Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-12286)
Resolución de 10 de junio de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Sociedad Mercantil Estatal para la Gestión de la Innovación y las Tecnologías Turísticas, SA, MP, e ICEX España exportación e inversiones, E.P.E., para la organización de actividades de turismo y «TravelTech» en 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 145
Martes 17 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 80677
y económicos para tal fin, con la finalidad última de desplegar sinergias que redunden en
beneficio de todos los implicados en particular, y de la economía española en general.
Por todo lo expuesto, las Partes acuerdan firmar el presente convenio (en lo
sucesivo, el Convenio), en dónde se recoja la organización de las actividades a realizar
con el presupuesto previsto para la mismas, y declaran su compromiso de llevar a efecto
los términos de esta colaboración con criterios de sostenibilidad, con el máximo respeto
al medioambiente, a la igualdad de género y a la inclusión social.
El convenio se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del Convenio específico.
El presente Convenio específico tiene por objeto establecer la colaboración entre las
Partes para la organización de diversas jornadas técnicas, encuentros empresariales y/o
misiones directas (en adelante «las Actividades») que permitan la participación de
empresas españolas del sector de Turismo y TravelTech.
En el marco de este convenio específico, se prevé la realización de dos actividades
durante el año 2025, una en México y otra en Brasil, con el objetivo de fomentar la
internacionalización de las empresas del sector turístico tecnológico y su
posicionamiento en mercados estratégicos.
Estas actividades se desarrollarán conforme a los términos establecidos en la
comisión de seguimiento prevista en la cláusula sexta, sin que ello implique una
modificación del contenido del Convenio específico ni un incremento en las aportaciones
económicas previstas para cada una de las Partes.
Segunda.
Obligaciones de las Partes.
Para la realización del objeto del Convenio específico, ambas Partes trabajarán, de
forma conjunta, en el desarrollo de las siguientes actuaciones:
– Programación y organización del ciclo completo de cada una de las actividades de
acuerdo con su específico interés institucional.
Por su parte, SEGITTUR asume individualmente las siguientes actividades:
Por su parte, ICEX asume individualmente las siguientes obligaciones:
– Coordinación de la actividad en general.
– Convocatoria de participación a empresas.
– Selección de empresas que habrán de participar en las actividades.
– Contratación, conforme a la normativa que le es propia, del espacio adecuado para
cada una de las actividades.
– Elaboración de un catálogo de las empresas españolas participantes.
– Promoción de las empresas españolas participantes.
cve: BOE-A-2025-12286
Verificable en https://www.boe.es
– Difundir las actividades en medios propios.
– Compartir la información y know how relativo a destinos turísticos inteligentes para
el óptimo desarrollo de las actividades.
– Participación en la selección de empresas que habrán de participar en las
actividades.
– Colaboración en la búsqueda de contactos locales de interés cuando sea
necesario.
– Promoción de los resultados obtenidos tras la celebración de las actividades, con
el objetivo de poner en valor los servicios/productos de las empresas españolas y su
participación en los proyectos de interés.
– Networking con agentes internacionales para estas y futuras actividades del sector.
Núm. 145
Martes 17 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 80677
y económicos para tal fin, con la finalidad última de desplegar sinergias que redunden en
beneficio de todos los implicados en particular, y de la economía española en general.
Por todo lo expuesto, las Partes acuerdan firmar el presente convenio (en lo
sucesivo, el Convenio), en dónde se recoja la organización de las actividades a realizar
con el presupuesto previsto para la mismas, y declaran su compromiso de llevar a efecto
los términos de esta colaboración con criterios de sostenibilidad, con el máximo respeto
al medioambiente, a la igualdad de género y a la inclusión social.
El convenio se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del Convenio específico.
El presente Convenio específico tiene por objeto establecer la colaboración entre las
Partes para la organización de diversas jornadas técnicas, encuentros empresariales y/o
misiones directas (en adelante «las Actividades») que permitan la participación de
empresas españolas del sector de Turismo y TravelTech.
En el marco de este convenio específico, se prevé la realización de dos actividades
durante el año 2025, una en México y otra en Brasil, con el objetivo de fomentar la
internacionalización de las empresas del sector turístico tecnológico y su
posicionamiento en mercados estratégicos.
Estas actividades se desarrollarán conforme a los términos establecidos en la
comisión de seguimiento prevista en la cláusula sexta, sin que ello implique una
modificación del contenido del Convenio específico ni un incremento en las aportaciones
económicas previstas para cada una de las Partes.
Segunda.
Obligaciones de las Partes.
Para la realización del objeto del Convenio específico, ambas Partes trabajarán, de
forma conjunta, en el desarrollo de las siguientes actuaciones:
– Programación y organización del ciclo completo de cada una de las actividades de
acuerdo con su específico interés institucional.
Por su parte, SEGITTUR asume individualmente las siguientes actividades:
Por su parte, ICEX asume individualmente las siguientes obligaciones:
– Coordinación de la actividad en general.
– Convocatoria de participación a empresas.
– Selección de empresas que habrán de participar en las actividades.
– Contratación, conforme a la normativa que le es propia, del espacio adecuado para
cada una de las actividades.
– Elaboración de un catálogo de las empresas españolas participantes.
– Promoción de las empresas españolas participantes.
cve: BOE-A-2025-12286
Verificable en https://www.boe.es
– Difundir las actividades en medios propios.
– Compartir la información y know how relativo a destinos turísticos inteligentes para
el óptimo desarrollo de las actividades.
– Participación en la selección de empresas que habrán de participar en las
actividades.
– Colaboración en la búsqueda de contactos locales de interés cuando sea
necesario.
– Promoción de los resultados obtenidos tras la celebración de las actividades, con
el objetivo de poner en valor los servicios/productos de las empresas españolas y su
participación en los proyectos de interés.
– Networking con agentes internacionales para estas y futuras actividades del sector.