Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-11423)
Resolución de 28 de mayo de 2025, de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Toreno, sobre la financiación, ejecución y entrega de las actuaciones de acondicionamiento de las márgenes del río Sil a su paso por Toreno y colector de saneamiento en Torenillo (León).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 136

Viernes 6 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 74553

2. Al tratarse de una actuación que es instrumento para el ejercicio de
competencias municipales, la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., realizará la
operación patrimonial de transmisión del pleno dominio de la infraestructura, mediante
una cesión gratuita de las previstas en el artículo 147 de la Ley 33/2003, de 3 de
noviembre, previo informe de la Dirección General del Patrimonio del Estado, del modo
indicado en el exponendo séptimo con el fin de transmitir la titularidad dominical de la
instalación, así como todos los derechos inherentes a dicho título al Ayuntamiento.
3. La obligación de la entidad local de hacerse cargo de la infraestructura nacerá
con la puesta a su disposición y la entrega se entenderá materializada por la mera
notificación descrita en el primer apartado.
4. A partir de tal momento, el Ayuntamiento se hará cargo, a todos los efectos, de
las mismas, correspondiéndole todas las obligaciones y cargas inherentes a dicho
mantenimiento y conservación; incluidos los tributos de todo tipo, bien sean estatales,
autonómicos o locales, que puedan recaer sobre los bienes.
5. El Ayuntamiento queda autorizado, a partir de la entrega de las obras a:
– Utilizarlas de acuerdo con el fin y los planes comúnmente aceptados por las
partes.
– Gestionar, mantener y conservar las obras e infraestructuras objeto del presente
convenio, de acuerdo con lo establecido en el mismo, de modo directo o indirecto, todo
ello de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente que resulte de aplicación.
Octava. Obligaciones y facultades de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A.
Le corresponden a la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., las siguientes
obligaciones y facultades:
1. Financiar las actuaciones de acuerdo con lo dispuesto en las cláusulas cuarta y
quinta del presente convenio.
2. Licitar, adjudicar y gestionar los contratos de la obra y servicios precisos, así
como las demás actuaciones precisas para ejecutar el convenio hasta su terminación
definitiva.
3. Realizar, una vez terminadas las obras, la recepción de las mismas.
4. Una vez recibidas las obras en adecuadas condiciones de uso, notificar este acto
al Ayuntamiento, adjuntando una copia del acta de recepción a modo de entrega, para
que este asuma la gestión, explotación, mantenimiento y conservación de la
infraestructura.
5. Poner a disposición del Ayuntamiento lo construido, de modo que cumplan las
condiciones técnicas y legales necesarias para su funcionamiento.
6. La Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., quedará obligada durante la
duración del plazo de garantía, de un año, a la reparación de aquellos defectos
imputables a la ejecución y que se manifiesten con posterioridad al acto de recepción.
Esta garantía se refiere exclusivamente a las obras ejecutadas y no cubrirá los
desperfectos por un uso inadecuado de lo construido, ni los debidos a actos vandálicos,
ni los deterioros debidos al paso del tiempo, así como tampoco las que sean
consecuencia de fenómenos atmosféricos o por las variaciones de nivel de las aguas.
Obligaciones y facultades del Ayuntamiento de Toreno.

Le corresponderán al Ayuntamiento de Toreno, las siguientes obligaciones y
facultades:
1. Financiar las actuaciones de acuerdo con lo dispuesto en las cláusulas cuarta y
quinta del presente convenio.
2. Asumir la tarifa de utilización del agua que se devengue, de conformidad con lo
establecido en el artículo 114.2 del Real Decreto Legislativo 1/2001 del Texto Refundido

cve: BOE-A-2025-11423
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Novena.