Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2025-11034)
Resolución de 27 de mayo de 2025, de la Universidad de Granada, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 133

Martes 3 de junio de 2025

Sec. II.B. Pág. 72654

3.7 Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hayan hecho
constar en sus solicitudes, no admitiéndose ninguna petición de modificación salvo
causa excepcional sobrevenida, justificada y discrecionalmente apreciada por la
Comisión.
3.8 Serán motivos de exclusión, la falta de abono de los derechos de examen
correspondientes, no poseer o no acreditar de forma suficiente la posesión de los
requisitos exigidos para cada una de las plazas convocadas y presentar la solicitud fuera
del plazo establecido.
4.

Admisión de aspirantes

4.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector dictará una
Resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de
admitidos/as y excluidos/as. Dicha Resolución, junto con las listas completas de
admitidos y excluidos, con indicación de las causas de exclusión, se publicará en el
tablón de anuncios que el Rectorado tiene designado a tales efectos en el Servicio de
Personal Docente e Investigador (PDI) en C/ Santa Lucía, 8, 18071 Granada), que
servirá de notificación a los interesados, y en la página web de la Universidad
(serviciopdi.ugr.es).
4.2 Contra dicha Resolución, las personas interesadas podrán presentar
reclamación ante el Rector en el plazo de diez días hábiles a contar desde el día
siguiente a la publicación del anuncio, o bien subsanar, en el mismo plazo, el motivo de
la exclusión.
Las personas solicitantes deberán presentar esta reclamación a través del siguiente
procedimiento disponible en dicha sede: «Concursos a plazas docentes: Reclamación a
la relación provisional de admitidos/as y excluidos/as».
4.3 Finalizado el plazo de reclamaciones y resueltas las mismas, el Rector, en el
plazo máximo de quince días, dictará Resolución aprobando la lista definitiva de
personas candidatas admitidas y excluidas, que se publicará en la forma anteriormente
establecida. Contra esta Resolución se podrá interponer recurso en los términos
previstos en el artículo 123 de la LPAC.
Comisiones de Selección, Desarrollo del concurso, Propuesta de Provisión y
Comisión de Reclamaciones

5.1 La composición de las Comisiones de Selección que figuran como Anexo III de
esta convocatoria, el régimen de sustituciones de sus miembros, la constitución de las
mismas, el desarrollo del concurso y la propuesta de provisión, se efectuarán conforme a
lo dispuesto en la NPAUGR y en las Normas provisionales para adaptar el modo de
elección de las comisiones de selección y evaluación, respectivamente, y los criterios de
valoración para los concursos a cuerpos docentes universitarios y a plazas de
profesorado permanente laboral a la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo del Sistema
Universitario, aprobada en Consejo de Gobierno de 21 de junio de 2024 y publicadas en
el BOJA de 10 de julio.
5.2 Las personas aspirantes, en aplicación de lo establecido en el artículo 9.5-b-1.º
de la NPAUGR, presentarán los contenidos de dicho apartado según los puntos que
figuran como Anexo IV de esta convocatoria.
5.3 Contra la propuesta de la Comisión de Selección de los concursos de acceso,
las personas concursantes podrán presentar reclamación ante el Rector en el plazo
máximo de diez días hábiles, contando a partir del siguiente al de su publicación.
6.

Presentación de documentos y nombramientos

6.1 Las personas candidatas propuestas para la provisión de plazas deberán
presentar, en los veinte días hábiles siguientes al de concluir la actuación de la

cve: BOE-A-2025-11034
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5.