Ministerio de Igualdad. III. Otras disposiciones. Ayudas. (BOE-A-2025-11059)
Resolución de 29 de mayo de 2025, de la Secretaría de Estado de Igualdad y para la Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Igualdad, de 23 de mayo de 2025, por el que se fijan los criterios de distribución a las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla, así como la distribución resultante, del crédito destinado en el año 2025 al desarrollo del Plan Corresponsables.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 133

Martes 3 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 72895

descontados de la cantidad que corresponda transferir a cada comunidad o ciudad
autónoma de Ceuta o Melilla.
En el caso del establecimiento de tasas y precios públicos aplicados en forma de
copagos a las personas beneficiarias de las actuaciones, deberá consignarse el importe
total recabado y la categoría de proyectos en la que se ha revertido. En el caso se no
haberse revertido, constituirá un remanente.
La información será puesta en conocimiento de la Conferencia Sectorial de Igualdad
y tenida en cuenta en la adopción de los acuerdos de distribución de fondos.
b.2

Informe técnico de proyectos a fecha de 31 de diciembre de 2026.

Este documento contendrá todos los proyectos ejecutados con información detallada.
Incluyendo los datos de impacto recogidos en el anexo II, tal y como se especifica para
el informe técnico inicial según las instrucciones dadas por la Secretaría de Estado de
Igualdad y para la Erradicación de la Violencia contra las Mujeres y elaborado
necesariamente a partir de la plataforma «Hub Corresponsables». La información
económica contenida en este informe debe ser coherente con la reflejada en el estado
de ejecución y debe detallarse qué proyectos han exigido tasas y precios públicos, así
como las cuantías.
Además de la documentación justificativa, en un plazo máximo de un mes desde la
publicación de este acuerdo deben aportarse los siguientes documentos:

cve: BOE-A-2025-11059
Verificable en https://www.boe.es

– Declaración responsable del cumplimiento de los principios recogidos en este
acuerdo, según modelo del anexo III.
– Declaración responsable sobre reinversión de los ingresos derivados de proyectos
con servicios de copago por parte de las personas usuarias, según el modelo del anexo
IV cuando proceda.
– Declaración responsable del cumplimiento de los requisitos en materia de imagen,
representación institucional y publicidad, según el modelo del anexo V.
– Declaración responsable de cumplimiento del compromiso de cofinanciación y del
principio de adicionalidad, según modelo del anexo VI.