Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Delegación de competencias. (BOE-A-2025-11170)
Resolución de 14 de mayo de 2025, de la Autoridad Portuaria de Gijón, sobre delegación de competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 134
Miércoles 4 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 73336
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE
11170
Resolución de 14 de mayo de 2025, de la Autoridad Portuaria de Gijón, sobre
delegación de competencias.
El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Gijón, en su sesión de 31
de marzo de 2025, adoptó los siguientes acuerdos en materia de delegación de
competencias, al amparo de lo dispuesto en el artículo 30.5.b), en relación con los
artículos 31 y 33 del texto refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina
Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 septiembre, y con los
artículos 9 y 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público:
Primero.
Revocar todas las delegaciones de competencias de carácter general vigentes hasta
este momento, acordadas por el Consejo de Administración.
Derogar y eliminar, por lo anterior, el artículo 26 de las Normas de Funcionamiento
del Consejo de Administración, relativo a la «delegación de funciones en el presidente».
Segundo.
Delegar en la presidencia de la Autoridad Portuaria las competencias descritas en el
instrumento de delegación anexo.
Tercero.
Delegar en la dirección de la Autoridad Portuaria las competencias descritas en el
instrumento de delegación anexo.
Cuarto.
Las delegaciones de competencias previstas en esta resolución serán revocables en
cualquier momento por el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Gijón.
Como órgano titular, el Consejo podrá avocar el ejercicio de las competencias
delegadas.
Quinto.
Sexto.
Ordenar que se disponga lo necesario para que las delegaciones aprobadas sean
publicadas en el «Boletín Oficial del Estado», de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
La presente resolución producirá efectos a partir del día siguiente al de su
publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2025-11170
Verificable en https://www.boe.es
En cuantas resoluciones sean adoptadas en el ejercicio de las competencias
delegadas por la presente resolución, se hará constar expresamente tal circunstancia
mediante la mención de esta resolución y de su fecha de publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».
Núm. 134
Miércoles 4 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 73336
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE
11170
Resolución de 14 de mayo de 2025, de la Autoridad Portuaria de Gijón, sobre
delegación de competencias.
El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Gijón, en su sesión de 31
de marzo de 2025, adoptó los siguientes acuerdos en materia de delegación de
competencias, al amparo de lo dispuesto en el artículo 30.5.b), en relación con los
artículos 31 y 33 del texto refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina
Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 septiembre, y con los
artículos 9 y 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público:
Primero.
Revocar todas las delegaciones de competencias de carácter general vigentes hasta
este momento, acordadas por el Consejo de Administración.
Derogar y eliminar, por lo anterior, el artículo 26 de las Normas de Funcionamiento
del Consejo de Administración, relativo a la «delegación de funciones en el presidente».
Segundo.
Delegar en la presidencia de la Autoridad Portuaria las competencias descritas en el
instrumento de delegación anexo.
Tercero.
Delegar en la dirección de la Autoridad Portuaria las competencias descritas en el
instrumento de delegación anexo.
Cuarto.
Las delegaciones de competencias previstas en esta resolución serán revocables en
cualquier momento por el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Gijón.
Como órgano titular, el Consejo podrá avocar el ejercicio de las competencias
delegadas.
Quinto.
Sexto.
Ordenar que se disponga lo necesario para que las delegaciones aprobadas sean
publicadas en el «Boletín Oficial del Estado», de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
La presente resolución producirá efectos a partir del día siguiente al de su
publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2025-11170
Verificable en https://www.boe.es
En cuantas resoluciones sean adoptadas en el ejercicio de las competencias
delegadas por la presente resolución, se hará constar expresamente tal circunstancia
mediante la mención de esta resolución y de su fecha de publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».