Ministerio de Igualdad. III. Otras disposiciones. Ayudas. (BOE-A-2025-11059)
Resolución de 29 de mayo de 2025, de la Secretaría de Estado de Igualdad y para la Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Igualdad, de 23 de mayo de 2025, por el que se fijan los criterios de distribución a las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla, así como la distribución resultante, del crédito destinado en el año 2025 al desarrollo del Plan Corresponsables.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 3 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 72880
históricamente masculinizado. En este sentido, la corresponsabilidad se presenta como
una condición imprescindible para garantizar una paridad real y efectiva en la toma de
decisiones y en el ejercicio pleno de los derechos económicos, sociales y políticos.
A nivel europeo, la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea
establece en su artículo 24 el derecho de las personas menores de edad a la protección
y cuidados necesarios para su bienestar. El Tratado de Funcionamiento de la Unión
Europea, en sus artículos 2, 3 y 8, promueve la igualdad entre mujeres y hombres como
principio fundamental. La Directiva 2019/1158 del Parlamento Europeo y del Consejo
de 20 de junio de 2019, relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional
de los progenitores y los cuidadores, y por la que se deroga la Directiva 2010/18/UE del
Consejo regula la conciliación de la vida familiar y profesional de progenitores y
cuidadores, incorpora los permisos parentales y medidas de flexibilización laboral para
fomentar la corresponsabilidad. La Estrategia Europea para cuidadores y receptores de
cuidados, de 2022, refuerza la inversión en infraestructuras y servicios de cuidados en
todos los Estados miembros. Además, el Pacto Europeo de Igualdad de
Género 2021-2030 y las investigaciones del Instituto Europeo para la Igualdad de
Género han generado evidencias clave sobre la desigualdad en la distribución del tiempo
de cuidados y su impacto en la brecha de género.
En el ámbito internacional, la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas
de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, 1979) insta a los Estados a adoptar medidas
para garantizar una distribución equitativa de las responsabilidades de cuidado. La
Convención sobre los Derechos del Niño (1989) establece en su artículo 18 la
responsabilidad compartida de los progenitores en la crianza y el desarrollo infantil. La
Agenda 2030 de Naciones Unidas, a través de los Objetivos de Desarrollo Sostenible,
destaca la importancia de la igualdad de género (ODS 5), el trabajo decente y el
crecimiento económico (ODS 8) y la reducción de desigualdades (ODS 10), resaltando la
redistribución del tiempo de cuidados. La Agenda de la OIT sobre el Trabajo de Cuidados
de 2018 promueve políticas públicas que garanticen empleo digno en el sector y la
redistribución equitativa de estas tareas. Asimismo, ONU Mujeres, a través de su
Estrategia Global de Cuidados de 2021, ha proporcionado un marco internacional para la
implementación de políticas de cuidados con perspectiva de género.
El Plan Corresponsables nació como una iniciativa semilla para reforzar una
demanda social que promoviese un modelo corresponsable para los cuidados bajo la
premisa de la igualdad entre mujeres y hombres. Esta iniciativa ha consolidado un
consenso entre los actores involucrados sobre la necesidad de continuar con políticas
públicas de corresponsabilidad en los cuidados y usos del tiempo. Uno de sus aspectos
más innovadores, pero aún necesitado de mayor desarrollo, ha sido su enfoque en la
transformación cultural de las masculinidades igualitarias, elemento clave para modificar
de forma estructural los usos del tiempo y la distribución equitativa de los cuidados.
El Plan Corresponsables pone de manifiesto la necesidad de avanzar hacia una política
de corresponsabilidad y usos del tiempo más integral y consolidada. La experiencia
acumulada en estos años ha generado aprendizajes clave para el diseño y mejora de
futuras políticas en esta materia. Entre las características fundamentales que deben guiar la
futura política de corresponsabilidad y usos del tiempo se incluyen su enfoque de género, su
capacidad de adaptación a la diversidad social y territorial, la existencia de mecanismos de
evaluación y trazabilidad, el reconocimiento y visibilidad entre la ciudadanía, y la generación
de alianzas estratégicas entre los distintos actores involucrados. Todo ello permitirá
consolidar un modelo de cuidados equitativo, sostenible y eficiente que fortalezca el
bienestar social y la igualdad de oportunidades para todas las personas.
Si bien el Gobierno establece el marco general e impulsa su desarrollo, el progreso
en la consolidación y en la mejora de las acciones requiere de la colaboración
institucional de las comunidades y ciudades autónomas de Ceuta y Melilla para que, en
el ejercicio de sus competencias, refuercen su compromiso mediante la asignación de
recursos propios permitiendo establecer un mecanismo de cofinanciación articulado a
cve: BOE-A-2025-11059
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 133
Martes 3 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 72880
históricamente masculinizado. En este sentido, la corresponsabilidad se presenta como
una condición imprescindible para garantizar una paridad real y efectiva en la toma de
decisiones y en el ejercicio pleno de los derechos económicos, sociales y políticos.
A nivel europeo, la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea
establece en su artículo 24 el derecho de las personas menores de edad a la protección
y cuidados necesarios para su bienestar. El Tratado de Funcionamiento de la Unión
Europea, en sus artículos 2, 3 y 8, promueve la igualdad entre mujeres y hombres como
principio fundamental. La Directiva 2019/1158 del Parlamento Europeo y del Consejo
de 20 de junio de 2019, relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional
de los progenitores y los cuidadores, y por la que se deroga la Directiva 2010/18/UE del
Consejo regula la conciliación de la vida familiar y profesional de progenitores y
cuidadores, incorpora los permisos parentales y medidas de flexibilización laboral para
fomentar la corresponsabilidad. La Estrategia Europea para cuidadores y receptores de
cuidados, de 2022, refuerza la inversión en infraestructuras y servicios de cuidados en
todos los Estados miembros. Además, el Pacto Europeo de Igualdad de
Género 2021-2030 y las investigaciones del Instituto Europeo para la Igualdad de
Género han generado evidencias clave sobre la desigualdad en la distribución del tiempo
de cuidados y su impacto en la brecha de género.
En el ámbito internacional, la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas
de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, 1979) insta a los Estados a adoptar medidas
para garantizar una distribución equitativa de las responsabilidades de cuidado. La
Convención sobre los Derechos del Niño (1989) establece en su artículo 18 la
responsabilidad compartida de los progenitores en la crianza y el desarrollo infantil. La
Agenda 2030 de Naciones Unidas, a través de los Objetivos de Desarrollo Sostenible,
destaca la importancia de la igualdad de género (ODS 5), el trabajo decente y el
crecimiento económico (ODS 8) y la reducción de desigualdades (ODS 10), resaltando la
redistribución del tiempo de cuidados. La Agenda de la OIT sobre el Trabajo de Cuidados
de 2018 promueve políticas públicas que garanticen empleo digno en el sector y la
redistribución equitativa de estas tareas. Asimismo, ONU Mujeres, a través de su
Estrategia Global de Cuidados de 2021, ha proporcionado un marco internacional para la
implementación de políticas de cuidados con perspectiva de género.
El Plan Corresponsables nació como una iniciativa semilla para reforzar una
demanda social que promoviese un modelo corresponsable para los cuidados bajo la
premisa de la igualdad entre mujeres y hombres. Esta iniciativa ha consolidado un
consenso entre los actores involucrados sobre la necesidad de continuar con políticas
públicas de corresponsabilidad en los cuidados y usos del tiempo. Uno de sus aspectos
más innovadores, pero aún necesitado de mayor desarrollo, ha sido su enfoque en la
transformación cultural de las masculinidades igualitarias, elemento clave para modificar
de forma estructural los usos del tiempo y la distribución equitativa de los cuidados.
El Plan Corresponsables pone de manifiesto la necesidad de avanzar hacia una política
de corresponsabilidad y usos del tiempo más integral y consolidada. La experiencia
acumulada en estos años ha generado aprendizajes clave para el diseño y mejora de
futuras políticas en esta materia. Entre las características fundamentales que deben guiar la
futura política de corresponsabilidad y usos del tiempo se incluyen su enfoque de género, su
capacidad de adaptación a la diversidad social y territorial, la existencia de mecanismos de
evaluación y trazabilidad, el reconocimiento y visibilidad entre la ciudadanía, y la generación
de alianzas estratégicas entre los distintos actores involucrados. Todo ello permitirá
consolidar un modelo de cuidados equitativo, sostenible y eficiente que fortalezca el
bienestar social y la igualdad de oportunidades para todas las personas.
Si bien el Gobierno establece el marco general e impulsa su desarrollo, el progreso
en la consolidación y en la mejora de las acciones requiere de la colaboración
institucional de las comunidades y ciudades autónomas de Ceuta y Melilla para que, en
el ejercicio de sus competencias, refuercen su compromiso mediante la asignación de
recursos propios permitiendo establecer un mecanismo de cofinanciación articulado a
cve: BOE-A-2025-11059
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 133