Comisión Nacional de Los Mercados y La Competencia. III. Otras disposiciones. Sector gasista. (BOE-A-2025-12803)
Resolución de 13 de junio de 2025, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece el procedimiento de gestión de las solicitudes y la contratación de la conexión de plantas de producción de otros gases con la red de transporte o distribución de gas natural.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 150

Lunes 23 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 83410

III. OTRAS DISPOSICIONES

COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS
Y LA COMPETENCIA
12803

Resolución de 13 de junio de 2025, de la Comisión Nacional de los Mercados
y la Competencia, por la que se establece el procedimiento de gestión de las
solicitudes y la contratación de la conexión de plantas de producción de otros
gases con la red de transporte o distribución de gas natural.

De acuerdo con el artículo 12 bis del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre,
por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización,
suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural, así como
con la Circular 2/2025, de 9 de abril, de la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia, por la que se establece la metodología y condiciones de acceso y
asignación de capacidad en el sistema de gas natural, la Sala de Supervisión
Regulatoria, en su sesión de 12 de junio de 2025, ha acordado emitir la siguiente
resolución:

El 2 de agosto de 2022, se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» el Real Decretoley 14/2022, de 1 de agosto, de medidas de sostenibilidad económica en el ámbito del
transporte, en materia de becas y ayudas al estudio, así como de medidas de ahorro,
eficiencia energética y de reducción de la dependencia energética del gas natural, el cual
introdujo un nuevo artículo 12 bis en el Real Decreto 1434/2002, con el objeto de regular
la conexión de plantas de producción de gases renovables con las redes de transporte o
distribución.
Dicho artículo establece que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia
aprobará un procedimiento de gestión de conexiones de las plantas de generación de
gases renovables con la red de transporte o distribución, que podrá modificar o
establecer nuevos plazos tanto a transportistas y distribuidores como a productores de
gases renovables.
En fecha 19 de abril de 2024, la Sala de Supervisión Regulatoria de la Comisión
Nacional de los Mercados y la Competencia aprobó la resolución por la que se establece
el procedimiento de gestión de conexiones de plantas de generación de biometano con
la red de transporte o distribución.
En fecha 9 de abril de 2025, el Pleno de la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia aprobó la Circular 2/2025, por la que se establece la metodología y
condiciones de acceso y asignación de capacidad en el sistema de gas natural.
El artículo 14 de esta circular, que regula la contratación de la conexión de plantas de
producción de otros gases a la red de gas natural, establece que la Comisión Nacional
de los Mercados y la Competencia aprobará, mediante resolución, los aspectos
concretos de los procedimientos para la regulación de la contratación de la conexión a la
red por parte de las instalaciones productoras de otros gases, así como el desarrollo de
los criterios y su ponderación para valorar la madurez de los proyectos de plantas de
producción de otros gases que necesitan mezclarse con el gas natural que circula por la
red.
Por simplicidad administrativa, la presente resolución aprueba el procedimiento de
gestión de las solicitudes y la contratación de la conexión de las plantas de producción
de otros gases (gases renovables e hipocarbónicos) con la red de transporte o
distribución, englobando tanto el biometano como otros tipos de gases, como es el

cve: BOE-A-2025-12803
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Antecedentes