Comunidad Autónoma de Cataluña. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia. (BOE-A-2025-12551)
Resolución de 17 de junio de 2025, del Departamento de Justicia y Calidad Democrática, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo singularizados, como consecuencia de la implantación de las oficinas judiciales y oficinas generales del Registro Civil de Badalona y L'Hospitalet de Llobregat.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 148

Viernes 20 de junio de 2025

Sec. II.B. Pág. 81983

4.9 Los participantes no pueden anular o modificar el contenido de la solicitud una
vez finalizado el periodo de presentación.
Quinta. Fases del concurso y propuesta de resolución.
5.1 Este concurso consta de dos fases que incluyen la totalidad de los méritos y las
capacidades especificados en la base sexta de esta convocatoria. La propuesta de
resolución recae en la candidatura que tenga la mejor valoración en el conjunto de
ambas fases.
5.2 En el caso de empate en el conjunto del concurso, este se dirime en función de
la puntuación más alta obtenida en el apartado de antigüedad en el cuerpo.
Sexta. Méritos y capacidades a valorar.
6.1

Primera fase.

En esta fase se comprueban y valoran los méritos generales. La puntuación máxima
que se puede lograr es de 72 puntos.
Antigüedad. Por los servicios efectivos en el cuerpo se otorgan dos puntos por cada
año completo de servicios y se computan proporcionalmente los periodos inferiores por
meses o, si se tercia, por días. A tal efecto, los meses se consideran de treinta días. La
puntuación máxima por este concepto es de 60 puntos. La puntuación por día es
de 0,00555556.
Conocimiento oral y escrito del catalán. Se valora el conocimiento oral y escrito del
catalán hasta un máximo de 12 puntos, según el nivel de conocimientos acreditado en
los términos siguientes:
Certificado de nivel C2 (hasta enero de 2014, nivel D) o títulos equivalentes: 6
puntos.
Certificado de conocimientos de lenguaje jurídico (nivel J): 6 puntos.
6.2

Segunda fase.

En esta fase se comprueban y valoran las aptitudes concretas que garantizan la
adecuación de las personas aspirantes, de acuerdo con el contenido funcional del lugar
a proveer descrito al anexo 2 de estas bases. La puntuación máxima que se puede
lograr es de 43 puntos. En concreto y dentro de esta fase, se valoran los méritos y las
capacidades siguientes:
6.2.1

Experiencia profesional.

Se valora el trabajo desarrollado en función de la experiencia adquirida,
especialmente en el ejercicio de funciones parecidas a las propias del lugar convocado,
teniendo en cuenta el contenido técnico y la especialización de las funciones
desarrolladas en relación a las que se convocan y las aptitudes y habilidades requeridas.
La puntuación máxima a obtener en este apartado es de 14 puntos.
Formación complementaria.

Se valora la titulación académica y la asistencia o aprovechamiento en los cursos de
formación y de perfeccionamiento que traten sobre materias relacionadas con las
funciones propias de los lugares objeto de convocatoria o con las habilidades que estos
lugares requieren en función de su utilidad, de acuerdo con la descripción del puesto de
trabajo del anexo 2 de esta resolución, que establece las funciones y tareas que se
deben llevar a cabo en función de las características del lugar a ocupar. La puntuación
máxima a obtener en este apartado es de 14 puntos.

cve: BOE-A-2025-12551
Verificable en https://www.boe.es

6.2.2