Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-11850)
Resolución de 10 de junio de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., y el Instituto Nacional de Administración Pública, O.A., para colaborar en la realización del Encuentro «Construyendo la Administración Pública del futuro: avances en la hoja de ruta "Consenso por una Administración Abierta"».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 141

Jueves 12 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 77051

nombre de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo en el Banco de España,
agencia de Madrid. Se establecen como requisitos para el pago que se haya celebrado
el encuentro de conformidad con lo previsto y acordado en este convenio y que se haya
presentado por parte de la UIMP, antes del 10 de noviembre de 2025, el correspondiente
requerimiento de pago acompañado de la liquidación final del presupuesto, en la que se
revisarán las unidades realmente ejecutadas de cada partida de acuerdo con los
importes unitarios aprobados en el presupuesto que se incluye como anexo II. El importe
final no podrá superar en ningún caso el máximo indicado en el párrafo anterior. Los
responsables del seguimiento, vigilancia y control del convenio certificarán
conjuntamente el cumplimiento de los requisitos indicados para el pago. Este pago se
deberá realizar en el plazo máximo de 30 días desde la emisión de la certificación
indicada y en todo caso antes del 31 de diciembre de 2025.
En el caso de que se acordara la no celebración del encuentro por causa de fuerza
mayor, por la falta del número mínimo de alumnos requerido según la normativa de la
UIMP, o por cualquier otra causa valorada de mutuo acuerdo por ambas partes, el INAP
únicamente deberá hacer una aportación económica a la UIMP por el importe de
aquellos gastos que ya se hubieran realizado antes de la cancelación del encuentro y no
pudieran recuperarse, según liquidación que presentará la UIMP.
ii. Aportación en servicios. Con independencia de la aportación a la UIMP recogida
en el punto i) de este apartado, el INAP asumirá directamente con su propios medios de
su presupuesto ordinario (concepto presupuestario 226.06), y por un importe máximo de
mil ochocientos euros (1.800,00 €), el coste de gastos generados por encuentros de
trabajo, como los dirigidos a la preparación de las mesas redondas, en el marco de la
labor de dirección académica de este encuentro.
Esto no implica un traspaso de fondos a la UIMP sino que los pagos se realizarán a
las empresas proveedoras, previa prestación de conformidad de los servicios.
iii. Las cuantías indicadas en los puntos i) y ii) de este apartado totalizan un
compromiso económico máximo por parte del INAP en virtud de este convenio de
veintiocho mil trescientos treinta y cinco euros con treinta y dos céntimos (28.335,32 €).
Tercera.
I.

Compromisos asumidos por la UIMP.

Aspectos académicos.

II. Gestión del encuentro.
i. La UIMP asumirá, conforme a su propia normativa, los siguientes compromisos
de gestión en cuanto a la ejecución del encuentro:
– Pago de honorarios al profesorado.
– Gestión de los viajes del profesorado, así como de sus alojamientos y
manutención en las residencias y comedores universitarios de la UIMP.

cve: BOE-A-2025-11850
Verificable en https://www.boe.es

– Corresponde a la UIMP el nombramiento de las personas que se encargarán de la
dirección y de la secretaría académica del encuentro, a propuesta del INAP, así como el
nombramiento del resto del profesorado.
– Corresponde a la UIMP la aprobación del programa definitivo y de las normas
conforme a las que debe desarrollarse el encuentro, en especial toda la normativa
relativa a criterios de admisión o cualquier otro asunto relativo al alumnado, vigilando en
todo momento que se cumpla el más escrupuloso respeto a la independencia de la
propia institución y de las personas que participan en el programa.
– La UIMP avalará académicamente este encuentro, emitiendo los correspondientes
diplomas a los participantes que cumplan los requisitos mínimos de asistencia y
aprovechamiento establecidos en su normativa interna, así como las certificaciones
académicas que se soliciten. Con tal fin, la UIMP se responsabilizará del control de
asistencia de los alumnos.