Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-12735)
Resolución de 13 de junio de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Cervantes y Banco Santander, SA, para participar en cursos de formación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 150

Lunes 23 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 82899

Además de lo anterior:
Santander pondrá a disposición las plataformas para la difusión de los cursos, que
servirá de canal de comunicación con los usuarios interesados en visualizar los cursos.
Santander liderará y coordinará las acciones de comunicación y promoción de los
cursos objeto del presente convenio.
Cuarta.

Reuniones de seguimiento.

Para el desarrollo del presente convenio, se establece un grupo de trabajo y
seguimiento compuesto por cuatro miembros (el «Grupo de Trabajo y Seguimiento»):
dos designados por el Instituto Cervantes y dos por Santander para velar por la correcta
ejecución del presente convenio, considerar cualquier propuesta de modificación de los
cursos propuestos en el presente convenio, y emitir una evaluación de las acciones
realizadas y del plan de actuación para el año siguiente.
El grupo de trabajo y seguimiento se reunirá con una periodicidad variable, al menos
una vez durante la vigencia del convenio, en función de las necesidades. Podrá reunirse
de forma presencial o en línea.

5.1

Propiedad intelectual e industrial. Marcas.
Propiedad Intelectual de los cursos.

El IC otorga a Santander, para su uso en cualquier territorio, una licencia temporal,
exclusiva, sin perjuicio de su utilización por parte del IC, quien se compromete a no
competir con Santander en el mercado, no transferible, y las actualizaciones de los
mismos y cualesquiera materiales suministrados para su uso en el marco de la
colaboración para su puesta a disposición en las plataformas conforme a la cláusula
primera de este convenio. Santander pondrá a disposición los cursos en las plataformas.
El plazo de la licencia será de 3 años desde el inicio de la publicación de los cursos en la
plataforma conforme a lo indicado en la cláusula segunda, sin perjuicio de que la
vigencia del convenio sea hasta el 31 diciembre de 2028.
Esta licencia sobre los cursos, sus actualizaciones y cualesquiera materiales
suministrados incluye el uso de los mismos, o de sus elementos, en otros materiales o
contenidos para hacer difusión o cualquier otra forma de comunicación o promoción que
lleve a cabo Santander, relativa a la colaboración, previa autorización del IC en cada caso.
En este sentido, esta licencia comprende los derechos de propiedad intelectual de
reproducción, comunicación al público, puesta a disposición y transformación a los
efectos de su adaptación técnica para su publicación en las plataformas, y en todas las
modalidades de explotación que sean necesarias para que Santander pueda poner los
cursos a disposición de todos los usuarios de las plataformas, dar publicidad de los
mismos, modificarlos o ajustarlos como sea necesario, etc.
El IC será el único responsable de que los cursos, actualizaciones y materiales
suministrados no vulneren en modo alguno derechos de terceros, incluyendo Derechos
de Propiedad Intelectual e Industrial, derechos contractuales, derechos de Imagen y
derechos de confidencialidad. El IC será el único responsable de obtener y conservar las
autorizaciones, licencias y cesiones de derechos necesarias para la explotación de
cualquier material que forme parte de los cursos, incluyendo cualquier obra, contribución
o material literario, musical, audiovisual, artístico o creativo incorporado al mismo.
El IC exime de responsabilidad a Santander y se compromete a mantener a este
último completamente indemne frente a cualesquiera pérdidas, costes, sanciones,
procedimientos, reclamaciones, daños, perjuicios, gastos (incluyendo los gastos legales
que resulten razonables) u otras responsabilidades impuestas a Santander, o en las que
Santander pueda incurrir, como consecuencia de reclamaciones interpuestas por
terceros con base en la vulneración de los derechos de propiedad intelectual respecto de
los cursos del programa, de sus actualizaciones y de los materiales suministrados.

cve: BOE-A-2025-12735
Verificable en https://www.boe.es

Quinta.