Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-12286)
Resolución de 10 de junio de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Sociedad Mercantil Estatal para la Gestión de la Innovación y las Tecnologías Turísticas, SA, MP, e ICEX España exportación e inversiones, E.P.E., para la organización de actividades de turismo y «TravelTech» en 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 145

Martes 17 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 80682

reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (www.aepd.es) o ante el
delegado de protección de datos de la parte que corresponda:
SEGITTUR: dpd@segittur.es.
ICEX: delegadoprotecciondatos@icex.es.
b. Regulación de los tratamientos de datos en el marco de la ejecución del convenio.
En lo que se refiere al tratamiento de datos personales de terceros (personas de
contacto de las empresas participantes) necesario para el desarrollo del objeto del
convenio, como coorganizadoras de las actividades a desarrollar, las Partes se entregarán
mutuamente los datos obtenidos a través de las inscripciones que hayan gestionado
directamente, actuando cada una de ellas como responsable independiente una vez que
la información haya sido incluida las respectivas bases de datos de cada entidad.
En todo caso, ambas Partes se comprometen a lo siguiente:
Tratar la información recibida de acuerdo con las exigencias legales del
Reglamento 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016
relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos
personales y a la libre circulación de estos datos y de la Ley 3/2018, de 5 de diciembre,
de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Informar a los interesados en el momento de la inscripción, o en el documento de
convocatoria o documento informativo de la actuación de que se trate, de que los datos
que facilitan serán gestionados por ambas entidades.
Decimocuarta. Confidencialidad.
Cualquier tipo de dato o información que sobre terceros se intercambien las Partes
tendrá carácter confidencial, no pudiendo ser utilizados para otros fines que los
reflejados en este Convenio.
Las Partes no facilitarán información confidencial contenida tanto en soportes
magnéticos como en soportes convencionales a ninguna tercera persona física o
jurídica, de forma gratuita u onerosa.
Igualdad efectiva de mujeres y hombres.

De conformidad con lo dispuesto en la legislación nacional, en la iniciativa del
Parlamento Europeo así como en la normativa interna de ICEX para la igualdad efectiva
de mujeres y hombres y promover la visibilidad de mujeres expertas y aumentar su
participación en paneles, conferencias, seminarios, debates y actividades de
comunicación, las Partes acuerdan que se velará por mantener un equilibrio de mujeres
y hombres en aquellas actividades que conlleven la organización de paneles,
conferencias, debates, actividades de comunicación, mesas o intervenciones que se
programen en el marco del presente Convenio, evitándose, en todo caso, la presencia
exclusiva de mujeres o de hombres.
Toda la documentación, publicidad, e imagen que se genere con motivo de la
ejecución del Convenio, deberá realizar un uso no sexista del lenguaje, evitar cualquier
imagen discriminatoria de las personas o estereotipos sexistas y fomentar una imagen
con valores de igualdad, presencia equilibrada, diversidad, corresponsabilidad y
pluralidad de roles e identidades de género.
Y para que conste y en prueba de conformidad, las Partes firman el presente
Convenio, a un solo efecto, en Madrid, tomándose como fecha de formalización del
presente documento la fecha del último firmante que consta en sus firmas electrónicas,
el 16 de mayo de 2025.–El Presidente de la Sociedad Mercantil Estatal para la Gestión
de la Innovación y las Tecnologías Turísticas, SA, M.P., Enrique Martínez Marín.–La Consejera
Delegada de ICEX España Exportaciones e Inversiones, E.P.E., Elisa Carbonell Martín.
https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2025-12286
Verificable en https://www.boe.es

Decimoquinta.