Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2025-11852)
Resolución de 12 de mayo de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa de la registradora de la propiedad de Parla n.º 1 a anotar una sentencia dictada en un procedimiento de reclamación de cuotas impagadas por el propietario del departamento de un edificio.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 141
Jueves 12 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 77068
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
11852
Resolución de 12 de mayo de 2025, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa de la
registradora de la propiedad de Parla n.º 1 a anotar una sentencia dictada en
un procedimiento de reclamación de cuotas impagadas por el propietario del
departamento de un edificio.
En el recurso interpuesto por don R. C. S., abogado, en nombre y representación de
la Comunidad de Propietarios (…) de Parla, contra la negativa de la registradora de la
Propiedad de Parla número 1, doña Carmen Colmenarejo García, a anotar una sentencia
dictada en un procedimiento de reclamación de cuotas impagadas por el propietario de
un departamento de dicho edificio.
Hechos
I
Mediante sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción
número 1 de Parla en el procedimiento de juicio verbal número 564/2024, se condenaba
a la demandada a que abonase a la actora la suma de 660 euros, cantidad que se vería
incrementada con los intereses previstos en los artículos 1101 y 1108 del Código Civil
desde la fecha de interposición de la demanda al haber incurrido el deudor en mora en el
cumplimiento de sus obligaciones devengándose, los intereses del artículo 576 de la Ley
de Enjuiciamiento Civil.
II
Presentada dicha sentencia, junto con la instancia que a ella se le acompañó, en el
Registro de la Propiedad de Parla número 1, fue objeto de la siguiente nota de
calificación:
«Previo examen y calificación del documento presentado no se practican las
operaciones registrales solicitadas conforme a los siguientes:
Primero: El documento presentado es una sentencia N.º 365/2024 de fecha
diecinueve de noviembre de 2024 cuya autenticidad ha sido comprobada mediante su
código seguro de verificación, que es firme, habiendo sido declarada en rebeldía
procesal la parte demandada, dictada en procedimiento: Juicio Verbal 564/2024 que se
siguió en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción N.º 1 de Parla por la que se
ejercita una acción de reclamación de cantidad, interpuesta por la comunidad de
propietarios del edificio sito en Parla, calle (…) y condena a Desarrollos Urbanos Castilla
SL, en situación de rebeldía procesal al pago de 660 euros, cantidad que se verá
incrementada con los intereses previstos en el artículo 1.101 y 1.108 del CC desde la
fecha de interposición de la demanda al haber incurrido el deudor en mora en el
cumplimiento de sus obligaciones devengándose, a partir de la fecha de la sentencia, los
intereses del artículo 576 de la LEC; presentada en este Registro el día diecisiete de
diciembre de 2024 bajo el 2267 del diario 2024, junto con una instancia privada remitida
por correo suscrita por don S. C. S., con firma sin legitimar.
cve: BOE-A-2025-11852
Verificable en https://www.boe.es
Antecedentes de hecho:
Núm. 141
Jueves 12 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 77068
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
11852
Resolución de 12 de mayo de 2025, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa de la
registradora de la propiedad de Parla n.º 1 a anotar una sentencia dictada en
un procedimiento de reclamación de cuotas impagadas por el propietario del
departamento de un edificio.
En el recurso interpuesto por don R. C. S., abogado, en nombre y representación de
la Comunidad de Propietarios (…) de Parla, contra la negativa de la registradora de la
Propiedad de Parla número 1, doña Carmen Colmenarejo García, a anotar una sentencia
dictada en un procedimiento de reclamación de cuotas impagadas por el propietario de
un departamento de dicho edificio.
Hechos
I
Mediante sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción
número 1 de Parla en el procedimiento de juicio verbal número 564/2024, se condenaba
a la demandada a que abonase a la actora la suma de 660 euros, cantidad que se vería
incrementada con los intereses previstos en los artículos 1101 y 1108 del Código Civil
desde la fecha de interposición de la demanda al haber incurrido el deudor en mora en el
cumplimiento de sus obligaciones devengándose, los intereses del artículo 576 de la Ley
de Enjuiciamiento Civil.
II
Presentada dicha sentencia, junto con la instancia que a ella se le acompañó, en el
Registro de la Propiedad de Parla número 1, fue objeto de la siguiente nota de
calificación:
«Previo examen y calificación del documento presentado no se practican las
operaciones registrales solicitadas conforme a los siguientes:
Primero: El documento presentado es una sentencia N.º 365/2024 de fecha
diecinueve de noviembre de 2024 cuya autenticidad ha sido comprobada mediante su
código seguro de verificación, que es firme, habiendo sido declarada en rebeldía
procesal la parte demandada, dictada en procedimiento: Juicio Verbal 564/2024 que se
siguió en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción N.º 1 de Parla por la que se
ejercita una acción de reclamación de cantidad, interpuesta por la comunidad de
propietarios del edificio sito en Parla, calle (…) y condena a Desarrollos Urbanos Castilla
SL, en situación de rebeldía procesal al pago de 660 euros, cantidad que se verá
incrementada con los intereses previstos en el artículo 1.101 y 1.108 del CC desde la
fecha de interposición de la demanda al haber incurrido el deudor en mora en el
cumplimiento de sus obligaciones devengándose, a partir de la fecha de la sentencia, los
intereses del artículo 576 de la LEC; presentada en este Registro el día diecisiete de
diciembre de 2024 bajo el 2267 del diario 2024, junto con una instancia privada remitida
por correo suscrita por don S. C. S., con firma sin legitimar.
cve: BOE-A-2025-11852
Verificable en https://www.boe.es
Antecedentes de hecho: