Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2025-11034)
Resolución de 27 de mayo de 2025, de la Universidad de Granada, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 3 de junio de 2025

Sec. II.B. Pág. 72655

Comisión, en el Registro General de esta Universidad, a través de sede electrónica, la
siguiente documentación:
a) Certificado de poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas,
expedido por el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la Universidad de
Granada.
b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado de la Administración
del Estado, Institucional o Local, ni de las Administraciones de las Comunidades
Autónomas, en virtud de expediente disciplinario, y no hallarse inhabilitado para el
ejercicio de la Función Pública. Los nacionales de los demás Estados miembros de la
Unión Europea o de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores, deberán acreditar, de conformidad con lo establecido en el
artículo 7.2 del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, no haber sido objeto de sanción
disciplinaria o condena penal que impidan, en su Estado, el acceso a la función pública.
6.2 Las personas que tuvieran la condición de funcionarios/as públicos/as de
carrera en activo, estarán exentos/as de justificar tales documentos y requisitos,
debiendo presentar certificación del Ministerio u Organismo del que dependan,
acreditativa de su condición de funcionario y cuantas circunstancias consten en su hoja
de servicios.
6.3 El nombramiento como funcionario/a docente de carrera será efectuado por el
Rector, después de que la persona candidata propuesta haya dado cumplimiento a los
requisitos de documentación establecidos en el apartado anterior. El nombramiento
especificará la denominación de la plaza: Cuerpo y Área de conocimiento. Dicho
nombramiento será publicado en el BOE y en el BOJA y comunicado al Consejo de
Universidades.
6.4 En el plazo máximo de veinte días, a contar desde el día siguiente a la
publicación del nombramiento en el BOE, la persona candidata propuesto deberá tomar
posesión de su destino, momento en el que adquirirá la condición de funcionario o
funcionaria del cuerpo docente universitario de que se trate.
6.5 La plaza obtenida tras el concurso de acceso deberá desempeñarse durante
dos años, al menos, antes de poder participar en un nuevo concurso para obtener una
plaza en otra Universidad.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer
recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo
de Granada, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su
publicación en el BOE. No obstante, y sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier
otro que se estime procedente, puede optarse por interponer contra la presente
resolución recurso de reposición ante el Rector de la Universidad de Granada, en el
plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación en el BOE., en
cuyo caso no podrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente
mencionado en tanto no sea resuelto expresamente o se haya producido la
desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto, conforme a lo previsto en
los artículos 123 y 124 de la LPAC.
Granada, 27 de mayo de 2025.–El Rector, Pedro Mercado Pacheco.
cve: BOE-A-2025-11034
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Núm. 133