Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-12584)
Resolución de 11 de junio de 2025, de la Gerencia del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, por la que se publica el Convenio con la Sociedad de los 100 Bibliófilos, la Fundación Ramón Areces y la Fundación Amigos de la Biblioteca Nacional de España, por el que se establecen las bases de la colaboración para la catalogación y digitalización de los manuscritos árabes de ciencias de la Real Biblioteca del Monasterio de El Escorial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 148
Viernes 20 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 82066
pública y transformación) que se ejercerá respetando siempre la integridad de la obra
original, en sus distintas modalidades (venta, alquiler, préstamo, representación,
proyección, emisión, radiodifusión, trasmisión, retransmisión, puesta a disposición,
exposición pública y acceso público), sin límite temporal ni geográfico, si bien autorizará
su comunicación pública a la Sociedad y a ambas Fundaciones para la divulgación de
los resultados obtenidos.
La Sociedad, la Fundación R. Areces y la FABNE deberán contar con el permiso
previo y expreso de Patrimonio Nacional sobre los usos para los que destinen los
recursos obtenidos, al objeto de tener información sobre su divulgación a través de
distintos medios. Esta divulgación de recursos por parte de la Sociedad y de ambas
Fundaciones no conllevará el pago de contraprestaciones económicas, se hará bajo la
licencia Creative Commons Reconocimiento-No Derivada-Compartir Igual-No Comercial
(CC-BY-ND-SA-NC) y deberá incluir la línea de crédito que indique Patrimonio Nacional
en cada caso.
Queda expresamente prohibida para la Sociedad y ambas Fundaciones la
reproducción de cualquier bien cultural, entero o de alguna de sus partes, realizada con
impresora o cualquier otro dispositivo, que permita obtener copias físicas de cualquiera
de los bienes culturales incluidos en este convenio.
Quinta. Difusión y comunicación.
En toda la promoción y difusión del programa habrá de figurar el nombre y el logotipo
de las instituciones (Patrimonio Nacional, Sociedad de los 100 Bibliófilos, Fundación
Ramón Areces y FABNE-Fundación Amigos de la Biblioteca Nacional de España. El
nombre y logotipo de la FABNE podrá ir acompañado de otras instituciones que
colaboren en el programa).
El programa se difundirá a través de la página web y de las redes sociales de las
cuatro partes.
Comisión de Seguimiento, vigilancia y control del convenio.
Se constituirá una Comisión de Seguimiento del convenio a la que corresponderá
velar por el correcto desarrollo de lo dispuesto en el mismo, así como en la resolución de
los eventuales problemas de interpretación y ejecución que de este pudieran derivarse.
La comisión, de composición paritaria, se reunirá tantas veces como sus miembros
estimen conveniente y estará integrada por dos representantes de Patrimonio Nacional,
dos representantes seleccionados por la Sociedad, dos representantes de F. Areces y
dos representantes de FABNE designados al efecto por cada parte.
Por parte de Patrimonio Nacional, la Comisión de Seguimiento estará compuesta por
la persona titular de la Dirección de la Real Biblioteca de Palacio y por la persona que
designe la persona titular de la Dirección de las Colecciones Reales. Por parte de la
Sociedad, estará compuesta por el Presidente y Francisco Valencia Alonso (Socio
numero 57) o las personas que estos designen. Por parte de la Fundación estará
compuesta por el Director General y la persona que este designe. Por parte de FABNE
estará compuesta por los cargos de Secretario General y Vicepresidente de la misma o
las personas que estos designen.
La comisión se reunirá tantas veces como sea necesario para la buena marcha de
las actuaciones a desarrollar en el marco del convenio y se regirá en su funcionamiento
por lo previsto en el presente convenio y supletoriamente por lo estipulado en la sección
tercera, del capítulo II, del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
En las reuniones se levantará acta de lo hablado y acordado.
cve: BOE-A-2025-12584
Verificable en https://www.boe.es
Sexta.
Núm. 148
Viernes 20 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 82066
pública y transformación) que se ejercerá respetando siempre la integridad de la obra
original, en sus distintas modalidades (venta, alquiler, préstamo, representación,
proyección, emisión, radiodifusión, trasmisión, retransmisión, puesta a disposición,
exposición pública y acceso público), sin límite temporal ni geográfico, si bien autorizará
su comunicación pública a la Sociedad y a ambas Fundaciones para la divulgación de
los resultados obtenidos.
La Sociedad, la Fundación R. Areces y la FABNE deberán contar con el permiso
previo y expreso de Patrimonio Nacional sobre los usos para los que destinen los
recursos obtenidos, al objeto de tener información sobre su divulgación a través de
distintos medios. Esta divulgación de recursos por parte de la Sociedad y de ambas
Fundaciones no conllevará el pago de contraprestaciones económicas, se hará bajo la
licencia Creative Commons Reconocimiento-No Derivada-Compartir Igual-No Comercial
(CC-BY-ND-SA-NC) y deberá incluir la línea de crédito que indique Patrimonio Nacional
en cada caso.
Queda expresamente prohibida para la Sociedad y ambas Fundaciones la
reproducción de cualquier bien cultural, entero o de alguna de sus partes, realizada con
impresora o cualquier otro dispositivo, que permita obtener copias físicas de cualquiera
de los bienes culturales incluidos en este convenio.
Quinta. Difusión y comunicación.
En toda la promoción y difusión del programa habrá de figurar el nombre y el logotipo
de las instituciones (Patrimonio Nacional, Sociedad de los 100 Bibliófilos, Fundación
Ramón Areces y FABNE-Fundación Amigos de la Biblioteca Nacional de España. El
nombre y logotipo de la FABNE podrá ir acompañado de otras instituciones que
colaboren en el programa).
El programa se difundirá a través de la página web y de las redes sociales de las
cuatro partes.
Comisión de Seguimiento, vigilancia y control del convenio.
Se constituirá una Comisión de Seguimiento del convenio a la que corresponderá
velar por el correcto desarrollo de lo dispuesto en el mismo, así como en la resolución de
los eventuales problemas de interpretación y ejecución que de este pudieran derivarse.
La comisión, de composición paritaria, se reunirá tantas veces como sus miembros
estimen conveniente y estará integrada por dos representantes de Patrimonio Nacional,
dos representantes seleccionados por la Sociedad, dos representantes de F. Areces y
dos representantes de FABNE designados al efecto por cada parte.
Por parte de Patrimonio Nacional, la Comisión de Seguimiento estará compuesta por
la persona titular de la Dirección de la Real Biblioteca de Palacio y por la persona que
designe la persona titular de la Dirección de las Colecciones Reales. Por parte de la
Sociedad, estará compuesta por el Presidente y Francisco Valencia Alonso (Socio
numero 57) o las personas que estos designen. Por parte de la Fundación estará
compuesta por el Director General y la persona que este designe. Por parte de FABNE
estará compuesta por los cargos de Secretario General y Vicepresidente de la misma o
las personas que estos designen.
La comisión se reunirá tantas veces como sea necesario para la buena marcha de
las actuaciones a desarrollar en el marco del convenio y se regirá en su funcionamiento
por lo previsto en el presente convenio y supletoriamente por lo estipulado en la sección
tercera, del capítulo II, del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
En las reuniones se levantará acta de lo hablado y acordado.
cve: BOE-A-2025-12584
Verificable en https://www.boe.es
Sexta.