Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. III. Otras disposiciones. Subvenciones. (BOE-A-2025-12599)
Orden APA/649/2025, de 17 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades asociativas del sector agrario y alimentario, para la realización de actividades específicas de especial interés para el sector agroalimentario español, así como su integración en entidades de ámbito europeo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 148

Viernes 20 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 82220

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
Orden APA/649/2025, de 17 de junio, por la que se establecen las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades asociativas del
sector agrario y alimentario, para la realización de actividades específicas de
especial interés para el sector agroalimentario español, así como su
integración en entidades de ámbito europeo.

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación precisa, en el desarrollo de sus
funciones, de la constante interlocución con el sector agroalimentario a través de las
entidades asociativas que las representan, las cuales vienen participando en órganos
consultivos de la Unión Europea y de la Administración General del Estado,
especialmente del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, como interlocutores
institucionales del diálogo permanente que se requiere para configurar una política
agroalimentaria y una planificación general de la economía en beneficio del interés
general.
Dichos objetivos han sido recogidos en el Real Decreto 717/2024, de 23 de julio, por
el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación, y por el que se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, que
atribuye a la Subsecretaría el mantenimiento de las relaciones institucionales con las
organizaciones profesionales y otras entidades representativas de interés en los sectores
agrario, alimentario y pesquero.
La subvención de estas actividades se ha realizado hasta la fecha a través de la
Orden APM/476/2018, de 30 de abril, modificada por la Orden APA/1107/2020, de 16 de
noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de
subvenciones a entidades asociativas representativas del sector agrario y alimentario,
por el desarrollo de actividades de colaboración y representación ante la Administración
General de Estado y la Unión Europea, así como para la realización de actividades
específicas de especial interés para el sector agroalimentario español. Esta normativa ha
sido recientemente derogada por la Ley 1/2025, de 1 de abril, de prevención de las
pérdidas y el desperdicio alimentario, que prevé una nueva línea de subvenciones
directas para las Organizaciones Profesionales Agrarias declaradas más representativas
conforme a la disposición adicional sexta de dicha ley, siendo necesario dar cobertura a
las actuaciones que el resto de las entidades asociativas desarrollan a favor de los
sectores agrario y alimentario mediante un sistema de subvenciones en concurrencia
competitiva.
Las presentes bases reguladoras para la concesión de ayudas a dichas entidades
tienen por finalidad, pues, subvencionar el desarrollo de sus actividades de colaboración
y representación ante la Administración General del Estado y la Unión Europea, así
como la realización de actividades específicas de especial interés para el sector
agroalimentario español.
La gestión de estas ayudas será realizada por el Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación de forma centralizada ya que su finalidad no es otra que contribuir a la
financiación de los costes de las actuaciones que las entidades asociativas de referencia
realizan en el cumplimiento de los objetivos marcados por el departamento, como
interlocutores institucionales del diálogo permanente que se requiere para configurar una
política agroalimentaria y una planificación general de la economía en beneficio del
interés general. La gestión estatal de esta medida de fomento es imprescindible para
asegurar la plena efectividad en beneficio del medio rural en los sectores agrario y
alimentario, de conformidad con los criterios establecidos por la jurisprudencia
constitucional.

cve: BOE-A-2025-12599
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