Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-11052)
Resolución de 28 de mayo de 2025, de la Dirección General de Alimentación, por la que se publica el Convenio con la Asociación Nacional de Fabricantes de Conservas de Pescado y Mariscos-Centro Técnico Nacional de Conservación de Productos de la Pesca, para la promoción de las conservas de pescado y mariscos españolas en los mercados nacionales, a través de actuaciones de promoción en los años 2025 y 2026.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 133

Martes 3 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 72798

El MAPA participará en las acciones objeto de este convenio con un presupuesto de
ciento nueve mil trescientos ochenta y cuatro euros (109.384,00 €), una vez ejecutadas y
justificadas las acciones programadas. El desglose por ejercicio será el siguiente:
– Cincuenta y cuatro mil seiscientos noventa y dos euros (54.692,00 €) para el
ejercicio económico de 2025, con cargo a la aplicación presupuestaria 21.07.413A.640.08
de la Ley de Presupuestos Generales vigente en 2025.
– Cincuenta y cuatro mil seiscientos noventa y dos euros (54.692,00 €) para el
ejercicio económico de 2026, con cargo a la aplicación presupuestaria 21.07.413A.640.08,
o la que pueda sustituirla de acuerdo con la Ley de Presupuestos Generales del Estado
vigente en el correspondiente ejercicio económico.
El MAPA realizará los pagos a Anfaco-Cecopesca, quien de acuerdo con lo
especificado en la cláusula cuarta del presente convenio deberá aportar una memoria
final descriptiva y económica, así como sus correspondientes documentos justificativos,
de conformidad con el siguiente calendario:
– Primer pago: correspondiente a las acciones objeto del presente convenio,
ejecutadas y justificadas, hasta el 15 de noviembre de 2025, previa justificación por parte
de Anfaco-Cecopesca de la ejecución de las acciones correspondientes.
– Segundo pago: correspondiente a las acciones objeto del presente convenio,
ejecutadas y justificadas, desde el 16 de noviembre de 2025 hasta el 25 de noviembre
de 2026, previa justificación por parte de Anfaco-Cecopesca de la ejecución de las
acciones correspondientes.
Dicha cantidad se abonará en la cuenta ES53 2080 0501 1930 4003 5683, abierta en
el banco Abanca Corporación Bancaria, SA, con domicilio en la calle García Barbón,
n.º 1-3, 36201 Vigo (Pontevedra).
La financiación restante, por importe de ciento nueve mil trescientos ochenta y cuatro
euros (109.384,00 €) será asumida por Anfaco-Cecopesca, de acuerdo con lo previsto
en la cláusula cuarta de este convenio.
Sexta.

Comisión de seguimiento.

A los efectos de garantizar el cumplimiento del presente convenio se crea la
Comisión de Seguimiento para un mejor desarrollo de las actuaciones a realizar, con la
siguiente composición:

La Comisión de Seguimiento se reunirá al menos una vez al año y cuantas veces se
estime necesario a petición de una de las partes, con al menos 10 días naturales de
antelación. Los acuerdos de la Comisión de seguimiento se adoptarán por unanimidad
de sus miembros, todos ellos tienen derecho a voz y voto, y de sus reuniones se
levantará la correspondiente acta.
Tendrá encomendadas las siguientes actuaciones:
– Impulsar y desarrollar el presente convenio.
– El seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los
compromisos adquiridos por los firmantes.
– La resolución de problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantarse
respecto a la ejecución del convenio.

cve: BOE-A-2025-11052
Verificable en https://www.boe.es

– Por parte del MAPA, dos representantes de la Subdirección General de Promoción
de los Alimentos de España. De ellos, el funcionario/a de mayor rango de está
Subdirección presidirá la Comisión y el funcionario/a de menor rango actuará como
secretario/a.
– Por parte de Anfaco-Cecopesca, dos representantes.