Comisión Nacional de Los Mercados y La Competencia. III. Otras disposiciones. Sector gasista. (BOE-A-2025-11064)
Resolución de 27 de mayo de 2025, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establecen los peajes de acceso a las redes de transporte, redes locales y regasificación para el año de gas 2026.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 133

Martes 3 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 72943

Asimismo, establece en su apartado cuarto que a partir del 5 de agosto de 2025, los
usuarios de la red recibirán un descuento del 100 % de la tarifa de capacidad a cargo del
gestor de la red de transporte en los puntos de interconexión entre los Estados
miembros, en el caso del gas renovable, y del 75 %, en el del gas hipocarbónico, una vez
que hayan proporcionado al gestor de la red de transporte afectado una prueba de
sostenibilidad, sobre la base de un certificado de sostenibilidad válido obtenido para el
gas renovable en virtud de los artículos 29 y 30 de la Directiva (UE) 2018/2001.
El objeto de esta resolución es establecer los peajes de acceso a las redes de
transporte, a las redes locales y a las infraestructuras de regasificación para el año de
gas 2026, de conformidad con lo previsto en la Circular 6/2020, citada.
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ha sometido a trámite de
audiencia la propuesta de resolución a los interesados a través del Consejo Consultivo
de Hidrocarburos.
Con fecha 11 de abril de 2025, y de acuerdo con la disposición transitoria décima de
la Ley 3/2013, de 4 de junio, se envió al Consejo Consultivo de Hidrocarburos la
«Propuesta de resolución de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia,
por la que se establecen los peajes de acceso a las redes de transporte, redes locales y
regasificación de gas para el año de gas 2026», a fin de que sus miembros pudieran
presentar las alegaciones y observaciones que estimasen oportunas hasta el 29 de abril
de 2025. Asimismo, en fecha 11 de abril de 2025, en cumplimiento del trámite de
información pública, se publicó en la página web de la Comisión Nacional de los
Mercados y la Competencia la citada propuesta de resolución para que los interesados
formularan sus alegaciones hasta el 29 de abril de 2025.
En la misma fecha y de acuerdo con lo establecido en el artículo 28.2 del
Reglamento (UE) 2017/460 de la Comisión de 16 de marzo de 2017 por el que se
establece un código de red sobre la armonización de las estructuras tarifarias de
transporte de gas se ha remitido la propuesta de resolución y sus documentos anexos a
las autoridades reguladoras de Francia y Portugal para que emitan informe sobre los
aspectos contemplados en el artículo 28.1.
Fundamentos de Derecho

Primero. Habilitación competencial.–Esta Comisión es competente para dictar esta
resolución en virtud del artículo 7.1 bis de la Ley 3/2013, de 4 de junio, relativo a la
función de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia de aprobar, mediante
resolución, los valores de los peajes de acceso a las redes de electricidad y gas.
Segundo. Retribución considerada.–La retribución de las actividades de transporte,
distribución y regasificación para el año de gas 2026 (1 de octubre de 2025 a 30 de
septiembre de 2026) se corresponde con la establecida en la Resolución de 27 de mayo
de 2025, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se
establece la retribución para el año de gas 2026 de las empresas que realizan las
actividades reguladas de plantas de gas natural licuado, de transporte y de distribución
de gas natural.
Tercero. Metodología aplicable para determinar los peajes de acceso a las redes de
transporte, redes locales y regasificación.–Los valores de los peajes de la actividad de
transporte, redes locales y regasificación son el resultado de aplicar la metodología
establecida en la Circular 6/2020, de 22 de julio, por la que se establece la metodología
para el cálculo de los peajes de transporte, redes locales y regasificación de gas natural.
En virtud de cuanto antecede, el Consejo de la Comisión Nacional de los Mercados y
la Competencia, resuelve:
Primero. Aprobación de los peajes.
Aprobar los peajes de acceso a las redes de transporte, a las redes locales y a las
instalaciones de regasificación para el año de gas 2026 que figuran como anexo I a la

cve: BOE-A-2025-11064
Verificable en https://www.boe.es

II.