Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-11850)
Resolución de 10 de junio de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., y el Instituto Nacional de Administración Pública, O.A., para colaborar en la realización del Encuentro «Construyendo la Administración Pública del futuro: avances en la hoja de ruta "Consenso por una Administración Abierta"».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 141
Jueves 12 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 77052
– Gestionará todos los servicios e infraestructuras generales vinculados al conjunto
de su programación académica en Santander para la celebración del encuentro. En
concreto se realizarán las actuaciones que se detallan en el presupuesto que se recoge
como anexo II.
ii. La UIMP no ha incluido este encuentro dentro de su convocatoria general de
becas para el conjunto de cursos de su programación.
iii. La UIMP mantendrá indemne al INAP de cualquier reclamación que se pueda
recibir en relación con el encuentro en lo que se refiere a la gestión que la propia UIMP
realiza, asumiendo la UIMP toda la responsabilidad frente al profesorado, alumnado,
empresas contratistas o cualquier persona o entidad que pueda verse afectada.
III.
Compromiso económico.
i. La UIMP asume un compromiso económico en relación con este convenio de un
máximo de veintisiete mil ochocientos sesenta euros con treinta y dos céntimos
(27.860,32 €), según se recoge en el presupuesto que figura como anexo II. De este
importe:
– la cantidad de 16.930,00 euros, correspondiente a los costes de alojamiento y
manutención del profesorado en sus residencias y comedores universitarios y a los
costes indirectos generales repercutidos (difusión, cuadernos, carpetas y otros
materiales, programas, y gastos de infraestructura de mantenimiento y limpieza de
locales, vigilancia y personal), se realizará mediante aportación de medios personales
propios con cargo a los créditos de personal del presupuesto ordinario de la UIMP y con
cargo a expedientes de contratación gestionados con carácter general para el conjunto
de la programación según la legislación aplicable. Por tanto, no es preciso aprobar un
gasto específico adicional por estos conceptos vinculado a este convenio.
– el resto del compromiso económico, 10.930,32 euros, correspondiente a los
honorarios y viajes del profesorado, irá con cargo a los conceptos de su presupuesto de
gastos vigente que se indican a continuación, en los cuales existe crédito adecuado y
suficiente, para lo cual se aprueba el correspondiente gasto:
– 28.101.322C.226.06 para el gasto correspondiente a honorarios, por importe
de 2.450,00 euros.
– 28.101.322C.231 para el gasto correspondiente a viajes, por importe de 8.480,32
euros.
Cuarta.
Visibilidad de la colaboración. Titularidad de los resultados. Publicaciones.
I. En cuantos medios se utilicen para la promoción y difusión del encuentro se
destacará la colaboración del INAP con la UIMP, respetando en todo caso las directrices
de imagen externa que ambas instituciones faciliten con este fin.
II. La titularidad y derechos de autor de las ponencias, conferencias y demás
presentaciones que se efectúen en el encuentro en ejecución de este convenio, así
como de los materiales audiovisuales, gráficos, etc. que las apoyen, serán en todo caso
de los profesores que las hayan elaborado e impartido. No obstante, dichos autores
cve: BOE-A-2025-11850
Verificable en https://www.boe.es
ii. Teniendo en cuenta la financiación que aporta el INAP, que figura en el apartado III.i
de la cláusula segunda, de acuerdo con el presupuesto aprobado y las partidas de gastos
en el mismo incluidas, la UIMP asume la financiación del coste que no se cubra con la
misma, esto es, las partidas correspondientes a programa y personal, por un importe de mil
trescientos veinticinco euros (1.325,00 €), ya incluidos en el compromiso económico
máximo indicado en el punto i de este apartado.
iii. La UIMP se compromete a presentar al INAP, una vez finalizado el encuentro y
antes del 10 de noviembre de 2025, el requerimiento de pago incluyendo la liquidación
final del presupuesto, según se ha indicado en el apartado III de la cláusula segunda.
Núm. 141
Jueves 12 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 77052
– Gestionará todos los servicios e infraestructuras generales vinculados al conjunto
de su programación académica en Santander para la celebración del encuentro. En
concreto se realizarán las actuaciones que se detallan en el presupuesto que se recoge
como anexo II.
ii. La UIMP no ha incluido este encuentro dentro de su convocatoria general de
becas para el conjunto de cursos de su programación.
iii. La UIMP mantendrá indemne al INAP de cualquier reclamación que se pueda
recibir en relación con el encuentro en lo que se refiere a la gestión que la propia UIMP
realiza, asumiendo la UIMP toda la responsabilidad frente al profesorado, alumnado,
empresas contratistas o cualquier persona o entidad que pueda verse afectada.
III.
Compromiso económico.
i. La UIMP asume un compromiso económico en relación con este convenio de un
máximo de veintisiete mil ochocientos sesenta euros con treinta y dos céntimos
(27.860,32 €), según se recoge en el presupuesto que figura como anexo II. De este
importe:
– la cantidad de 16.930,00 euros, correspondiente a los costes de alojamiento y
manutención del profesorado en sus residencias y comedores universitarios y a los
costes indirectos generales repercutidos (difusión, cuadernos, carpetas y otros
materiales, programas, y gastos de infraestructura de mantenimiento y limpieza de
locales, vigilancia y personal), se realizará mediante aportación de medios personales
propios con cargo a los créditos de personal del presupuesto ordinario de la UIMP y con
cargo a expedientes de contratación gestionados con carácter general para el conjunto
de la programación según la legislación aplicable. Por tanto, no es preciso aprobar un
gasto específico adicional por estos conceptos vinculado a este convenio.
– el resto del compromiso económico, 10.930,32 euros, correspondiente a los
honorarios y viajes del profesorado, irá con cargo a los conceptos de su presupuesto de
gastos vigente que se indican a continuación, en los cuales existe crédito adecuado y
suficiente, para lo cual se aprueba el correspondiente gasto:
– 28.101.322C.226.06 para el gasto correspondiente a honorarios, por importe
de 2.450,00 euros.
– 28.101.322C.231 para el gasto correspondiente a viajes, por importe de 8.480,32
euros.
Cuarta.
Visibilidad de la colaboración. Titularidad de los resultados. Publicaciones.
I. En cuantos medios se utilicen para la promoción y difusión del encuentro se
destacará la colaboración del INAP con la UIMP, respetando en todo caso las directrices
de imagen externa que ambas instituciones faciliten con este fin.
II. La titularidad y derechos de autor de las ponencias, conferencias y demás
presentaciones que se efectúen en el encuentro en ejecución de este convenio, así
como de los materiales audiovisuales, gráficos, etc. que las apoyen, serán en todo caso
de los profesores que las hayan elaborado e impartido. No obstante, dichos autores
cve: BOE-A-2025-11850
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ii. Teniendo en cuenta la financiación que aporta el INAP, que figura en el apartado III.i
de la cláusula segunda, de acuerdo con el presupuesto aprobado y las partidas de gastos
en el mismo incluidas, la UIMP asume la financiación del coste que no se cubra con la
misma, esto es, las partidas correspondientes a programa y personal, por un importe de mil
trescientos veinticinco euros (1.325,00 €), ya incluidos en el compromiso económico
máximo indicado en el punto i de este apartado.
iii. La UIMP se compromete a presentar al INAP, una vez finalizado el encuentro y
antes del 10 de noviembre de 2025, el requerimiento de pago incluyendo la liquidación
final del presupuesto, según se ha indicado en el apartado III de la cláusula segunda.