Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2025-11270)
Resolución de 29 de abril de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la Propiedad de Fuenlabrada n.º 4, por la que se suspende la inscripción de una escritura de rectificación de descripción, división material y agrupación de fincas en régimen de propiedad horizontal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 135

Jueves 5 de junio de 2025

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unanimidad de todos los propietarios (cfr. Resolución de 30 de agosto de 2023). En
consecuencia, este defecto ha de ser confirmado.
No obstante, esta Dirección General también ha autorizado la rectificación del dato
erróneo que en su día pudo consignarse en la escritura de constitución en régimen de
propiedad horizontal, mediante los procedimientos previstos en los artículos 199 y 201
de la Ley Hipotecaria.
Por los motivos expuestos, esta Dirección General ha acordado desestimar el
recurso y confirmar la nota de calificación del registrador en los términos que resultan de
los fundamentos anteriores.
Contra esta resolución los legalmente legitimados pueden recurrir mediante demanda
ante el Juzgado de lo Civil de la capital de la Provincia del lugar donde radica el
inmueble en el plazo de dos meses desde su notificación, siendo de aplicación las
normas del juicio verbal, todo ello conforme a lo establecido en los artículos 325 y 328 de
la Ley Hipotecaria.

cve: BOE-A-2025-11270
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 29 de abril de 2025.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe
Pública, P. S. el Subdirector General del Notariado y de los Registros, Antonio Fuentes
Paniagua.

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X