Comunidad Autónoma de Cantabria. III. Otras disposiciones. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2025-11888)
Resolución de 21 de febrero de 2025, de la Dirección General de Cultura y Patrimonio Histórico, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, de incoación de procedimiento para la declaración de la Central Eléctrica «El Pavón», en Villapresente, término municipal de Reocín, como bien de interés local.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 141
Jueves 12 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 77227
III. OTRAS DISPOSICIONES
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA
11888
Resolución de 21 de febrero de 2025, de la Dirección General de Cultura y
Patrimonio Histórico, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, de
incoación de procedimiento para la declaración de la Central Eléctrica «El
Pavón», en Villapresente, término municipal de Reocín, como bien de interés
local.
Vistas las solicitudes presentadas por: doña Margarita Martínez Villegas, alcaldesa
pedánea y presidenta de la Junta Vecinal de Villapresente, doña Erica Fernández Ruíz,
Concejala de Hacienda, Patrimonio y Presupuestos del Ayuntamiento de Reocín, don
Manuel Francisco González Montes, en representación de Villapresente en la Memoria,
don Julio Fernández LLedías, en representación de la Asociación vecinal cultural el
Centro, de Villapresente y don Lucas García Barquín, en representación de la Asociación
cultural, deportiva y recreativa de Villapresente.
Visto el acuerdo adoptado por la Comisión Técnica de Patrimonio Científico y
Tecnológico que propone la incoación de procedimiento para la protección de todo el
conjunto de bienes e instalaciones que integran la central eléctrica de «El Pavón» como
Bien de Interés Local, por considerar que esta central eléctrica define, por si misma, un
aspecto destacado de la identidad cultural de Reocín, al haber desempeñado un
importante papel en la evolución y en la formación de su identidad industrial, como
representante de una primera fase de implantación de una red eléctrica que contribuyó a
convertir toda la comarca en un núcleo industrial y al asentamiento de las primeras
industrias y posterior establecimiento de grandes empresas.
En su virtud, vista la propuesta de la Jefa de Servicio de Patrimonio Cultural y de
acuerdo con lo establecido en la Ley 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural
de Cantabria, la Directora General de Cultura y Patrimonio Histórico, resuelve:
Primero.
Incoar procedimiento para la declaración de la central eléctrica «El Pavón», en
Villapresente, término municipal de Reocín, como Bien de Interés Local.
Segundo.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 29 y 51 de la Ley 11/1998, de 13 de
octubre, describir el bien y delimitar y justificar el entorno de protección del mismo,
conforme figura en el anexo que se adjunta a la presente resolución de incoación de
procedimiento.
Tercero.
Cuarto.
Dar traslado de esta resolución, conforme al artículo 28.2 de la Ley 11/1998, de 13
de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria, al Ayuntamiento de Reocín, y hacerle
saber que, según lo dispuesto en el artículo 52 de la precitada ley, toda actuación
urbanística en el entorno de protección, incluyendo los cambios de uso, en tanto no se
haya aprobado la figura urbanística de protección del mismo, deberá ser aprobada por la
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte. En el caso de que esté aprobado el
instrumento de planeamiento del entorno afectado, la autorización de la intervención
cve: BOE-A-2025-11888
Verificable en https://www.boe.es
Seguir con la tramitación del expediente, según las disposiciones vigentes.
Núm. 141
Jueves 12 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 77227
III. OTRAS DISPOSICIONES
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA
11888
Resolución de 21 de febrero de 2025, de la Dirección General de Cultura y
Patrimonio Histórico, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, de
incoación de procedimiento para la declaración de la Central Eléctrica «El
Pavón», en Villapresente, término municipal de Reocín, como bien de interés
local.
Vistas las solicitudes presentadas por: doña Margarita Martínez Villegas, alcaldesa
pedánea y presidenta de la Junta Vecinal de Villapresente, doña Erica Fernández Ruíz,
Concejala de Hacienda, Patrimonio y Presupuestos del Ayuntamiento de Reocín, don
Manuel Francisco González Montes, en representación de Villapresente en la Memoria,
don Julio Fernández LLedías, en representación de la Asociación vecinal cultural el
Centro, de Villapresente y don Lucas García Barquín, en representación de la Asociación
cultural, deportiva y recreativa de Villapresente.
Visto el acuerdo adoptado por la Comisión Técnica de Patrimonio Científico y
Tecnológico que propone la incoación de procedimiento para la protección de todo el
conjunto de bienes e instalaciones que integran la central eléctrica de «El Pavón» como
Bien de Interés Local, por considerar que esta central eléctrica define, por si misma, un
aspecto destacado de la identidad cultural de Reocín, al haber desempeñado un
importante papel en la evolución y en la formación de su identidad industrial, como
representante de una primera fase de implantación de una red eléctrica que contribuyó a
convertir toda la comarca en un núcleo industrial y al asentamiento de las primeras
industrias y posterior establecimiento de grandes empresas.
En su virtud, vista la propuesta de la Jefa de Servicio de Patrimonio Cultural y de
acuerdo con lo establecido en la Ley 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural
de Cantabria, la Directora General de Cultura y Patrimonio Histórico, resuelve:
Primero.
Incoar procedimiento para la declaración de la central eléctrica «El Pavón», en
Villapresente, término municipal de Reocín, como Bien de Interés Local.
Segundo.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 29 y 51 de la Ley 11/1998, de 13 de
octubre, describir el bien y delimitar y justificar el entorno de protección del mismo,
conforme figura en el anexo que se adjunta a la presente resolución de incoación de
procedimiento.
Tercero.
Cuarto.
Dar traslado de esta resolución, conforme al artículo 28.2 de la Ley 11/1998, de 13
de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria, al Ayuntamiento de Reocín, y hacerle
saber que, según lo dispuesto en el artículo 52 de la precitada ley, toda actuación
urbanística en el entorno de protección, incluyendo los cambios de uso, en tanto no se
haya aprobado la figura urbanística de protección del mismo, deberá ser aprobada por la
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte. En el caso de que esté aprobado el
instrumento de planeamiento del entorno afectado, la autorización de la intervención
cve: BOE-A-2025-11888
Verificable en https://www.boe.es
Seguir con la tramitación del expediente, según las disposiciones vigentes.