Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Delegación de competencias. (BOE-A-2025-12296)
Resolución de 26 de mayo de 2025, de la Secretaría de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Administración de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, sobre delegación de competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 145
Martes 17 de junio de 2025
5.1.4
Sec. III. Pág. 80749
Hasta la cuantía de 150.000 de euros, se delega:
− En los titulares de las Jefaturas de Área responsables de centros presupuestarios,
que se encuentren adscritos o bajo la dependencia del titular de la Secretaría General, o
de los respectivos titulares de las Direcciones Generales, de la Dirección de Auditoría
Interna, de la Dirección de Gabinete de Presidencia y de la Dirección de Comunicación y
Reputación Corporativa, y que sean determinados y propuestos por los titulares de
dichos órganos, en sus correspondientes áreas o ámbitos territoriales, para que sean
autorizados para el ejercicio de ésta competencia mediante resolución del Presidente de
la Entidad.
5.1.5
Hasta la cuantía de 12.000 de euros, se delega:
− En los titulares de las correspondientes Jefaturas con responsabilidad en el ámbito
económico-administrativo, que se encuentren adscritos o bajo la dependencia del titular
de la Secretaría General, o de los respectivos titulares de las Direcciones Generales, de
la Dirección de Auditoría Interna, de la Dirección de Gabinete de Presidencia y de la
Dirección de Comunicación y Reputación Corporativa, y que sean determinados y
propuestos por los titulares de dichos órganos, en sus correspondientes áreas o ámbitos
territoriales, para que sean autorizados para el ejercicio de ésta competencia mediante
resolución del Presidente de la Entidad.
Para cuantías superiores a 6.000.000 de euros, y con excepción de la delegación
para los pagos de nóminas, Seguridad Social y tributos, así como para los gastos de
energía y combustibles, la competencia para reconocer la obligación y proponer su pago
queda reservada al Presidente de la Entidad, a propuesta del titular de la Secretaria
General, de cualquiera de los titulares de las Direcciones Generales, o del titular de la
Dirección de Comunicación y Reputación Corporativa.
5.2 Se delega, en los órganos internos de la Entidad que a continuación se
relacionan, la competencia para la ordenación del gasto y proponer el pago de las
obligaciones derivadas de obras ejecutadas o prestadas por terceros en concepto de
reposición de servicios:
5.2.1
Hasta la cuantía de 6.000.000 de euros, se delega:
– En los titulares de las Direcciones Generales, a propuesta de los órganos internos
inmediatamente dependientes de aquellos, en sus respectivas áreas o ámbitos
territoriales.
5.2.2
Hasta la cuantía de 150.000 euros, se delega:
Para cuantías superiores a 6.000.000 de euros, la competencia para la ordenación
del gasto y proponer el pago de las obligaciones derivadas de obras ejecutadas o
prestadas por terceros en concepto de reposición de servicios queda reservada al
Presidente de la Entidad, a propuesta de los titulares de las Direcciones Generales.
cve: BOE-A-2025-12296
Verificable en https://www.boe.es
– En los titulares de las Direcciones o Direcciones Adjuntas, a propuesta del máximo
responsable del seguimiento de la ejecución de las obras de reposición, del responsable
de la tramitación del expediente de gasto, o de los órganos internos inmediatamente
dependientes de los órganos delegados.
Núm. 145
Martes 17 de junio de 2025
5.1.4
Sec. III. Pág. 80749
Hasta la cuantía de 150.000 de euros, se delega:
− En los titulares de las Jefaturas de Área responsables de centros presupuestarios,
que se encuentren adscritos o bajo la dependencia del titular de la Secretaría General, o
de los respectivos titulares de las Direcciones Generales, de la Dirección de Auditoría
Interna, de la Dirección de Gabinete de Presidencia y de la Dirección de Comunicación y
Reputación Corporativa, y que sean determinados y propuestos por los titulares de
dichos órganos, en sus correspondientes áreas o ámbitos territoriales, para que sean
autorizados para el ejercicio de ésta competencia mediante resolución del Presidente de
la Entidad.
5.1.5
Hasta la cuantía de 12.000 de euros, se delega:
− En los titulares de las correspondientes Jefaturas con responsabilidad en el ámbito
económico-administrativo, que se encuentren adscritos o bajo la dependencia del titular
de la Secretaría General, o de los respectivos titulares de las Direcciones Generales, de
la Dirección de Auditoría Interna, de la Dirección de Gabinete de Presidencia y de la
Dirección de Comunicación y Reputación Corporativa, y que sean determinados y
propuestos por los titulares de dichos órganos, en sus correspondientes áreas o ámbitos
territoriales, para que sean autorizados para el ejercicio de ésta competencia mediante
resolución del Presidente de la Entidad.
Para cuantías superiores a 6.000.000 de euros, y con excepción de la delegación
para los pagos de nóminas, Seguridad Social y tributos, así como para los gastos de
energía y combustibles, la competencia para reconocer la obligación y proponer su pago
queda reservada al Presidente de la Entidad, a propuesta del titular de la Secretaria
General, de cualquiera de los titulares de las Direcciones Generales, o del titular de la
Dirección de Comunicación y Reputación Corporativa.
5.2 Se delega, en los órganos internos de la Entidad que a continuación se
relacionan, la competencia para la ordenación del gasto y proponer el pago de las
obligaciones derivadas de obras ejecutadas o prestadas por terceros en concepto de
reposición de servicios:
5.2.1
Hasta la cuantía de 6.000.000 de euros, se delega:
– En los titulares de las Direcciones Generales, a propuesta de los órganos internos
inmediatamente dependientes de aquellos, en sus respectivas áreas o ámbitos
territoriales.
5.2.2
Hasta la cuantía de 150.000 euros, se delega:
Para cuantías superiores a 6.000.000 de euros, la competencia para la ordenación
del gasto y proponer el pago de las obligaciones derivadas de obras ejecutadas o
prestadas por terceros en concepto de reposición de servicios queda reservada al
Presidente de la Entidad, a propuesta de los titulares de las Direcciones Generales.
cve: BOE-A-2025-12296
Verificable en https://www.boe.es
– En los titulares de las Direcciones o Direcciones Adjuntas, a propuesta del máximo
responsable del seguimiento de la ejecución de las obras de reposición, del responsable
de la tramitación del expediente de gasto, o de los órganos internos inmediatamente
dependientes de los órganos delegados.