Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de La Rioja. Convenio. (BOE-A-2025-12673)
Resolución de 12 de junio de 2025, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio de colaboración con la Comunidad Autónoma de La Rioja, para la ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 149

Sábado 21 de junio de 2025
Segunda.

Sec. III. Pág. 82544

Flexibilización de plazos.

El Real Decreto-ley 8/2024, de 28 de noviembre, por el que se adoptan medidas
urgentes complementarias relacionadas con los efectos de la Depresión Aislada en
Niveles Altos (DANA) entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024, permite la
ampliación de plazos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia mediante
su disposición adicional sexta. Esta posibilidad de ampliación se fundamenta en el
artículo 8 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12
de febrero de 2021, y en la interpretación de la Comisión Europea, considerando la
normativa nacional y comunitaria vigente.
Por ello y de conformidad, tras previa consulta por escrito con la Secretaría General
de Fondos Europeos, se flexibilizan los plazos de cumplimiento de los objetivos CID, en
los siguientes términos:
CID n.º 326, hasta el día 1 de junio de 2025;
CID n.º 470, hasta el día 1 de junio de 2025;
CID n.º 322, hasta el día 1 de septiembre de 2025.
Tercera. Eliminación de proyecto n.º 4, incorporación de financiación al proyecto n.º 2 y
cambio de denominación del proyecto n.º 7.
Por petición expresa de la Comunidad Autónoma de La Rioja, se procede a la
eliminación del proyecto n.º 4, denominado «Equipamientos de tecnología en residencias
de personas mayores y personas con discapacidad». El importe de financiación de dicho
proyecto se incorpora al proyecto n.º 2, perteneciente al mismo H/O CID 323. Este
cambio no implica traspaso de fondos a un H/O distinto al 323.
Se modifica únicamente el nombre del proyecto n.º 7, denominado anteriormente
«Mejora y acondicionamiento de accesibilidad en la sede de la consejería de servicios
sociales de la Rioja y adecuación de los sistemas de ventilación a las nuevas necesidades
COVID», que pasará a denominarse en lo sucesivo «Mejora y acondicionamiento de
accesibilidad de edificios y servicios públicos del Gobierno de La Rioja y adecuación de los
sistemas de ventilación a las nuevas necesidades COVID».
Cuarta.

Perfeccionamiento y vigencia de la adenda.

La presente Adenda se perfecciona desde el momento de su firma por las partes, y
será eficaz una vez inscrita, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en
el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector
Público Estatal. Asimismo, se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» en el plazo
de diez días hábiles desde su formalización.
Su plazo de vigencia será la misma que la del Convenio al que se refiere, es decir,
hasta el 31 de diciembre de 2026, sin posibilidad de prórroga.

cve: BOE-A-2025-12673
Verificable en https://www.boe.es

Y, en prueba de conformidad, las partes intervinientes firman la presente Adenda con
la fecha de la última firma electrónica (10 de junio de 2025).–Por el Ministerio de
Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, el Ministro, Pablo Bustinduy Amador.–Por
la Comunidad Autónoma de La Rioja, la Consejera de Salud y Políticas Sociales de la
Comunidad Autónoma de La Rioja, María Martín Díez de Baldeón.