Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2025-12580)
Resolución de 12 de junio de 2025, de la Universidad de Barcelona, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 20 de junio de 2025

Sec. II.B. Pág. 82052

Además, también deberá presentar:
a) Certificado médico oficial acreditativo de la capacidad funcional para llevar a
cabo las tareas de profesorado universitario.
b) Declaración responsable relativa al requisito general establecido en la
base 2.1.c), de acuerdo con el artículo 56.1.d) del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30
de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público.
c) Copia auténtica electrónica o equivalente del certificado que acredite, en su
caso, la condición legal de persona con discapacidad reconocida igual o superior al 33 %
y, en este caso, del dictamen favorable expedido por el equipo multiprofesional de
valoración y orientación para personas con discapacidad (EVO) del departamento
competente en esta materia de la Generalitat de Cataluña que acredite la compatibilidad
para llevar a cabo las tareas y funciones correspondientes a la plaza convocada y, en su
caso, las adaptaciones que corresponda aplicar.
d) Cualquier otra documentación que le sea requerida para hacer efectivo el
nombramiento.
Si, transcurrido el plazo indicado, la persona propuesta no ha presentado la
documentación correspondiente, salvo que conste en poder de la administración
convocante, perderá el derecho a ser nombrada. Si se produce esta circunstancia, el
vicerrector competente, por delegación del rector, dictará una resolución, que se hará
pública en la Sede electrónica, para declarar el derecho de la persona candidata
siguiente a ser nombrada, de acuerdo con el orden de prelación publicado en la
propuesta de adjudicación emitida por la comisión.
12.2 Las personas candidatas que tengan la condición de profesorado funcionario
de cuerpos docentes universitarios en activo no deberán aportar la documentación
citada, excepto la que les sea requerida.
12.3 Solo en el caso de que la propuesta de adjudicación publicada sea firme y la
persona propuesta haya presentado la documentación adecuada, se hará público el
nombramiento de cuerpos docentes universitarios en el BOE y en el DOGC, y el rector
ordenará su inscripción en el registro de personal correspondiente. En ningún caso podrá
realizarse el nombramiento hasta que haya transcurrido el plazo de un mes desde que
se publique la propuesta de adjudicación, y siempre después de comprobar que no se
haya presentado ninguna reclamación respecto de esta propuesta dentro del plazo
establecido.
Sin perjuicio del párrafo anterior, en el caso de que por circunstancias imprevisibles
se realice el nombramiento sin que en la UB conste que se ha presentado un recurso o
una reclamación en plazo, cuando del mismo se derive la declaración de la plaza
desierta o bien la adjudicación de la plaza a otra persona candidata, será causa justa de
la extinción del nombramiento formalizado.
12.4 En el plazo máximo de veinte días, contados a partir del día siguiente a la
fecha en que se publique el nombramiento en el BOE, la persona propuesta deberá
tomar posesión de la plaza, y en ese momento adquirirá la condición de funcionaria del
cuerpo docente universitario correspondiente de la Universidad de Barcelona.
12.5 En caso de que se interponga una reclamación respecto de la propuesta de
adjudicación, tan pronto como tenga conocimiento de ello el servicio de Personal
Académico, y sin perjuicio de lo establecido en la resolución pertinente, se deberá
suspender la tramitación del nombramiento hasta que se resuelva la reclamación por vía
administrativa y, en su caso, judicial.
12.6 Por causas justificadas y siempre antes de que venza el plazo, podrá
solicitarse al vicerrectorado competente en materia de profesorado que amplíe el plazo
para presentar la documentación o para tomar posesión.
12.7 El nombramiento no empezará a ser efectivo hasta la fecha de incorporación
al puesto de trabajo correspondiente.

cve: BOE-A-2025-12580
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Núm. 148