Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Denominaciones de origen. (BOE-B-2025-23456)
Extracto de la Orden del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, de 18 de junio de 2025, por la que se convocan subvenciones para el fomento de actividades de las Juntas Arbitrales de Consumo para el ejercicio 2025, de conformidad con las bases reguladoras aprobadas por Orden SCO/3703/2005, de 25 de noviembre y modificadas por la Orden SCO/2237/2006, de 26 de junio.
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 149
Sábado 21 de junio de 2025
Sec. V-B. Pág. 35754
Orden de bases reguladoras, y en el artículo 5 de la Orden de convocatoria.
Conforme establece el artículo 5 de la Orden de bases reguladoras referida en el
apartado anterior, un cuarenta por ciento del importe de los créditos se repartirá,
respectivamente, de forma lineal entre las Juntas Arbitrales que presenten
solicitud. La adjudicación del sesenta por ciento restante del importe de los créditos
presupuestarios se realizará mediante la distribución establecida en el artículo 6 de
la citada Orden de bases reguladoras, atendiendo a indicadores de la actividad del
funcionamiento de la Junta Arbitral solicitante en el ejercicio de 2024.
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de diez días naturales contados a
partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el
«Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 18 de junio de 2025.- El Ministro de Derechos Sociales, Consumo y
Agenda 2030, P.D. el Director General de Consumo (Orden DCA/249/2024, de 15
de marzo), Daniel Arribas González.
cve: BOE-B-2025-23456
Verificable en https://www.boe.es
ID: A250030066-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 149
Sábado 21 de junio de 2025
Sec. V-B. Pág. 35754
Orden de bases reguladoras, y en el artículo 5 de la Orden de convocatoria.
Conforme establece el artículo 5 de la Orden de bases reguladoras referida en el
apartado anterior, un cuarenta por ciento del importe de los créditos se repartirá,
respectivamente, de forma lineal entre las Juntas Arbitrales que presenten
solicitud. La adjudicación del sesenta por ciento restante del importe de los créditos
presupuestarios se realizará mediante la distribución establecida en el artículo 6 de
la citada Orden de bases reguladoras, atendiendo a indicadores de la actividad del
funcionamiento de la Junta Arbitral solicitante en el ejercicio de 2024.
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de diez días naturales contados a
partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el
«Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 18 de junio de 2025.- El Ministro de Derechos Sociales, Consumo y
Agenda 2030, P.D. el Director General de Consumo (Orden DCA/249/2024, de 15
de marzo), Daniel Arribas González.
cve: BOE-B-2025-23456
Verificable en https://www.boe.es
ID: A250030066-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X