Ministerio Para La Transformación Digital y de La Función Pública. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Escala de funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional. (BOE-A-2025-11111)
Orden TDF/569/2025, de 2 de junio, por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso, por el sistema general de acceso libre, a la Subescala de Secretaría-Intervención, de la Escala de funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 4 de junio de 2025
Sec. II.B. Pág. 73163
Bases del Régimen Local; el Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula
el Régimen Jurídico de los funcionarios de Administración local con habilitación de carácter
nacional; el Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo, por el que se aprueba la Oferta de
Empleo Público para el año 2022 y el Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre, de
medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania
y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de
vulnerabilidad; la Orden TFP/510/2019, de 30 de abril, por la que se establece la
obligatoriedad de la inscripción electrónica en los procesos selectivos para el ingreso o el
acceso a los cuerpos o escalas de funcionarios cuya selección corresponde al Ministerio de
Política Territorial y Función Pública; el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que
se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios
electrónicos y, supletoriamente, el Reglamento General de ingreso del personal al servicio
de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción
profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, aprobado
por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
2.
Principio de igualdad de trato
La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres
y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la
Constitución Española, el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; la Ley
Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y el
Acuerdo del Consejo de Ministros, de 9 de diciembre de 2020, por el que se aprueba el III
Plan para la Igualdad de Género en la Administración General del Estado y en sus
Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella y el Libro Segundo del Real
Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la
ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio
público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo.
3.
Descripción de las plazas
Se convocan pruebas selectivas para cubrir 584 plazas por el sistema libre de
funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional, subescala de
Secretaría-Intervención, correspondientes al Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de
diciembre, de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la
Guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras
situaciones de vulnerabilidad, por el que se autoriza un número de plazas adicionales a
las previstas en el Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo, por el que se aprueba la
oferta de empleo público para el año 2022.
De acuerdo con lo establecido en el Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre,
dicho reparto se hará de manera proporcional al número de vacantes en cada territorio.
Dicho reparto se hará de conformidad con lo establecido en el anexo IV de la presente
convocatoria.
Del total de plazas convocadas, 58 quedan reservadas para quienes tengan la
condición legal de personas con discapacidad general con un grado de discapacidad
igual o superior al 33 %. La opción a estas plazas reservadas habrá de formularse en la
solicitud de participación en la convocatoria. Quienes soliciten participar por el cupo de
reserva de personas con discapacidad únicamente podrán presentarse por este cupo. El
incumplimiento de esta norma determinará la exclusión del aspirante.
En el supuesto de que alguna de las personas aspirantes con discapacidad que se
haya presentado por el cupo de reserva superase el ejercicio correspondiente, pero no
obtuviese plaza y su puntuación fuese superior a la obtenida por otras personas
aspirantes del sistema de acceso general, ésta será incluida por su orden de puntación
en el sistema de acceso general.
cve: BOE-A-2025-11111
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 134
Miércoles 4 de junio de 2025
Sec. II.B. Pág. 73163
Bases del Régimen Local; el Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula
el Régimen Jurídico de los funcionarios de Administración local con habilitación de carácter
nacional; el Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo, por el que se aprueba la Oferta de
Empleo Público para el año 2022 y el Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre, de
medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania
y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de
vulnerabilidad; la Orden TFP/510/2019, de 30 de abril, por la que se establece la
obligatoriedad de la inscripción electrónica en los procesos selectivos para el ingreso o el
acceso a los cuerpos o escalas de funcionarios cuya selección corresponde al Ministerio de
Política Territorial y Función Pública; el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que
se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios
electrónicos y, supletoriamente, el Reglamento General de ingreso del personal al servicio
de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción
profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, aprobado
por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
2.
Principio de igualdad de trato
La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres
y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la
Constitución Española, el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; la Ley
Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y el
Acuerdo del Consejo de Ministros, de 9 de diciembre de 2020, por el que se aprueba el III
Plan para la Igualdad de Género en la Administración General del Estado y en sus
Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella y el Libro Segundo del Real
Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la
ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio
público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo.
3.
Descripción de las plazas
Se convocan pruebas selectivas para cubrir 584 plazas por el sistema libre de
funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional, subescala de
Secretaría-Intervención, correspondientes al Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de
diciembre, de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la
Guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras
situaciones de vulnerabilidad, por el que se autoriza un número de plazas adicionales a
las previstas en el Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo, por el que se aprueba la
oferta de empleo público para el año 2022.
De acuerdo con lo establecido en el Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre,
dicho reparto se hará de manera proporcional al número de vacantes en cada territorio.
Dicho reparto se hará de conformidad con lo establecido en el anexo IV de la presente
convocatoria.
Del total de plazas convocadas, 58 quedan reservadas para quienes tengan la
condición legal de personas con discapacidad general con un grado de discapacidad
igual o superior al 33 %. La opción a estas plazas reservadas habrá de formularse en la
solicitud de participación en la convocatoria. Quienes soliciten participar por el cupo de
reserva de personas con discapacidad únicamente podrán presentarse por este cupo. El
incumplimiento de esta norma determinará la exclusión del aspirante.
En el supuesto de que alguna de las personas aspirantes con discapacidad que se
haya presentado por el cupo de reserva superase el ejercicio correspondiente, pero no
obtuviese plaza y su puntuación fuese superior a la obtenida por otras personas
aspirantes del sistema de acceso general, ésta será incluida por su orden de puntación
en el sistema de acceso general.
cve: BOE-A-2025-11111
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Núm. 134