Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-11052)
Resolución de 28 de mayo de 2025, de la Dirección General de Alimentación, por la que se publica el Convenio con la Asociación Nacional de Fabricantes de Conservas de Pescado y Mariscos-Centro Técnico Nacional de Conservación de Productos de la Pesca, para la promoción de las conservas de pescado y mariscos españolas en los mercados nacionales, a través de actuaciones de promoción en los años 2025 y 2026.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 133
Martes 3 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 72800
Décima. Confidencialidad, titularidad y uso de los resultados y protección de datos.
Sin perjuicio de las líneas de actuación en materia de difusión de la información, y de
la publicidad que las partes den a este convenio o a las actuaciones derivadas del
mismo, las partes velarán por la debida confidencialidad de la información que se genere
entre ambas.
Si de las actuaciones realizadas al amparo del presente convenio se derivaran
derechos de propiedad industrial, intelectual u otros de análoga naturaleza, serán
propiedad en partes iguales del MAPA y Anfaco-Cecopesca.
Asimismo, ambas partes en el ejercicio de las funciones previstas en el presente
convenio adecuarán sus actuaciones a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. En cumplimiento de
la normativa aplicable en materia de protección de datos, las partes se comprometen a
utilizar los datos personales recopilados exclusivamente para el cumplimiento de las
actuaciones previstas en este convenio.
Se garantizará que todas las personas autorizadas para el tratamiento de estos datos
hayan contraído un compromiso de confidencialidad y que dichos datos no se
comunicarán a terceros, salvo que sea estrictamente necesario para el cumplimiento del
objeto del presente convenio. En este caso los terceros deberán contraer el
correspondiente compromiso de confidencialidad.
Undécima.
Resolución de conflictos.
Los conflictos a que pueda dar lugar la interpretación, modificación, efectos o
resolución del presente convenio, que no hayan sido resueltos por la Comisión de
Seguimiento prevista en la cláusula sexta, quedarán sometidos al conocimiento y
resolución de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, de conformidad con lo previsto
en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la citada jurisdicción.
En prueba de conformidad, y para la debida constancia de lo convenido, otorgan el
presente documento electrónicamente.–El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación
P. D. (Orden APA/1511/2024, de 2 de diciembre), la Secretaria General de Recursos
Agrarios y Seguridad Alimentaria, Ana Rodríguez Castaño.–El Secretario General de
Anfaco-Cecopesca, Roberto Carlos Alonso Baptista de Sousa.
ANEXO
Actuaciones a desarrollar y presupuesto desglosado
La valoración económica de las acciones promocionales tiene un coste máximo de
doscientos dieciocho mil setecientos sesenta y ocho euros (218.768,00 €), IVA
incluido,que se desglosan de la siguiente manera:
Total
IVA Incluido
–
Euros
Anfaco-Cecopesca
–
Euros
MAPA
–
Euros
Campaña en medios de comunicación.
22.990
22.990
45.980
Campaña de promoción en exterior.
31.702
31.702
63.404
54.692
54.692
109.384
Total 2025.
cve: BOE-A-2025-11052
Verificable en https://www.boe.es
Actuaciones 2025
Núm. 133
Martes 3 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 72800
Décima. Confidencialidad, titularidad y uso de los resultados y protección de datos.
Sin perjuicio de las líneas de actuación en materia de difusión de la información, y de
la publicidad que las partes den a este convenio o a las actuaciones derivadas del
mismo, las partes velarán por la debida confidencialidad de la información que se genere
entre ambas.
Si de las actuaciones realizadas al amparo del presente convenio se derivaran
derechos de propiedad industrial, intelectual u otros de análoga naturaleza, serán
propiedad en partes iguales del MAPA y Anfaco-Cecopesca.
Asimismo, ambas partes en el ejercicio de las funciones previstas en el presente
convenio adecuarán sus actuaciones a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. En cumplimiento de
la normativa aplicable en materia de protección de datos, las partes se comprometen a
utilizar los datos personales recopilados exclusivamente para el cumplimiento de las
actuaciones previstas en este convenio.
Se garantizará que todas las personas autorizadas para el tratamiento de estos datos
hayan contraído un compromiso de confidencialidad y que dichos datos no se
comunicarán a terceros, salvo que sea estrictamente necesario para el cumplimiento del
objeto del presente convenio. En este caso los terceros deberán contraer el
correspondiente compromiso de confidencialidad.
Undécima.
Resolución de conflictos.
Los conflictos a que pueda dar lugar la interpretación, modificación, efectos o
resolución del presente convenio, que no hayan sido resueltos por la Comisión de
Seguimiento prevista en la cláusula sexta, quedarán sometidos al conocimiento y
resolución de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, de conformidad con lo previsto
en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la citada jurisdicción.
En prueba de conformidad, y para la debida constancia de lo convenido, otorgan el
presente documento electrónicamente.–El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación
P. D. (Orden APA/1511/2024, de 2 de diciembre), la Secretaria General de Recursos
Agrarios y Seguridad Alimentaria, Ana Rodríguez Castaño.–El Secretario General de
Anfaco-Cecopesca, Roberto Carlos Alonso Baptista de Sousa.
ANEXO
Actuaciones a desarrollar y presupuesto desglosado
La valoración económica de las acciones promocionales tiene un coste máximo de
doscientos dieciocho mil setecientos sesenta y ocho euros (218.768,00 €), IVA
incluido,que se desglosan de la siguiente manera:
Total
IVA Incluido
–
Euros
Anfaco-Cecopesca
–
Euros
MAPA
–
Euros
Campaña en medios de comunicación.
22.990
22.990
45.980
Campaña de promoción en exterior.
31.702
31.702
63.404
54.692
54.692
109.384
Total 2025.
cve: BOE-A-2025-11052
Verificable en https://www.boe.es
Actuaciones 2025