Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-12282)
Resolución de 10 de junio de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Agencia Estatal de Administración Tributaria, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, el Instituto Nacional de la Seguridad Social, el Instituto Social de la Marina, la Tesorería General de la Seguridad Social, la Gerencia Informática de la Seguridad Social y el Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, en materia de intercambio de información para la elaboración de análisis estadísticos y estudios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 17 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 80623

el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar, según lo
establecido en la Disposición adicional tercera del Real Decreto 625/1985, de 2 de abril.
La Tesorería General de la Seguridad Social, de acuerdo con el Real
Decreto 1314/1984, de 20 de junio, por el que se regula la estructura y competencias de
la Tesorería General de la Seguridad Social, tiene encomendada la gestión de los
recursos económicos y la administración financiera del sistema en aplicación de los
principios de solidaridad financiera y caja única.
Entre las competencias que tiene atribuidas la Tesorería General de la Seguridad
Social, en virtud del Real Decreto 1314/1984, anteriormente mencionado, se encuentran
la inscripción de empresas y la afiliación, altas y bajas de los trabajadores, así como la
gestión y control de la cotización y de la recaudación de las cuotas y demás recursos de
financiación del sistema de la Seguridad Social.
La Gerencia de Informática de la Seguridad Social de acuerdo con el apartado 2 letra
e) de la disposición adicional segunda del Real Decreto 501/2024, de 21 de mayo, por el
que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Inclusión, Seguridad
Social y Migraciones, tiene encomendada la creación, custodia y administración de las
bases de datos corporativas del sistema, así como los sistemas de seguridad y de
confidencialidad.
La Dirección General de Análisis Económico está integrada en la Secretaría de
Estado de Economía y Apoyo a la Empresa del Ministerio de Economía, Comercio
y Empresa.
El Real Decreto 410/2024, de 23 de abril, por el que se desarrolla la estructura
orgánica básica del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa establece entre las
funciones previstas en el ámbito de sus competencias el análisis de las tendencias a
medio y largo plazo de la economía española, así como de los principales desequilibrios
macroeconómicos, con especial atención tanto a los retos relacionados con la evolución
de la productividad y de la competitividad de la economía española, como a los
principales indicadores del ciclo financiero.
Por su parte, el Real Decreto 758/2024, de 30 de julio, por el que se crea el Consejo
de la Productividad de España, adscrito al Ministerio de Economía, Comercio y Empresa
a través de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa recoge que
actuará como secretaria del Consejo, con voz, pero sin voto, la persona titular de la
Dirección General de Análisis Económico de la Secretaría de Estado de Economía y
Apoyo a la Empresa. El Consejo de la Productividad de España tiene atribuida la tarea
de elaborar y publicar análisis económicos y estadísticos independientes orientados a la
evaluación y diagnóstico de la productividad y la competitividad de la economía
española, en el marco de la zona euro y la Unión Europea, y su reparto entre rentas del
trabajo y beneficios empresariales, así como de las políticas públicas con impacto en
estas dimensiones. Para estos fines, es de vital importancia contar con datos de calidad
y actualizados, que permitan realizar un análisis riguroso y fundamentado de la evolución
de la productividad y la competitividad en España.
II
En el marco de colaboración mutua que debe presidir las relaciones entre las
administraciones públicas y conforme al principio establecido en los artículos 3.1.k),
140.1.c), 141 y 142 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público (en adelante, LRJSP), los representantes de todas las partes intervinientes
consideran que sería muy beneficioso para el cumplimiento de sus respectivos fines
establecer un marco que regule el suministro estable y periódico tanto de información
tributaria como de información relativa a la Seguridad Social al Ministerio de Economía,
Comercio y Empresa, para la elaboración de análisis, así como para la emisión de
opiniones en materia de política económica realizados o promovidos por el Consejo de la
Productividad de España.

cve: BOE-A-2025-12282
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Núm. 145