Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-11421)
Resolución de 26 de mayo de 2025, de la Confederación Hidrográfica del Duero, O.A., por la que se publica el segundo Convenio con el Ayuntamiento de Arévalo, para la cesión del Molino de don Álvaro de Luna como sede local del proyecto integrado del programa LIFE.
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 136

Viernes 6 de junio de 2025
2.

Sec. III. Pág. 74542

La Confederación Hidrográfica del Duero, O.A., se compromete a:

a) Hacer un uso responsable de las instalaciones cedidas de acuerdo a los fines y
objetivos de este proyecto integrado.
b) Permitir al Ayuntamiento de Arévalo, previa consulta y acuerdo por escrito, la
utilización de los espacios comunes de estas instalaciones para cualquier otra actividad,
siempre que sea compatible con los fines y objetivos de este proyecto integrado, en
especial de aquellas otras actividades o proyectos relacionados con la protección y
conservación del medio ambiente.
Tercera. Comisión mixta de seguimiento.
Deberá establecerse una comisión mixta de seguimiento.
La comisión mixta de seguimiento del presente convenio estará compuesta por
cuatro miembros, dos representantes de la Confederación Hidrográfica del Duero, O.A.,
y dos representantes del Ayuntamiento de Arévalo, pudiendo estar asistida por los
técnicos y asesores que se designen, para facilitar la mejor gestión de las estipulaciones
del convenio.
A estos efectos el Ayuntamiento de Arévalo designará a sus representantes y
comunicará a la Confederación Hidrográfica del Duero, O.A., su nombramiento. Por su
parte, la Confederación Hidrográfica del Duero, O.A., nombrará a los representantes del
organismo de cuenca.
Los citados nombramientos serán comunicados al Ayuntamiento. La comisión mixta
de seguimiento podrá convocarse a solicitud de cualquiera de las partes cuando así lo
considere necesario, y se reunirá al menos una vez al año. La presidencia de la comisión
se ostentará de forma rotatoria entre las partes. La duración de la misma será anual. El
presidente dispondrá de voto dirimente. La secretaría se ostentará de la misma forma.
Durante el primer año, la presidencia y la secretaría recaerán en los representantes de la
Confederación Hidrográfica del Duero, O.A. A las reuniones de la comisión mixta de
seguimiento se podrá invitar, previo acuerdo de sus miembros, a aquellos técnicos o
personas que la comisión juzgue conveniente según los temas a tratar, quienes podrán
expresar su parecer, pero no participar en las votaciones.
Esta comisión conocerá de las cuestiones que puedan surgir en la aplicación,
eficacia e interpretación del presente convenio. Así mismo realizará el seguimiento de lo
aquí acordado, promoviendo la formalización de los convenios específicos de
colaboración que fuesen necesarios para dar efectividad a lo pactado en el presente
documento.
Corresponden a la comisión las siguientes funciones:

El funcionamiento de la comisión mixta se atendrá a lo dispuesto en la Ley 40/2015,
sobre órganos colegiados.
Por acuerdo de la comisión de seguimiento las partes podrán promover y aprobar
posibles reajustes de anualidades de pagos en función de la evolución de la ejecución
del objeto y de las actuaciones contempladas en el presente convenio, siempre que
estos no supongan un incremento económico global del mismo, ni del plazo del mismo.

cve: BOE-A-2025-11421
Verificable en https://www.boe.es

a) Impulsar y coordinar las acciones pertinentes para el desarrollo del convenio.
b) Elevar aquellas propuestas que conforme al objeto del convenio considere
necesarias.
c) Conocer de cuantas incidencias y cuestiones puedan surgir y afectar al
desarrollo de lo establecido en el presente convenio.
d) Promover y aprobar posibles reajustes de anualidades de pagos en función de la
evolución de la ejecución del objeto y de las actuaciones contempladas en el presente
convenio, siempre que estos no supongan u incremento económico global del mismo, ni
del plazo del mismo.