Comunidad Autónoma de Andalucía. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia. (BOE-A-2025-11841)
Resolución de 2 de junio de 2025, de la Secretaría General de Servicios Judiciales, por la que se convoca concurso en Oficinas Judiciales en los partidos judiciales de Roquetas de Mar, Arcos de la Frontera, Chiclana de la Frontera, La Línea de la Concepción, San Fernando, Sanlúcar de Barrameda, Santa Fe, Ayamonte, Palma del Condado, Linares, Estepona, Alcalá de Guadaíra, Dos Hermanas, Sanlúcar la Mayor y Utrera.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 141
Jueves 12 de junio de 2025
Sec. II.B. Pág. 76932
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA
11841
Resolución de 2 de junio de 2025, de la Secretaría General de Servicios
Judiciales, por la que se convoca concurso en Oficinas Judiciales en los
partidos judiciales de Roquetas de Mar, Arcos de la Frontera, Chiclana de la
Frontera, La Línea de la Concepción, San Fernando, Sanlúcar de Barrameda,
Santa Fe, Ayamonte, Palma del Condado, Linares, Estepona, Alcalá de
Guadaíra, Dos Hermanas, Sanlúcar la Mayor y Utrera.
La disposición transitoria cuarta de la Ley 19/2003, de modificación de la Ley
Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, establece que las comunidades
autónomas con competencias asumidas aprobarán las relaciones de puestos de trabajo
y procederán al acoplamiento del personal funcionario con destino definitivo en el ámbito
territorial correspondiente.
En dicha relación de puestos de trabajo de las Oficinas Judiciales del ámbito de la
Comunidad Autónoma de Andalucía, se recogen diversos puestos singularizados cuya
forma de provisión es el sistema de concurso específico, en los términos recogidos en
los artículos 49 y siguientes del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que
se aprueba el reglamento de Ingreso, provisión de puestos de trabajo y promoción
profesional del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia.
El concurso específico consta de dos fases. La primera, de comprobación y valoración
de los méritos generales. La segunda, de valoración de los méritos específicos. Para la
valoración de las aptitudes concretas de la segunda fase el referido reglamento faculta la
posibilidad de establecer la elaboración de memorias o la celebración de entrevistas que
deberán especificarse necesariamente en la convocatoria.
La presente convocatoria no prevé la elaboración de memorias o la celebración de
entrevistas, sin perjuicio de que puedan exigirse en futuras convocatorias.
En virtud de todo lo expuesto, previa negociación con las organizaciones sindicales
con representación en la Mesa Sectorial del personal al servicio de la Administración de
Justicia en Andalucía, y en el uso de las competencias conferidas por el Decreto 1/2014,
de 14 de enero, por el que se regula la organización y estructura de las Oficinas Judicial
y Fiscal en Andalucía, así como por el Decreto del Presidente 6/2024, de 29 de julio,
sobre reestructuración de Consejerías y el Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por el que
se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia, Administración Local y
Función Pública, resuelvo:
Objeto.
1. La presente convocatoria tiene por objeto la provisión por el sistema de concurso
específico, de la relación de puestos incluidos en el anexo I a esta convocatoria, en el
que constan sus requisitos y se indica el complemento general del puesto, el
complemento específico, el cuerpo al que está adscrito, y los méritos específicos.
2. La descripción de los puestos, las especificaciones derivadas de la naturaleza de la
función encomendada y la relación de las principales tareas se encuentra descrita en la
Orden de 22 de mayo de 2025, por la que se acuerda el diseño y estructura de la Oficina
Judicial para los Tribunales Colegiados y Tribunales de Instancia y la Oficina de la Secretaría
de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia en la Comunidad Autónoma de Andalucía y la
Orden de 23 de mayo de 2025 por la que se aprueban las relaciones de puesto de trabajo en
Andalucía, en que se constituirán los Tribunales de Instancia en fecha 1 de julio de 2025.
cve: BOE-A-2025-11841
Verificable en https://www.boe.es
Primero.
Núm. 141
Jueves 12 de junio de 2025
Sec. II.B. Pág. 76932
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA
11841
Resolución de 2 de junio de 2025, de la Secretaría General de Servicios
Judiciales, por la que se convoca concurso en Oficinas Judiciales en los
partidos judiciales de Roquetas de Mar, Arcos de la Frontera, Chiclana de la
Frontera, La Línea de la Concepción, San Fernando, Sanlúcar de Barrameda,
Santa Fe, Ayamonte, Palma del Condado, Linares, Estepona, Alcalá de
Guadaíra, Dos Hermanas, Sanlúcar la Mayor y Utrera.
La disposición transitoria cuarta de la Ley 19/2003, de modificación de la Ley
Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, establece que las comunidades
autónomas con competencias asumidas aprobarán las relaciones de puestos de trabajo
y procederán al acoplamiento del personal funcionario con destino definitivo en el ámbito
territorial correspondiente.
En dicha relación de puestos de trabajo de las Oficinas Judiciales del ámbito de la
Comunidad Autónoma de Andalucía, se recogen diversos puestos singularizados cuya
forma de provisión es el sistema de concurso específico, en los términos recogidos en
los artículos 49 y siguientes del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que
se aprueba el reglamento de Ingreso, provisión de puestos de trabajo y promoción
profesional del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia.
El concurso específico consta de dos fases. La primera, de comprobación y valoración
de los méritos generales. La segunda, de valoración de los méritos específicos. Para la
valoración de las aptitudes concretas de la segunda fase el referido reglamento faculta la
posibilidad de establecer la elaboración de memorias o la celebración de entrevistas que
deberán especificarse necesariamente en la convocatoria.
La presente convocatoria no prevé la elaboración de memorias o la celebración de
entrevistas, sin perjuicio de que puedan exigirse en futuras convocatorias.
En virtud de todo lo expuesto, previa negociación con las organizaciones sindicales
con representación en la Mesa Sectorial del personal al servicio de la Administración de
Justicia en Andalucía, y en el uso de las competencias conferidas por el Decreto 1/2014,
de 14 de enero, por el que se regula la organización y estructura de las Oficinas Judicial
y Fiscal en Andalucía, así como por el Decreto del Presidente 6/2024, de 29 de julio,
sobre reestructuración de Consejerías y el Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por el que
se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia, Administración Local y
Función Pública, resuelvo:
Objeto.
1. La presente convocatoria tiene por objeto la provisión por el sistema de concurso
específico, de la relación de puestos incluidos en el anexo I a esta convocatoria, en el
que constan sus requisitos y se indica el complemento general del puesto, el
complemento específico, el cuerpo al que está adscrito, y los méritos específicos.
2. La descripción de los puestos, las especificaciones derivadas de la naturaleza de la
función encomendada y la relación de las principales tareas se encuentra descrita en la
Orden de 22 de mayo de 2025, por la que se acuerda el diseño y estructura de la Oficina
Judicial para los Tribunales Colegiados y Tribunales de Instancia y la Oficina de la Secretaría
de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia en la Comunidad Autónoma de Andalucía y la
Orden de 23 de mayo de 2025 por la que se aprueban las relaciones de puesto de trabajo en
Andalucía, en que se constituirán los Tribunales de Instancia en fecha 1 de julio de 2025.
cve: BOE-A-2025-11841
Verificable en https://www.boe.es
Primero.