Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Cantabria. Convenio. (BOE-A-2025-11188)
Resolución de 27 de mayo de 2025, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo O.A., por la que se publica la Adenda de prórroga y modificación del Convenio con el Instituto Cántabro de Administración Pública «Rafael de la Sierra».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 134
Miércoles 4 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 73424
que no tiene naturaleza de contraprestación económica por la prestación de un
servicio.
El pago deberá hacerse efectivo mediante transferencia a la cuenta n.º
ES95-9000-0001-20-0200008606 abierta a nombre de la Universidad Internacional
Menéndez Pelayo en el Banco de España, Agencia de Madrid, en dos plazos
del 50 % cada uno, el primero antes del 30 de junio y el segundo antes del 31 de
diciembre de cada año.
Además, el ICAP abonará cada dos meses a la UIMP, en la cuenta que se le
indique, lo correspondiente a su consumo de teléfono, u otros consumos, previa
presentación de la factura por parte de la UIMP.»
Tercero. Consignación presupuestaria.
La aportación de fondos para la financiación de las obligaciones económicas
derivadas de la prórroga del convenio estará condicionada a la existencia de crédito
adecuado y suficiente en los correspondientes presupuestos del ICAP.
Cuarto. Validez de los demás acuerdos del convenio.
El contenido del convenio firmado el 8 de junio de 2021 permanecerá vigente en todo
lo no modificado expresamente mediante esta adenda.
Quinto.
Vigencia de la adenda.
Una vez firmada, la presente adenda resultará eficaz una vez inscrita en el Registro
Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal,
inscripción que deberá realizarse con anterioridad al 8 de junio de 2025. La adenda
deberá ser publicada en el BOE.
cve: BOE-A-2025-11188
Verificable en https://www.boe.es
Y, en prueba de conformidad, firman el presente documento en las fechas indicadas
en cada una de las firmas, tomándose como fecha de perfeccionamiento la del último
firmante.–Por la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., Carlos Andradas
Heranz, 20 de mayo de 2025.–Por el Instituto Cántabro de Administración Pública
«Rafael de la Sierra», María Isabel Urrutia de los Mozos, 26 de mayo de 2025.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 134
Miércoles 4 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 73424
que no tiene naturaleza de contraprestación económica por la prestación de un
servicio.
El pago deberá hacerse efectivo mediante transferencia a la cuenta n.º
ES95-9000-0001-20-0200008606 abierta a nombre de la Universidad Internacional
Menéndez Pelayo en el Banco de España, Agencia de Madrid, en dos plazos
del 50 % cada uno, el primero antes del 30 de junio y el segundo antes del 31 de
diciembre de cada año.
Además, el ICAP abonará cada dos meses a la UIMP, en la cuenta que se le
indique, lo correspondiente a su consumo de teléfono, u otros consumos, previa
presentación de la factura por parte de la UIMP.»
Tercero. Consignación presupuestaria.
La aportación de fondos para la financiación de las obligaciones económicas
derivadas de la prórroga del convenio estará condicionada a la existencia de crédito
adecuado y suficiente en los correspondientes presupuestos del ICAP.
Cuarto. Validez de los demás acuerdos del convenio.
El contenido del convenio firmado el 8 de junio de 2021 permanecerá vigente en todo
lo no modificado expresamente mediante esta adenda.
Quinto.
Vigencia de la adenda.
Una vez firmada, la presente adenda resultará eficaz una vez inscrita en el Registro
Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal,
inscripción que deberá realizarse con anterioridad al 8 de junio de 2025. La adenda
deberá ser publicada en el BOE.
cve: BOE-A-2025-11188
Verificable en https://www.boe.es
Y, en prueba de conformidad, firman el presente documento en las fechas indicadas
en cada una de las firmas, tomándose como fecha de perfeccionamiento la del último
firmante.–Por la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., Carlos Andradas
Heranz, 20 de mayo de 2025.–Por el Instituto Cántabro de Administración Pública
«Rafael de la Sierra», María Isabel Urrutia de los Mozos, 26 de mayo de 2025.
https://www.boe.es
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