Ministerio de Hacienda. I. Disposiciones generales. Impuestos. (BOE-A-2025-12818)
Orden HAC/657/2025, de 21 de junio, por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondiente a establecimientos permanentes y a entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, para los períodos impositivos iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024, se dictan instrucciones relativas al procedimiento de declaración e ingreso y se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación electrónica.
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220

NIF

(art. 130, DA 13ª y DT 33ª LIS)

03330

00708

03946

04446

02799

01517

00863

01861

2018

2019

2020

2021

2022

2023

2024(*)

Total

01862

00864

01518

03511

04447

03947

00709

03331

00183

01850

Cuota líquida
positiva

01863

00968

01519

03512

04448

03948

00713

03332

00184

01851

Con derecho
a conversión en
crédito exigible
(art. 130.6 b) LIS)

01864

00969

01520

03513

04449

03949

00714

03333

00185

01852

Con derecho
a conversión en crédito
exigible por exceso cuota
en otros períodos iniciados a partir de 2016
(art. 130.1 y 6 b) LIS)

01865

00970

01521

03514

04450

03950

00715

03334

00186

00465

00466

01867

00971

01522

03515

04451

03951

00719

03335

00187

01856

01868

00972

01596

03516

04452

03952

00720

03336

00188

AID
convertidos en
crédito exigible en
el período

00463

00454

00392

05184

01600

01437

01877

2024(*)

Total

01878

01438

01601

03521

Exceso cuota líquida positiva aplicado en
períodos impositivos de 2008 a 2015
(DT 33ª.4 LIS)

01879

01439

01602

03522

Exceso cuota líquida positiva aplicado en
períodos impositivos iniciados a partir de 2016
(art. 130.1 párrafo 2º LIS)

01880

01440

01603

Exceso cuota líquida positiva pendiente
de aplicación en períodos futuros

cve: BOE-A-2025-12818
Verificable en https://www.boe.es

Sólo debe cumplimentarse si la entidad tiene excesos de cuota líquida pendientes de aplicar generados en un grupo previo, correspondientes a un período impositivo anterior iniciado en 2024 (consultar instrucciones).

03520

2023

Exceso cuota líquida positiva pendiente a
principio del período

2022

Ejercicio de
generación

Exceso cuota líquida positiva (art. 130.1 y DT 33ª.4 LIS)

Importe del crédito exigible

Conversión de activos por impuesto diferido en crédito exigible frente a la Administración tributaria

01869

00973

01597

03517

04453

03953

00721

03337

00189

01857

00464

00456

00393

Importe total
AID pendientes
(DT 33ª.1 y 6 a) LIS)(*)

01870

01435

01598

03518

04454

03954

00731

03338

00190

01858

Con derecho
a conversión en crédito
exigible por exceso cuota
en otros períodos iniciados a partir de 2016
(art. 130.1 y 6 b) LIS)

01871

01436

01599

03519

04455

03955

00732

03339

00191

01859

Sin derecho
a conversión en
crédito exigible
(art. 130.6 c) LIS)

AID pendientes de aplicación en períodos futuros

00395

00455

Sin prestación patrimonial. Minoración
prestación por exceso cuota otros
períodos iniciados a partir de 2016
(DT 33ª.4 y 6 d) LIS)

Con derecho
a conversión
en crédito exigible
(art. 130.6 b) LIS)

Sin prestación patrimonial
(DT 33ª.6 d) LIS)

Martes 24 de junio de 2025

(*)

Sin derecho
a conversión en
crédito exigible
(art. 130.6 c) LIS)

AID
aplicados en el período
(por integración dotaciones en la liquidación
y compensación de BI
negativas)

00394

00453

Con prestación patrimonial
(DT 33ª.6 c) LIS)

AID pendientes de aplicación en períodos futuros

Sólo debe cumplimentarse si la entidad tiene AID pendientes de aplicar o convertir generados en un grupo previo, correspondientes a un período impositivo anterior iniciado en 2024 (consultar instrucciones).

00182

2017

(*)

01849

2016

Ejercicio de
generación

00462

00452

00391

AID
convertidos en crédito
exigible en el período

AID pendientes de aplicación a principio del período

Activos por impuesto diferido con derecho a conversión en crédito exigible (art. 130 LIS).

Importe total AID
(art. 130.6 a) LIS) pendientes de aplicación a
principio del período

2024
Página 7J NIF2 bis

Núm. 151

Activos por impuesto diferido (AID). Art. 130 LIS

(*)

00460

Total
00461

00390
00451

00450

00449

2008 a 2015

Cuota líquida positiva

AID aplicados en el período
(por integración dotaciones
en la liquidación)

Ejercicio de
generación
2007 y anteriores 00389

Importe total AID
pendientes de aplicación
a principio del período
(DT 33ª.1 y 6 a) LIS)(*)

Denominación social de la entidad representante

Activos por impuesto diferido generados en períodos anteriores por un grupo previo, asumidas por la entidad integrante del mismo al incorporarse al grupo. Conversión en crédito exigible frente a la Administración tributaria. Importes atribuidos a la entidad de un grupo previo

Activos por impuesto diferido (AID). DT 33ª y DA 13ª LIS

Fecha incorporación al grupo (pág 2):

NIF:

Modelo

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sec. I. Pág. 83595