Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-11172)
Resolución de 12 de mayo de 2025, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publica el Convenio con la Real Federación Española de Atletismo, para la impartición por el Centro Superior de Enseñanzas Deportivas de la segunda edición del ciclo de grado superior en atletismo para el periodo 2025-2027.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 134

Miércoles 4 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 73348

Conforme a lo establecido en el artículo 52 de la LRJSP, el cumplimiento y la
resolución del convenio dará lugar a su liquidación, con el fin de determinar las
obligaciones y compromisos de cada una de las partes. Una vez resuelto el convenio, se
procederá a la liquidación de acuerdo con lo dispuesto en el mencionado artículo.
3. Este convenio puede ser modificado por acuerdo expreso de las partes, de
acuerdo con lo establecido en el artículo 49 g) de la LRJSP.
Novena.

Confidencialidad de la información y protección de datos.

De acuerdo con el Reglamento (UE) 2016/679 de protección de datos RGPD, la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y
garantía de los derechos digitales, y demás normativa aplicable el CSD y adquiere la
condición de encargado exclusivo del tratamiento de los datos de carácter personal y
académico de los alumnos. Estos datos serán incorporados al fichero de carácter
académico que posee el CSED y que se utiliza para el desempeño de las funciones que
como centro autorizado para impartir enseñanzas deportivas le atribuye la normativa. En
cualquier caso, se compromete a:
– No utilizar ni tratar datos de carácter personal con finalidad distinta al desarrollo del
curso, no comunicar los datos bajo ningún concepto a terceras personas, ni siquiera para
su conservación, y, en especial, no reproducir, ni publicar, ni difundir ninguna información
acerca de los datos.
– Garantizar el cumplimiento de las medidas de seguridad establecidas, así como su
correcta implementación.
No obstante, en los formularios a través de los que se recaben los datos de los
alumnos se establecerá el mecanismo que se acuerde para que los alumnos puedan
manifestar su consentimiento para ceder sus datos al CSD, además de como parte del
curso, para su uso futuro o con otros fines.
Décima. Publicación del convenio.
El presente convenio podrá ser puesto a disposición de los ciudadanos en el Portal
de Trasparencia, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 8.1 b) de la Ley 19/2013,
de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
Undécima.

Naturaleza y régimen jurídico.

El presente convenio se ha elaborado al amparo de lo previsto en los artículos 47 y
siguientes de la LRJSP.
Las cuestiones litigiosas que pudieran derivarse de su interpretación y cumplimiento
serán de conocimiento y competencia del orden jurisdiccional de lo ContenciosoAdministrativo.

ANEXO I
Financiación y condiciones económicas
La financiación del curso es asumida por el CSD a través del cobro de los precios del
ciclo de grado superior en atletismo.
Con el objetivo de que la contribución de los alumnos cubra los costes económicos
originados, tal y como establece el artículo 8.2 del Real Decreto 950/2015, de 23 de
octubre, la estimación mínima de alumnos será de 10 alumnos para el curso. Con un

cve: BOE-A-2025-11172
Verificable en https://www.boe.es

En prueba de conformidad, las partes suscriben el presente convenio, en Madrid y
con fecha de la última firma electrónica.–El Director General de Deportes, Fernando
Molinero Revert.–El Presidente de la Real Federación Española de Atletismo, Raúl
Chapado Serrano.