Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-12737)
Resolución de 18 de junio de 2025, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se publica la Adenda de prórroga y modificación al Convenio con el Ilustre Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y Bienes Muebles de España, en materia de acceso a la información registral por parte de la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 150
Lunes 23 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 82919
Quinto.
Que el convenio fue inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal, el 22 de junio de 2021, por lo
que su vigencia finaliza el próximo 22 de junio de 2025.
En consecuencia, dado el alto grado de satisfacción obtenido en el cumplimiento de
sus objetivos, las partes firmantes de esta adenda de prórroga estiman necesario
continuar con dicha cooperación por un periodo de cuatro años, de conformidad con las
siguientes:
CLÁUSULAS
Primera. Prórroga del convenio.
Se acuerda la prórroga por cuatro años adicionales del «Convenio entre el Ministerio
de Justicia y el Ilustre Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y Bienes
Muebles de España en materia de acceso a la información registral por parte de la
Oficina de Recuperación y Gestión de Activos» suscrito con fecha 21 de junio
de 2021 (BOE de 2 de julio de 2021), hasta el 22 de junio de 2029.
Segunda.
Modificación del título del convenio.
Se modifica el título del convenio que se prorroga en la siguiente cláusula segunda,
quedando redactado del siguiente modo: «Convenio entre el Ministerio de la Presidencia,
Justicia y Relaciones con las Cortes y el Ilustre Colegio de Registradores de la
Propiedad, Mercantiles y Bienes Muebles de España en materia de acceso a la
información registral por parte de la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos».
Tercera.
Eficacia.
De conformidad con el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, una vez firmada la presente adenda por ambas partes,
deberá ser inscrita en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el
Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector
Público Estatal (REOICO), momento en el que adquirirá eficacia. Asimismo, será
publicada en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial
del Estado».
cve: BOE-A-2025-12737
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad, en ejercicio de las atribuciones de que son titulares
los/las firmantes, ambas partes suscriben electrónicamente la presente adenda de
prórroga.–El Secretario de Estado de Justicia, Manuel Olmedo Palacios.–La Decana
Presidenta del Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y Bienes Muebles
de España, María Emilia Adán García.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 150
Lunes 23 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 82919
Quinto.
Que el convenio fue inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal, el 22 de junio de 2021, por lo
que su vigencia finaliza el próximo 22 de junio de 2025.
En consecuencia, dado el alto grado de satisfacción obtenido en el cumplimiento de
sus objetivos, las partes firmantes de esta adenda de prórroga estiman necesario
continuar con dicha cooperación por un periodo de cuatro años, de conformidad con las
siguientes:
CLÁUSULAS
Primera. Prórroga del convenio.
Se acuerda la prórroga por cuatro años adicionales del «Convenio entre el Ministerio
de Justicia y el Ilustre Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y Bienes
Muebles de España en materia de acceso a la información registral por parte de la
Oficina de Recuperación y Gestión de Activos» suscrito con fecha 21 de junio
de 2021 (BOE de 2 de julio de 2021), hasta el 22 de junio de 2029.
Segunda.
Modificación del título del convenio.
Se modifica el título del convenio que se prorroga en la siguiente cláusula segunda,
quedando redactado del siguiente modo: «Convenio entre el Ministerio de la Presidencia,
Justicia y Relaciones con las Cortes y el Ilustre Colegio de Registradores de la
Propiedad, Mercantiles y Bienes Muebles de España en materia de acceso a la
información registral por parte de la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos».
Tercera.
Eficacia.
De conformidad con el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, una vez firmada la presente adenda por ambas partes,
deberá ser inscrita en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el
Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector
Público Estatal (REOICO), momento en el que adquirirá eficacia. Asimismo, será
publicada en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial
del Estado».
cve: BOE-A-2025-12737
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad, en ejercicio de las atribuciones de que son titulares
los/las firmantes, ambas partes suscriben electrónicamente la presente adenda de
prórroga.–El Secretario de Estado de Justicia, Manuel Olmedo Palacios.–La Decana
Presidenta del Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y Bienes Muebles
de España, María Emilia Adán García.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X