Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-11472)
Resolución de 4 de junio de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Cervantes y la Fundación Colección Thyssen Bornemisza, F.S.P., para el desarrollo de actividades en el marco del programa de fidelización del Instituto Cervantes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 137

Sábado 7 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 74795

otro artista relevante cuya Obra acoja la Fundación y a decidir por esta última, a entregar
a los visitantes que participen del Programa, para lo que deberán presentar en la Tienda
del Museo (i) la entrada al Museo y (ii) la identificación de su usuario en la App móvil del
Programa. Se producirán como máximo 500 unidades anuales.
El Instituto Cervantes se compromete a incluir estas ofertas, promociones en la App
del Programa durante la vigencia del convenio.
El Instituto Cervantes, destinará todos los recursos, humanos y/o materiales, que
resulten necesarios para el cumplimiento de las actividades a que se refiere el presente
convenio y que correrán de su exclusiva cuenta y cargo.
Tercera.

Financiación de la colaboración y gratuidad para los alumnos.

La suscripción de este convenio no implica la aportación de recursos económicos
entre las partes.
Cada una de las partes asumirá los compromisos establecidos en el presente
convenio para el año 2025 a través de sus propios medios, así como los recursos
materiales y humanos, dotados en sus respectivos presupuestos para el año 2025, en
los que cuentan con crédito suficiente.
Para los siguientes años en que esté vigente el presente convenio, la ejecución de
los compromisos asumidos quedará supeditada a las disponibilidades presupuestarias
de cada una de las partes.
Cuarta.

Difusión.

Los firmantes se reconocerán el derecho a realizar a su cargo campañas de
publicidad propias y a difundir, por su cuenta y a través de los medios que tengan por
conveniente, la aportación que en su caso efectúen para el Programa.
Sin perjuicio de lo anterior, las partes, para mejor difusión y conocimiento de la
colaboración que es objeto de este convenio, podrán acordar la realización de actos
institucionales, de inauguración o de presentación pública del Programa. En tales actos,
las partes podrán utilizar sus logotipos o signos distintivos conforme a las condiciones
que acuerden, siempre y exclusivamente dentro del ámbito territorial de la Unión
Europea, Brasil, China y Estados Unidos.
Confidencialidad y protección de datos de carácter personal.

Sin perjuicio de la difusión a que se refiere este convenio, las partes se obligan a
observar estricta reserva y confidencialidad sobre toda la información que, con ocasión
del presente convenio, reciban de la otra parte. Dicha obligación se extiende a cuantas
personas o empresas se contraten por cualquiera de las partes para la ejecución del
presente convenio, a cuyo efecto las partes se obligan a poner en conocimiento y exigir
de las mismas el cumplimiento de idéntica obligación de confidencialidad.
Las partes se comprometen a no copiar, reproducir ni ceder información o material
facilitado por la otra parte, así como a no permitir a ninguna otra persona, física o
jurídica, la copia o reproducción o divulgación, sea total, parcial o de cualquier forma, de
la información o materiales facilitados en cualquier momento, sin la autorización previa
de la otra parte, manifestada expresamente y por escrito.
Las partes igualmente se comprometen, en lo necesario, a cumplir lo establecido en
el Reglamento UE 2016/679 del Parlamento Europeo, de 27 de abril, relativo a la
protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales
y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE
(Reglamento general de protección de datos) y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y
demás legislación concordante y aplicable en esta materia.
La información de datos de contacto podrá ser visible para todos los trabajadores del
IC que sean gestores del programa, independientemente de su localización geográfica.

cve: BOE-A-2025-11472
Verificable en https://www.boe.es

Quinta.