Comunidad Autónoma de Cantabria. III. Otras disposiciones. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2025-11888)
Resolución de 21 de febrero de 2025, de la Dirección General de Cultura y Patrimonio Histórico, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, de incoación de procedimiento para la declaración de la Central Eléctrica «El Pavón», en Villapresente, término municipal de Reocín, como bien de interés local.
<< 1 << Página 1
Página 2 Pág. 2
-
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 141

Jueves 12 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 77228

competerá al Ayuntamiento, que deberá comunicar la intención de conceder la licencia a
la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte con una antelación de diez días a su
concesión definitiva. Será igualmente preceptiva la autorización de la Consejería de
Cultura, Turismo y Deporte para la colocación de elementos publicitarios e instalaciones
aparentes en el entorno de protección.
Quinto.
De acuerdo con lo que dispone el artículo 28.2 de la Ley 11/1998, de 13 de octubre,
de Patrimonio Cultural de Cantabria, se notifique esta resolución a los interesados, a los
efectos oportunos.
Sexto.
Que esta resolución, con su anexo, se publique en el «Boletín Oficial de Cantabria» y
en el «Boletín Oficial del Estado», conforme a lo dispuesto en el artículo 28.3 de la Ley
de Cantabria 11/1998, de 13 de octubre.
Considerando que este acto determinará, respecto al Bien afectado, la aplicación
inmediata y provisional del régimen de protección previsto en la Ley 11/1998, de
Patrimonio Cultural de Cantabria para los Bienes ya declarados, contra la presente
resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada
ante el Consejero de Cultura, Turismo y Deporte en el plazo de un mes a contar desde el
día siguiente al de notificación de esta resolución, de conformidad con lo previsto en los
artículos 147 y 148 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen
Jurídico del Gobierno, de la Administración, y del Sector Público Institucional de la
Comunidad Autónoma de Cantabria, en relación con los artículos 121 y 122 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, sin perjuicio de interponer cualquier otro que se estime
procedente.
Santander, 21 de febrero de 2025.–La Directora General de Cultura y Patrimonio
Histórico, Eva Guillermina Fernández Ortiz.

cve: BOE-A-2025-11888
Verificable en https://www.boe.es

(Resolución y anexo publicados en el «Boletín Oficial de Cantabria» número 40, de 27 de febrero de 2025)

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X