. 152